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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 29 de noviembre de 2012 Pág. 45082

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (189/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 189/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Andrea Mariana López Lamas contra las entidades Grialibros, S.L., Grace Nouel Brache, Comercial Ara, S.A., Sálvora Areito, S.A., Aula Noroeste, S.L., Abraxas Aula 25, S.L., se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por Andrea Mariana López Lamas y, en consecuencia, declaro improcedente el despido producido con efectos de 26 de enero de 2012 y condeno solidariamente a las entidades Grialibros, S.L. y Grace Antonia Nouel Brache a que readmitan inmediatamente a la actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono a la parte actora de una indemnización de 17.040,62 euros.

Dicha opción deberá ejercitarse en el término de cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

Cualquiera que fuera el sentido de la opción, condeno, asimismo, a las demandadas Grialibros, S.L. y Grace Antonia Nouel Brache solidariamente a que satisfagan a la actora los salarios que no haya percibido y que pudieran corresponderle desde la fecha de efectividad del despido (26 de enero de 2012) hasta la notificación de la presente resolución, tomándose en consideración a tal efecto el salario diario de 42,63 euros, que a fecha de la presente sentencia ascienden a 8.398,83 euros.

Condeno al Fogasa y a la administración concursal de Grialibros, S.L. a estar y pasar por la presente resolución.

Desestimo la demanda frente a Abraxas Aula 25, S.L.

Se tiene a la parte actora por desistida de la acción ejercitada contra Comercial Ara, S.A. y Sálvora Areito, S.A.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación previa consignación en depósito de la cantidad de 300 euros y, en el caso de las empresas condenadas, del importe objeto de condena.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada-jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a las codemandadas Comercial Ara, S.A. y Sálvora Areito, S.A. en ignorado paradero, expido le presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2012

La secretaria judicial