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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Viernes, 14 de septiembre de 2012 Pág. 36024

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (567/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 567/2012, de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rossana Alicia Messoni Peña contra la empresa Janabel Coffee and Beers, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia número 606/2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 23 de agosto de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre despido 567/2012, siendo actora Rossana Alicia Mesón Peña, asistida por el letrado Sr. Méndez Sanjurjo, actuando en sustitución del letrado Sr. Güemez Abad, y demandada la empresa Janabel Coffee and Beers, S.L.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Rossana Alicia Mesón Peña contra la empresa Janabel Coffee and Beers, S.L. y, en consecuencia, declaro improcedente la extinción del contrato de la actora y condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, opte entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían en el momento de producirse el despido, con el abono de los salarios de tramitación que, desde la fecha del despido a la de esta resolución, ascienden a la cantidad de 5.865,3 euros, a los que habrán de añadirse los que se devenguen hasta la notificación de la misma, a razón de 44,10 euros diarios, y la extinción de la relación laboral, con abono a la misma de la cantidad de 13.494,6 euros, en concepto de indemnización.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el deposito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Inscríbase en el libro registro de su clase.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la mercantil Janabel Coffee and Beers, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 27 de agosto de 2012

La secretaria judicial