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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 23 de octubre de 2012 Pág. 40040

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2012, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica LMT Regueiro en el ayuntamiento de Padrenda (expediente IN407A 2012/18-3).

Examinado el expediente instruido por demanda de la empresa San Miguel 2000 Distribución Eléctrica, S.L.U., con dirección a efectos de notificación en la calle Coruña, 20, bajo, 36700 Tui, Pontevedra, resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha de 30 de abril de 2012, la citada empresa solicita la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la citada instalación, presentando la perceptiva documentación a la que hace referencia el Real decreto 1995/2000, de 1 de diciembre, por la que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

LMT a 20 kV Regueiro, que consta de: 1. LMT aerosubterránea, en doble circuito, con entrada y salida en el CD Vilar (expediente 2011/07), de 275 m en aéreo, con conductor LA-56 y 346 m en subterráneo, con conductor RHZ1 12/20 kV 150 mm2 Al. 2. LMT aérea de 190 m, en circuito simple, de conexión con LMT derivación S. Roque. 3. LMT aérea de 123 en circuito simple, de conexión con línea general existente.

Presupuesto: 89.063,01 euros.

Tercero. La Resolución de 9 de mayo de 2012, de la Jefatura Territorial de Ourense, somete a información pública la citada instalación, y fue publicada en el BOP de Ourense el día 14 de junio de 2012 y en el DOG el día 7 de agosto de 2012.

Cuarto. El día 15 de junio de 2012, con el número de registro de entrada 7154, presenta escrito de alegaciones Javier Vázquez Rodríguez, que se considera afectado por el trazado de esta modificación de proyecto; es necesario indicar al respeto que la empresa eléctrica manifiesta que se mantendrá el trazado actual a la altura de su propiedad, por lo tanto no existirían incrementos de servidumbres, si esto no fuera de este modo el promotor, en caso de no existir acuerdo, deberá iniciar los trámites correspondientes para la declaración de utilidad pública de la línea eléctrica.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial, resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en él y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos polos ministerios, organismos o corporaciones que constan en los expedientes.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación/notificación; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Ourense, 21 de septiembre de 2012

P.S.L. (Decreto 324/2009, de 11 de junio)
Alfonso Tomás Paz Doníz
Jefe de Servicio de Administración Industrial