La Resolución de la Secretaría General de la Emigración de 20 de agosto de 2012, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 163, de 28 de agosto, aprueba la convocatoria por la que se regirá la concesión de becas de prórroga para la realización de estudios presenciales universitarios, de carácter oficial, en centros públicos de Galicia para el curso académico 2012/13, a través del programa 1 de la sección I de la Resolución de 24 de junio de 2011, de la Secretaría General de la Emigración: becas para la realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional conducentes a la obtención del título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico.
Vista la propuesta de resolución definitiva efectuada por el órgano instructor, a la vista del respectivo informe de la comisión seleccionadora, esta secretaría general, en aplicación de la disposición adicional segunda del Decreto 325/2009, de 18 de julio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Xunta de Galicia, por la que se desconcentra en el secretario general de la Emigración la competencia para la resolución de las ayudas de su respectivo ámbito de competencia
RESUELVE:
Conceder una beca, según la propuesta del órgano instructor, a las personas relacionadas en el anexo I, por los importes que en cada caso se señalan, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.50.312C.480.0. Acciones políticas migratorias, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el curso 2012/13, para la prórroga de la realización de estudios presenciales universitarios, de carácter oficial en alguna de las tres universidades que conforman el Sistema universitario de Galicia durante el curso académico 2012/13.
Denegar la beca a la persona relacionada en el anexo II por los motivos que se indican.
Publicadas las resoluciones, los interesados propuestos como beneficiarios dispondrán de un plazo de 10 días para su aceptación. Transcurrido ese plazo sin que se produzca manifestación expresa, la ayuda se entenderá tácitamente aceptada.
Una vez transcurrido este plazo, la Secretaría General de la Emigración procederá al abono del 70 % del importe de la beca concedida mediante transferencia bancaria. El último pago, correspondiente al 30 % restante, se hará efectivo de modo similar después de que el/la becario/a presente en la Secretaría General de la Emigración, antes del 30 de septiembre de 2013 la siguiente documentación:
Certificación académica de los estudios realizados durante el disfrute de la beca, en relación con el cumplimiento de sus obligaciones como becario/a durante los meses de la duración de la beca y tener superados, al menos, el 50 % de los créditos en los que se haya matriculado.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el secretario general de la Emigración en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
También podrá el interesado interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2012
Por suplencia (Decreto 325/2009, de 18 de junio; DOG número 119, de 19 de junio)
Manuel Díaz López
Subdirector general de Coordinación, Contratación y Gestión Presupuestaria
Anexo I
Relación de candidatos seleccionados
Apellidos |
Nombre |
DNI o pasaporte |
País origen |
Ciclo |
Universidad |
Tipo de beca |
Importe beca |
Importe ayuda de viaje |
Importe total |
|
1 |
Castro Rivas |
Marisa |
47437106-C |
Estados Unidos |
Título de grado |
A Coruña |
Prórroga |
6.000 € |
0 € |
6.000 € |
2 |
Greco Iglesias |
Diamela Mónica |
46290322-Q |
Argentina |
Título de grado |
A Coruña |
Prórroga |
6.000 € |
0 € |
6.000 € |
3 |
Reyna Muniaín |
Facundo |
27726751-N |
Argentina |
Título de grado |
Santiago de Compostela |
Prórroga |
6.000 € |
0 € |
6.000 € |
4 |
Sanmartín Boullosa |
Bárbara |
71682149-G |
Brasil |
Título de grado |
Santiago de Compostela |
Prórroga |
6.000 € |
0 € |
6.000 € |
5 |
Torres Sánchez |
Luis Antonio |
49332004-V |
Venezuela |
Título de grado |
A Coruña |
Prórroga |
6.000 € |
0 € |
6.000 € |
6 |
Vidal Rainho |
Caroline |
49333722-X |
Brasil |
Título de grado |
A Coruña |
Prórroga |
6.000 € |
0 € |
6.000 € |
Anexo II
Solicitud denegada
Apellidos |
Nombre |
DNI |
Pais origen |
Ciclo |
Universidad |
|
1 |
Rodríguez Rubio |
Josué Javier |
35582256-Z |
República Dominicana |
Título de grado |
A Coruña |
Causas de exclusión |
||||||
– No aporta certificado de inscripción en el registro de matrícula consular (artículo 4.3 de la convocatoria). – No aporta documentación justificativa de tener superado el 75 % de los créditos matriculados durante el curso 2011/12 (artículo 4.4 de la convocatoria). |