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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 26 de octubre de 2012 Pág. 40342

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 18 de octubre de 2012 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación Centro Tecnológico Textil y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Vista la documentación por la que se inicia el expediente de extinción de la Fundación Centro Tecnológico Textil, adscrita al protectorado de la Consellería de Economía e Industria, resultan los siguientes hechos:

Primero. Con fecha 3 de octubre de 2012 se presentó en el Registro General de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la solicitud de ratificación del acuerdo de extinción de la Fundación Centro Tecnológico Textil adoptado por el Patronato.

Segundo. La fundación se constituyó en escritura pública de fecha 6 de febrero de 2009, fue clasificada como de interés tecnológico por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 27 de julio de 2009 y declarada de interés gallego por Orden de la Consellería de Economía e Industria de 16 de septiembre de 2009, y figura inscrita en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego con el número 2009/13.

Tercero. Los fines de la fundación, según constan en el artículo 7 de los estatutos, son contribuir al fortalecimiento, potenciación, crecimiento y avance de la competitividad en el ámbito de las tecnologías de la cadena textil, confección, moda y calzado, mediante el logro de la excelencia en la investigación y el desarrollo tecnológico.

Cuarto. El órgano de gobierno de la fundación, en su reunión de 3 de octubre de 2012, adoptó el acuerdo de extinción de la fundación, motivado por la falta de recursos materiales, técnicos, humanos y fundamentalmente financieros.

En el expediente consta la siguiente documentación:

– Certificación del acuerdo adoptado por el Patronato.

– Acta de dicha reunión con la aportación de la Xunta a la dotación fundacional y devolución de ayudas al ministerio.

– Así como el acuerdo de extinción de la fundación: causa y memoria justificativa, cuenta de la fundación a la fecha, proyecto de distribución de los activos resultantes de la liquidación, poderes para la ejecución de la liquidación y apertura de la liquidación.

Consideraciones legales:

Primero. Esta consellería resulta competente para ratificar el acuerdo adoptado por el Patronato de la fundación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, en relación con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en su reglamento.

Segundo. El artículo 44 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del Patronato, ratificado por el protectorado. El mismo artículo establece que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercero. El acuerdo de extinción se adoptó de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa vigente y en los estatutos de la fundación, siendo aprobado por acuerdo del Patronato, con las mayorías previstas en el Reglamento de fundaciones de interés gallego. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de la causa de extinción y demás documentación establecida en el artículo 44 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego.

Por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y en el Decreto 15/2009, de la misma fecha, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción adoptado por el Patronato de la Fundación Centro Tecnológico Textil.

Segundo. Ordenar la inscripción del acuerdo de extinción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Consellería de Economía e Industria.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2012

Javier Guerra Fernández
Conselleiro de Economía e Industria