María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1219/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Pilar Pazos Souto, Cristina García Fernández, Ana Isabel Barreiro Rama, Martina Díaz Vázquez y Silvia Díaz Vázquez contra la empresa Confecciones Sangüesa, S.L., el Fondo de Garantía Salarial y la administración concursal de Confecciones Sangüesa, S.L., sobre reclamación de salarios, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:
«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Martina Díaz Vázquez, Cristina García Fernández, Ana Isabel Barreiro Rama, Silvia Díaz Vázquez y María Pilar Pazos Souto contra la entidad Confecciones Sangüesa, S.L., y en consecuencia, debo condenar y condeno a Confecciones Sangüesa, S.L. a que abone a cada una de las demandantes las siguientes cantidades:
– A Martina Díaz Vázquez, la suma de 791,07 euros.
– A Cristina García Fernández, la suma de 420,87 euros.
– A Ana Isabel Barreiro Rama, la suma de 436,24 euros.
– A Silvia Díaz Vázquez, la suma de 554,86 euros.
– A María Pilar Pazos Souto, la suma de 639,88 euros.
Cantidades que habrán de incrementarse en el interés del 10 % por mora aplicable a los conceptos salariales.
Con intervención del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la empresa Confecciones Sangüesa, S.L., en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente en A Coruña, 1 de octubre de 2012».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
La secretaria judicial