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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 8 de noviembre de 2012 Pág. 41864

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (937/2010).

Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 937/2010, a instancia de Isabel Zapata Varela y otros contra Fibex Hogar, S.L. sobre reclamación de cantidad, en los que recayó sentencia, en fecha 15 de octubre de 2012 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo que estimo la demanda formulada por la parte actora contra Fibex Hogar, S.L. por lo que condeno a la demandada a que abone las siguientes cantidades:

– A Isabel Zapata Varela, nóminas de los meses de marzo a agosto por importe de 959 euros cada una, lo que arroja un total de 5.754 euros (cinco mil setecientos cincuenta y cuatro euros).

– A Mónica Veiga Figueroa, nóminas de los meses de marzo a agosto, por importe de 959 euros (cada una) de marzo a junio y 1.002,97 (cada una) los meses de julio y agosto, lo que arroja un total de 5.841,94 euros (cinco mil ochocientos cuarenta y un euros con noventa y cuatro céntimos).

– A María Luisa Castillo Sanabria, nóminas de los meses de marzo a junio, por importe de 959 euros cada una y de 1.002,97 euros los meses de julio y agosto, lo que arroja un total de 5.841,94 euros (cinco mil ochocientos cuarenta y un euros con noventa y cuatro céntimos).

– A María Dolores Pérez Puigvert, nóminas de los meses de marzo a junio, por importe de 753,73 euros cada una, julio 788,28 euros y en agosto 105,10 euros, lo que arroja un total de 3.908,30 euros (tres mil novecientos ocho euros con treinta céntimos).

– A María Cristina Pasantes, nómina de marzo por importe de 959 euros y de agosto (del 27 al 31) 159,83 euros, lo que arroja un total de 1.118,83 euros (mil ciento dieciocho euros con ochenta y tres céntimos).

A cada una de estas cantidades deberá añadirse el 10  % en concepto de intereses de mora.

Se tiene por desistidas a María del Pilar Taibo Arijón y Teresa Baneira Veiga, absolviendo al demandado de sus peticiones.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse previamente ante este juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a contar desde el día siguiente a su notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante legal, designando al letrado que deberá interponerlo, siendo posible el anuncio por mera manifestación de aquélla al ser notificada. La empresa condenada deberá acreditar al anunciar el recurso, haber consignado el importe de la condena en la cuenta de consignaciones del juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Fibex Hogar, S.L. expido y firmo la presente.

A Coruña, 18 de octubre de 2012

El secretario judicial
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