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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Miércoles, 12 de septiembre de 2012 Pág. 35819

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

CÉDULA de 30 de agosto de 2012, del Servicio de Turismo de Ourense, por la que se notifica la resolucion del expediente sancionador OU-S-16/2012, por infracción leve en materia de turismo.

Mediante esta cédula, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se le notifica a la persona que a continuación se relaciona la resolución del expediente sancionador OU-S-16/2012, de la jefa del Servicio de Turismo de Ourense, ya que, intentada por los medios habituales, no se pudo practicar.

El interesado podrá recoger la resolución mediante comparecencia en las dependencias del Servicio de Turismo, calle Curros Enríquez, 1, 3ª planta, de Ourense.

Contra dicha resolución, que no agotan la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría General para el Turismo, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro que estime oportuno.

De no presentar recurso en el referido plazo, la sanción devendrá firme, y se deberá abonar el importe de la multa en los siguientes plazos: a) publicación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior, b) publicación entre los días 16 y últimos de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior.

El pago se realizará por transferencia bancaria mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias del Servicio de Turismo de Ourense. De no ser efectuado el ingreso en el citado plazo, se procederá a su exacción por la vía de apremio, según lo dispuesto en la Orden de 23 de noviembre de 2001 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria y ejecutiva de multas y sanciones, de la Consellería de Hacienda (DOG nº 235, de 5 de diciembre).

Expediente: OU-S-16/2012.

Titular sancionado: Pablo Manuel Fernández Álvarez.

Establecimiento: El Asturiano.

Domicilio: Faustino Santalices, 17.

Localidad: Bande.

Resolución: 10 de julio de 2012.

Tipificación de la infracción: artículo 109.1.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Sanción: doscientos (200,00) euros.

Ourense, 30 de agosto de 2012

Manuela Penín López
Jefa del Servicio de Turismo de Ourense