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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 7 de noviembre de 2012 Pág. 41718

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 26 de octubre de 2012 por la que se deja sin efecto la Orden de 3 de julio de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de acciones formativas en materia agroforestal por entidades de iniciativa social dedicadas a fomentar la integración social y laboral de personas con discapacidades o en riesgo de exclusión social en la Comunidad Autónoma y se convocan para el año 2012.

El 9 de julio de 2012 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 130 la Orden de 3 de julio de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de acciones formativas en materia agroforestal por entidades de iniciativa social dedicadas a fomentar la integración social y laboral de personas con discapacidades o en riesgo de exclusión social en la Comunidad Autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2012.

La política presupuestaria, que implica el necesario equilibrio entre ingresos y gastos, exige en estos momentos efectuar un ajuste en los créditos inicialmente asignados a los diferentes centros de gasto que conforman los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por otro lado, el artículo 57 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, establece que no podrán adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos que figuren en los estados de gastos.

Al amparo de lo señalado en los párrafos anteriores, es necesario dejar sin efecto esta convocatoria de ayudas, con el objetivo de cumplir la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y déficit público.

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

Se deja sin efecto la Orden de 3 de julio de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de acciones formativas en materia agroforestal por entidades de iniciativa social dedicadas a fomentar la integración social y laboral de personas con discapacidades o en riesgo de exclusión social en la Comunidad Autónoma, y se procede a su convocatoria.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Secretaría General de Medio Rural y Montes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2012

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar