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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Miércoles, 5 de diciembre de 2012 Pág. 45837

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (20/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 20/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Inés Freire Barral contra la empresa Estan Mobel, S.L.U., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo que se estima la demanda formulada por Inés Freire Barral frente a la mercantil Estan Mobel, S.L.U., con intervención del Fogasa y, en consecuencia:

Se condena a la empresa Estan Mobel, S.L.U. a abonar a Inés Freire Barral la cantidad de dos mil ciento ochenta y un euros con veintiún centimos de euro (2.181,21 euros), devengando los conceptos salariales el interés previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma María Mercedes Pena Moreira, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela (A Coruña)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estan Mobel, S.L.U., en paradero desconocido, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2012

La secretaria judicial