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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 22 de octubre de 2012 Pág. 39883

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (1029/2011).

María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1029/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Sonia Pazos Manteiga, Lidia Nieves Esteo del Hoyo, María Carmen Brandon Negreira y María Lurdes Pallas Díaz contra la empresa Confecciones Teruca, S.L., la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la administración concursal de Confecciones Teruca, S.L., el Fogasa y Mutua MC Mutual, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia el 24 septiembre de 2012, cuyo fallo se adjunta:

«Fallo que, estimando las pretensiones de la demanda formulada por Lidia Nieves Esteo del Hoyo (40865465-P), Sonia Pazos Manteiga (47352419-L), Mª del Carmen Brandon Negreira (79319337-L) y María Lourdes Pallas Díaz (52433959-L), contra el INSS, la TGSS, la Mutua MC Mutual, la empresa Confecciones Teruca, S.L., y la administración concursal de la empresa Confecciones Teruca, S.L., debo declarar y declaro el derecho de las actoras a percibir el subsidio de IT del 4º al 15º día, ambos incluidos, con la consiguiente condena de la empresa al pago de dicha prestación en la cuantía de 232,32 euros para las Sras. Esteo y Brandón, 231,84 euros para la Sra. Pazos y 239,16 euros para la Sra. Pallas, debiendo la Mutua anticipar dicho pago, sin perjuicio de su derecho a reintegrarse con cargo al empresario, con responsabilidad subsidiaria del INSS, sólo para el caso de insolvencia de la Mutua.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación, por cuanto la cuantía litigiosa no excede de 3.000 euros (art. 191.2.g LRJS).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la jueza que la suscribe, celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Confecciones Teruca, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de septiembre de 2012

La secretaria judicial