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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 4 de diciembre de 2012 Pág. 45731

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se emplaza a las empresas Excarpri, S.A. y Euteco, S.L. en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 53/2012 interpuesto por la empresa Centro de Castilla y León, S.A.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la presente resolución se notifica a las empresas Excarpri, S.A. y Euteco, S.L. el emplazamiento en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario 53/2012 interpuesto por la empresa Centro de Castilla y León, S.A.

La Dirección General de Relaciones Laborales recibió del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo providencia por la que se admite a trámite la demanda correspondiente al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 53/2012, interpuesto por la empresa Centro de Castilla y León, S.A. contra la Resolución de 22 de noviembre de 2011, de la Consellería de Trabajo y Bienestar, y recaída en el expediente sancionador en el orden social nº 2001/0001-0; acta de infracción nº 18/2001/2/H.

En consecuencia, esta dirección general acordó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la remisión del correspondiente expediente administrativo al referido juzgado, por lo que se notifica y emplaza a las empresas Excarpri, S.A. y Euteco, S.L. para que en un plazo de nueve (9 días), contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, si lo estiman conveniente, puedan comparecer y personarse en autos mediante procurador con asistencia de letrado o valiéndose tan solo de abogado con poder al efecto. De personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá como parte, sin que por eso deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personasen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que tenga que practicárseles ninguna notificación.

Santiago de Compostela, 15 de noviembre de 2012

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales