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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Miércoles, 19 de septiembre de 2012 Pág. 36647

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (320/2012).

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, c/ Monforte, s/n.

Teléfono: 981 18 51 35/136/137.

Fax: 981 18 51 35.

NIG: 15030 44 4 2012 0001671.

N81291.

Nº autos: despido/ceses en general 0000320/2012.

Demandante: María Teresa González Fiaño.

Abogada: Cristina Gómez Lozano.

Demandada: Graublan Ibérica, S.L.

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 320/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de María Teresa González Fiaño contra la empresa Graublan Ibérica, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia 611/2012.

A Coruña, 19 de julio de 2012.

Ana I. Sánchez Mira, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 320/2012, sobre despido, seguidos a instancia de María Teresa González Fiaño, asistida por la letrada Sandra Garrido, contra la empresa Graublan Ibérica, S.L., quien no compareció a pesar de su debida citación y con la presencia del Ministerio Fiscal en su especial representación.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por María Teresa González Fiaño contra la empresa Graublan Ibérica, S.L. y declaro el despido de la trabajadora nulo, debiendo ser reincorporada a la misma y abonados los salarios pendientes desde el día 10 de febrero de 2012 hasta la efectiva reincorporación, teniendo en cuenta que su salario base mensual es de 1.153,77 € (38,13 € diarios).

Se impone a la empresa la multa de 600 euros por su incomparecencia al acto conciliatorio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse previamente ante este juzgado de lo social en el plazo de los cinco días hábiles siguientes, a contar desde el día siguiente a su notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante legal, designando al letrado que deberá interponerlo, siendo posible el anuncio por mera manifestación de aquélla al ser notificada.

Asimismo, líbrese oficio a la Xunta de Galicia a fin de que tome conocimiento de la presente sentencia y de la actuación realizada por la empresa a efectos de concesión o denegación de subvenciones.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Publicacion. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la jueza sustituta que la suscribe, y en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que conste de notificación a la empresa Graublan Ibérica, S.L., se expide el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 3 de septiembre de 2012

El secretario judicial