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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 7 de noviembre de 2012 Pág. 41720

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

ACUERDO de 24 de septiembre de 2012 por el que se aprueban las bases reguladoras de la gestión del espacio Emprende Cultura Gaiás para la selección y seguimiento de las plazas de participantes en el proyecto de emprendimiento cultural de la Ciudad de la Cultura de Galicia.

En ejecución del convenio de colaboración firmado entre la Fundación Cidade da Cultura y la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, en el que ambas entidades acuerdan poner en marcha un proyecto de emprendimiento cultural denominado Emprende Cultura Gaiás en la Ciudad de la Cultura, la Agadic hace públicas las bases por las que se regirá la participación de emprendedores y profesionales independientes del sector cultural.

En virtud del citado convenio, la Agencia Gallega de las Industrias Culturales será la entidad que gestione la incorporación de solicitantes a los espacios ofertados.

Tal incorporación se regirá por las presentes bases y por las convocatorias de plazas que se vayan ofertando, que serán publicadas periódicamente en la página web de la Agadic y de la Fundación Cidade da Cultura.

1. Ámbito.

Los solicitantes deberán pertenecer a alguno de los siguientes ámbitos dentro de las industrias culturales: diseñadores-ilustradores, profesionales de la comunicación, escritores-guionistas, editores, representantes y promotores artísticos, productores, gestores culturales, programación de aplicaciones informáticas y proyectos culturales en internet, y aquellos otros con vinculación en el emprendimiento cultural, y estarán sujetos a la decisión motivada de la comisión evaluadora prevista en la cláusula sexta de las presentes bases.

Podrán admitirse profesionales independientes, o emprendedores que se encuentren en proceso de constitución de autónomos.

2. Objeto.

Los solicitantes seleccionados podrán instalar su puesto de trabajo en el espacio ofertado, dentro del Centro de Emprendimiento Creativo de Galicia de la Ciudad de la Cultura, con las siguientes prestaciones incluidas en la contraprestación:

– Una mesa de trabajo, con conexión telefónica y de internet.

– Una estantería.

Servicios comunes:

– Sala de reuniones, con internet wifi, proyector, ... (10-15 personas).

– Despacho para reuniones.

– Buzones de correo.

– Almacén-taquilla.

– Servicios de seguridad, videovigilancia y control de accesos.

– Suministro eléctrico, agua, calefacción y servicio de limpieza.

La Agadic proporcionará inicialmente apoyo y asesoramiento en la creación de la empresa y organizará periódicamente exposiciones de ideas y proyectos, encuentros empresariales y actividades de formación que apoyen el desarrollo de los proyectos de emprendimiento asentados en el espacio Emprende Cultura Gaiás.

3. Contraprestación.

Como contraprestación, los seleccionados abonarán la cuota correspondiente a la Fundación Cidade da Cultura, en los términos establecidos en la convocatoria de plazas y en el contrato firmado por las partes. La contraprestación será abonada con carácter mensual, en los cinco primeros días de cada mes, en el número de cuenta que la Fundación Cidade da Cultura establezca en el contrato.

En el momento de la formalización del contrato, los adjudicatarios depositarán en metálico, en el mismo número de cuenta de la Fundación Cidade da Cultura, dos mensualidades de la cuota establecida, en concepto de garantía del cumplimiento del contrato.

Los adjudicatarios se harán cargo de los gastos individuales por prestaciones no incluidas en la base segunda.

La Fundación Cidade da Cultura y la Agencia Gallega de las Industrias Culturales no se hacen responsables del material de trabajo que los adjudicatarios puedan mantener en las instalaciones. Los adjudicatarios se comprometen a respetar las normas establecidas por la Fundación Cidade da Cultura en materia de estética del edificio, identidad corporativa, horarios y otra normativa de uso que se pueda exigir.

4. Oferta de plazas.

El número de plazas se determinará mediante convocatorias periódicas, que serán publicadas en la página web de la Agadic (www.agadic.info), y de la Fundación Cidade da Cultura www.cidadedacultur.org y que fijarán el plazo de recepción de solicitudes y de resolución.

5. Solicitudes.

Los interesados deberán presentar una solicitud dirigida a la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, de conformidad con el modelo que se publicará en la convocatoria en la página web de la Agadic (www.agadic.info) y de la Fundación Cidade da Cultura, www.cidadedacultura.org, en su dirección de Centro de Emprendemento Creativo de Galicia, Cidade da Cultura, Gaiás, Santiago de Compostela. A la solicitud se acompañará de una memoria del proyecto que se pretende llevar a cabo, con especial incidencia en los aspectos innovadores que tal proyecto presenta en el campo cultural.

6. Procedimiento.

Una comisión de evaluación, compuesta por personal de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales y de la Fundación Cidade da Cultura, nombrada por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, evaluará las solicitudes presentadas y su relación con los sectores culturales definidos. Formará parte de la comisión un/una representante de las universidades gallegas, relacionado con áreas de conocimiento empresarial, nombrado, asimismo, por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria. Podrá participar en la citada comisión, con carácter asesor, un representante de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con experiencia en emprendimiento, y un/a representante de la Consellería de Industria.

La comisión podrá requerir a los solicitantes información complementaria durante el proceso de evaluación.

En el supuesto de que el número de solicitudes exceda al de plazas ofertadas, tendrán preferencia en la adjudicación los nuevos proyectos de autoempleo. La comisión no podrá adjudicar más del 50 % de las plazas al mismo sector de los establecidos en la cláusula primera. Asimismo, podrá ampliarse la oferta, en un número no superior al 50 % de las inicialmente convocadas, con la finalidad de atender a la demanda de solicitudes. En tal caso, la ampliación se publicará en la página web de la Agadic y no supondrá la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

7. Adjudicación, plazo y rescisión.

La comisión propondrá motivadamente a la Dirección de la Agadic, para su resolución, los adjudicatarios seleccionados, que se comprometen a firmar un contrato con la Fundación Cidade da Cultura, sujeto a la normativa de arrendamientos establecida en el Código civil. El resultado de la adjudicación será comunicado por la Dirección de la Agadic a todos los solicitantes. Contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Rector de la Agadic.

La adjudicación tendrá carácter personal y no podrá ser transmitida.

La adjudicación se hará por un período inicial de seis meses, prorrogables por periodos similares, hasta un máximo de tres años.

Las partes podrán rescindir el compromiso firmado, mediante comunicación fehaciente, dirigida a la otra parte, con dos meses de antelación a la fecha de sus efectos.

La Agencia Gallega de las Industrias Culturales podrá, igualmente, proponer a la Fundación Cidade da Cultura la rescisión del compromiso a aquellos solicitantes que incumplan la establecido en las presentes bases.

La Agadic convocará a la comisión de evaluación un mes antes de la finalización del período inicial de seis meses, con el objeto de hacer un seguimiento del avance de los proyectos culturales. Los adjudicatarios presentarán, con esta finalidad, información a la comisión de la evolución del proyecto inicialmente presentado. En virtud del resultado de la evaluación, las partes acordarán o no la prórroga de la adjudicación.

Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales