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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 14 de noviembre de 2012 Pág. 42807

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 24 de octubre de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad a la Resolución de 20 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Baio (Zas-A Coruña).

El 20 de septiembre de 2012, el director general de Desarrollo Rural dictó la resolución de modificación del Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Baio (Zas-A Coruña) que se transcribe a continuación:

El Acuerdo de la zona de concentración parcelaria de Baio (Zas-A Coruña) fue aprobado por la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 22 de enero de 2010, siendo publicado y notificado en la forma legalmente establecida, encontrándose en la actualidad pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, por parte del Ayuntamiento de Zas se solicita la cesión de la propiedad de la finca nº 254-2 para la instalación de una estación depuradora de aguas residuales.

Visto el informe favorable de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones legales vigentes de aplicación al caso.

A la vista de que el destino para el que se solicita la finca nº 254-2 es perfectamente subsumible en el supuesto recogido en el artículo 32 de dicha ley gallega, esta dirección general, resuelve:

1º Modificar el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Baio (Zas-A Coruña) y adjudicar al Ayuntamiento de Zas la titularidad de la finca nº 254-2 –que causa baja en el fondo de tierras de la zona– para ser destinada a instalación de una estación depuradora de aguas residuales.

2º En caso de incumplimiento de los fines para los que es adjudicada, la titularidad de la referida finca revertirá al fondo de tierras de la zona, al patrimonio de la Comunidad Autónoma, a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) o a otra entidad que corresponda, según el caso.

3º Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad, sin prejuicio de su notificación al Ayuntamiento de Zas.

Contra dicha resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Medio Rural y del Mar, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

A Coruña, 24 de octubre de 2012

Antonio Manuel Aguión Fernández
Jefe territorial de A Coruña