Rosario Cantalejo García, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Vigo, certifica que en el procedimiento ordinario seguido en este juzgado con el número 54/2011 recayó sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia:
En Vigo, 31 de mayo de 2012.
Tatiana de Francisco López, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Vigo, los autos correspondientes al juicio ordinario de reclamación de cantidad registrado con el número arriba indicado promovidos por el procurador de los tribunales José Antonio Fandiño Carnero, en nombre y representación de Banco Popular Español, S.A., contra Textil Moving, S.L., Paulo Jorge Lopes Araujo y Manuel Castro Lopes de Barro, todos ellos en situación de rebeldía procesal, dicta la presente en base a los siguientes:
(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho).
Fallo que, estimando íntegramente la demanda presentada por José Antonio Fandiño Carnero, en nombre y representación de Banco Popular Español, S.A., contra Textil Moving, S.L., Paulo Jorge Lopes Araujo y Manuel Castro Lopes de Barro, todos ellos en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los demandados a que conjunta y solidariamente abonen al actor la cantidad 6.248,45 euros, así como el interés previsto en el fundamento segundo de esta sentencia.
Las costas se imponen a las demandadas.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, Tatiana de Francisco López, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 9 de esta localidad y su partido judicial.
Y habiendo sido dada, leída y publicada en su fecha, y para su notificación a los demandados Textil Moving, S.L., Sr. Lopes Araujo y Sr. Castro Lopes de Barro, expido y firmo el presente.
Vigo, 7 de noviembre de 2012
La secretaria judicial