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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 15 de noviembre de 2012 Pág. 42953

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (437/2010).

María Mercedes Santos García, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 437/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Sánchez Souto, José Manuel Ramos Parada contra la empresa Livin Telecomunicaciones, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo que, estimando la demanda formulada por José Manuel Sánchez Souto y José Manuel Ramos Parada, representado por su letrado Sr. Pérez Mouzo y contra la empresa Livin Telecomunicaciones, S.L., no comparecida en el acto del juicio, y el Fogasa, que tampoco comparece, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al Sr. Sánchez Souto la cantidad de 2.137,07 euros y al Sr. Ramos Parada la cantidad de 2.822,60 euros, en el sentido expuesto en el fundamento primero, incrementada con los intereses moratorios pertinentes.

Así mismo, debo absolver y absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 ET.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros (artículo 229 Ley 36/2011, de 11 de octubre, reguladora de la jurisdicción social) en la cuenta abierta en la entidad Banesto a nombre de este juzgado.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, Montserrat Matos Salgado, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 2 refuerzo de A Coruña».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Livin Telecomunicaciones, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 23 de julio de 2012

La secretaria judicial