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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 11 de octubre de 2012 Pág. 38985

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 28 de septiembre de 2012 por la que se autoriza el cambio de domicilio por traslado de instalaciones del centro privado Reyblanc del ayuntamiento de Santiago de Compostela y la implantación de nuevos ciclos formativos en ese centro.

La representante de la titularidad del centro privado Reyblanc solicita el cambio de domicilio por traslado de instalaciones, de la c/ Santo Domingo da Calzada nº 1 a la c/ Angustia nº 2 de Santiago de Compostela, y a su vez también solicita autorización para impartir el ciclo formativo de grado medio de Estética Personal Decorativa y los ciclos formativos de grado superior de Estilismo y Dirección de Peluquería y el de Asesoría de Imagen Personal.

La Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña remite el expediente con los correspondientes informes de acuerdo con el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero.

1. Autorizar el cambio de domicilio por traslado de instalaciones del centro privado Reyblanc de la c/ Santo Domingo de la Calzada nº 1 a la c/ Angustia nº 2 de Santiago de Compostela.

2. Autorizar la implantación del ciclo formativo de grado medio de Estética Personal Decorativa y de los ciclos formativos de grado superior de Estilismo y Dirección de Peluquería y el de Asesoría de Imagen Personal en las nuevas instalaciones del centro privado que se señala:

Denominación: CPR Reyblanc.

Código del centro: 15032522.

Domicilio: c/ Angustia nº 2.

Localidad: Santiago de Compostela.

Municipio: Santiago de Compostela.

Provincia: A Coruña.

Titular: Reyblanc Centros de Formación, S.L.

Composición resultante:

1 ciclo formativo de grado medio de Peluquería y Cosmética Capilar (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

1 ciclo formativo de grado medio de Estética Personal Decorativa (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

1 ciclo formativo de grado superior de Estilismo y Dirección de Peluquería (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

1 ciclo formativo de grado superior de Asesoría de Imagen Personal (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

Segundo. Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de A Coruña, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia.

Tercero. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 28 de septiembre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria