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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Lunes, 17 de septiembre de 2012 Pág. 36312

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

CÉDULA de 3 de septiembre de 2012, del Servicio de Turismo de Lugo, por la que se notifica el Acuerdo de iniciación de 31 de mayo de 2012 relativo al expediente sancionador de Lugo LU-9/2012, por infracción leve en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al interesado que a continuación se relaciona, el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo, por infracción administrativa de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia, expediente número LU-9/2012, incoado al titular del establecimiento de café bar denominado Latino, situado en la calle Camiño da Igrexa nº 5 de Moimenta del ayuntamiento de Cospeito (Lugo), ya que, intentada la notificación por los medios habituales, no se pudo practicar.

Se nombra instructor del procedimiento a Francisco López Castro y secretaria a Mercedes Campos Casares, funcionarios de este servicio de Turismo, siendo su régimen de recusación el previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Según lo establecido en el artículo 16.1 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar por escrito cuantas alegaciones, documentos o informaciones considere convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2 del Real decreto 1398/1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anteriormente indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá poner fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar el impreso normalizado que le será facilitado en el Servicio de Turismo, sito en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en la ronda de la Muralla de Lugo.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es la jefa del Servicio de Turismo en Lugo, según lo dispuesto en el artículo 119.1.a) de la Ley 7/2011, y en el Decreto 82/2012, de 23 de febrero, por el que se modifica el Decreto 325/2009, de 18 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Lo que se le comunica, de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 9 de agosto).

Expediente: LU-9/2012.

Denunciado: Manuel Ángel Rodríguez Fontao.

Establecimiento: café bar Latino.

Dirección: Camiño da Igrexa, nº 5. Localidad: Moimenta (Cospeito).

Hechos denunciados: no exhibir lista de precios al público y deficiencias en la instalación.

Preceptos infringidos: artículo 35 apartados d) y f) de la Ley 7/2011.

Tipificación de la infracción: artículos 109.2.b) y 109.6 de la Ley 7/2011.

Cualificación: leve.

Sanción: 400 €.

Lugo, 3 de septiembre de 2012

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Servicio de Turismo de Lugo