Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 45/2011, de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alejandra María Navajas Méndez contra la empresa Javier Lastres Antelo, habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia 874/2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«Sentencia.
A Coruña, 15 de noviembre de 2012.
Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 45/2011, siendo demandante Alejandra María Navajas Méndez, asistida por el letrado Sr. Martínez Ramonde, y demandada la empresa Javier Lastres Antelo, habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial.
Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Alejandra María Navajas Méndez contra la empresa Javier Lastres Antelo y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Alejandra María Navajas Méndez la cantidad de 345,77 euros que adeuda, cantidad ésta que deberá incrementarse con el interés de mora del 10 %.
No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación a la mercantil empresa Javier Lastres Antelo, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 20 de noviembre de 2012
La secretaria judicial