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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 16 de noviembre de 2012 Pág. 43305

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2012 por la que se acuerda el inicio, por el procedimiento de tasación conjunta, y se somete a información pública el expediente expropiatorio de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del S.UR-D.-R.6, en el ayuntamiento de Maside, con destino a la construcción de viviendas de promoción pública para la erradicación del chabolismo.

Con fecha 25 de abril de 2008 se firmó un convenio de colaboración entre la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo de la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Maside para la erradicación del chabolismo en este ayuntamiento.

El ámbito destinado a llevar a cabo la actuación se sitúa próximo al actual poblado chabolista, cercano a los núcleos urbanos de Fonteboa-Dacón y de A Fontela, en el ayuntamiento de Maside.

El ámbito a ordenar fue calificado por la modificación puntual de las NN.SS.MM del ayuntamiento de Maside como suelo urbanizable delimitado residencial S.UR-R6.

Se redactó un plan parcial por los servicios técnicos del IGVS en Ourense que fue aprobado definitivamente el 10 de noviembre de 2011.

La mayor parte de los terrenos fue adquirida por el IGVS faltando en la actualidad un total de seis parcelas por adquirir, por no haberse localizado a sus propietarios.

El plan parcial desarrolla el área en la que la modificación puntual de las NN.SS.MM aprobada definitivamente el 21 de octubre de 2008 clasificaba como suelo urbanizable delimitado el sector en el que se desarrolla la actuación, y como suelo rústico de protección de infraestructuras los terrenos lindantes con el ramal de enlace AP-53 con la carretera autonómica A-53 Santiago-Ourense.

Según dispone el artículo 98.1 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUGA), la aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística conllevará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados a los fines de expropiación o imposición de servidumbres.

Se trata de una expropiación urbanística y, como tal, regulada en la LOUGA, en el Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo (TRLS) y en el Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, que aprueba el Reglamento de gestión urbanística (RGU).

A los efectos de la fijación del justiprecio, para su pago a los propietarios afectados y ocupación de los predios afectados el IGVS formuló el proyecto de expropiación a tramitar por el procedimiento de tasación conjunta, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 142 y 143 de la LOUGA, 29 y siguientes del TRLS y 201 y 202 del RGU.

De conformidad con lo previsto en los artículos 142 y 143 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, se acuerda:

– Iniciar el expediente de expropiación por tasación conjunta para la ejecución del S.UR-R6 en A Fontela, ayuntamiento de Maside, destinado a la construcción de viviendas de promoción pública para la erradicación del chabolismo.

– Someter a información pública por el plazo de un mes, mediante inserción de anuncios en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor circulación en la provincia, el expediente expropiatorio de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del S.UR-R6 en A Fontela, ayuntamiento de Maside, con destino a la construcción de viviendas de promoción pública para la erradicación del chabolismo, para que quien pueda resultar interesado formule las observaciones y reclamaciones que estime convenientes, en particular en lo que concierne a la titularidad o valoración de sus respectivos bienes o derechos.

A los efectos del reconocimiento de la titularidad de los bienes y derechos afectados y al pago, en su momento, del justiprecio aprobado, los propietarios y titulares de derechos deberán presentar los documentos o títulos justificativos completados con la certificación registral de los mismos o, en su caso, certificación negativa referida a la misma finca descrita en los títulos.

Se dará audiencia al Ayuntamiento de Maside y se notificará al Ministerio Fiscal y a la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda y se publicarán los edictos a efectos de lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

– Exponer el expediente a disposición de los interesados en el ayuntamiento de Maside, en el Área Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, situada en la calle Sáenz Díez nº 1 de Ourense CP 32071 y en las oficinas del IGVS, situadas en Área Central s/n, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela. Durante dicho plazo todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en el Área Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, situada en la calle Sáenz Díez nº 1 de Ourense CP 32071, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se incorpora como anexo a la presente la relación inicial de bienes, derechos y titulares.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2012

Antonio José Boné Pina
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO
Relación inicial de bienes, derechos y titulares

Nº finca

Polígono

Titular

Superficie a expropiar (m2)

957

31

Desconocido

1.575,00

965

31

Desconocido

496,00

966

31

Desconocido

493,00

968

31

Desconocido

676,00

969

31

Desconocido

952,00

971

31

Desconocido

379,00