Advertidos errores en el citado decreto publicado en el DOG núm. 163, de 28 de agosto de 2012, se hacen las oportunas correcciones:
En la página 34327 en el artículo 2. Urnas, párrafo cuarto, donde dice: «Las urnas, después de montadas y precintadas, serán entregadas, contra recibo, a los presidentes de las mesas electorales a través de los secretarios de los ayuntamientos», debe decir: «Las urnas, después de montadas y precintadas, serán entregadas, contra recibo, a los presidentes de las mesas electorales a través de la Junta Electoral de Zona».
En la página 34327 en el artículo 3. Cabinas, se suprime el párrafo cuarto: «Las cabinas, después de montadas, serán entregadas, contra recibo, a los presidentes de las mesas electorales a través de los secretarios de los ayuntamientos».
En la página 34328, en la disposición adicional primera, donde dice: «Serán igualmente válidos los impresos emitidos por la Oficina del Censo Electoral con motivo de las elecciones al Parlamento de Galicia», debe decir: «Serán igualmente válidos los impresos emitidos por la Oficina del Censo Electoral con motivo de las elecciones al Parlamento de Galicia. Asimismo, también serán utilizables los modelos recogidos en el Real decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, que tengan carácter general».
En la página 34330, en el anexo IV, Documentación para el voto por correo, dentro de la relación de impresos con expresión de su referencia, donde dice: «EPG 4.6 Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el CERA (envío no gratuito)», debe decir: «EPG 4.6 Sobre para la remisión del voto por los electores residentes en el extranjero (con franqueo)».
En la página 34330, en el anexo IV, Documentación para el voto por correo, dentro de la relación de impresos con expresión de su referencia, donde dice: «EPG 4.6.a Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el CERA (envío gratuito)», debe decir: «EPG 4.6.a Sobre para la remisión del voto por los electores residentes en el extranjero (sin franqueo)».
En la página 34331, en el anexo IV, Documentación para el voto por correo, dentro de la relación de impresos con expresión de su referencia, a continuación del apartado del impreso EPG 4.9 a Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral para el voto por correo desde España de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA), debe añadirse el siguiente:
«EPG 4.10 sobre para la remisión del voto CERA a la Junta Electoral Provincial».
En la página 34336, en el anexo IV, de la relación de impresos con expresión de su referencia y características, donde dice: «EPG 4. 6. Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el CERA (envío no gratuito)», debe decir: «EPG 4.6 Sobre para la remisión del voto por los electores residentes en el extranjero (con franqueo)».
En la página 34337, en el anexo IV, de la relación de impresos con expresión de su referencia y características, donde dice: «EPG 4. 6.a Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el CERA (envío gratuito)», debe decir: «EPG 4.6.a Sobre para la remisión del voto por los electores residentes en el extranjero (sin franqueo)».
En la página 34339, en el anexo anexo IV, de la relación de impresos con expresión de su referencia y características, a continuación de las características del impreso EPG 4.9.a Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral para el voto por correo desde España de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA), debe añadirse: «EPG 4.10. Sobre para la remisión del voto CERA a la Junta Electoral Provincial
Características:
Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.
Medidas aproximadas: 120×175 mm aproximadamente.
Gramaje aproximado: 70 gr/m².
Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara, deberá tener fondo interior azul en cualquier tonalidad y en el interior impreso un texto.
Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra».
En la página 34341, en el anexo VII, de la relación de impresos con expresión de su referencia y características, se suprimen las relativas al impreso EPG 7.1 Acta de constitución de la mesa electoral (impreso múltiple que consta de portada más cuatro hojas autocalcantes y contraportada).
En la página 34341, en el anexo VII, de la relación de impresos con expresión de su referencia y características, se suprimen las relativas al impreso EPG 7.2 Acta de escrutinio de la mesa (impreso múltiple que consta de portada más cuatro hojas autocalcantes y contraportada).
En la página 34342, en el anexo VII, de la relación de impresos con expresión de su referencia y características, se suprimen las relativas al impreso EPG 7.3 Acta de sesión de la mesa (impreso múltiple que consta de portada más cuatro hojas autocalcantes y contraportada).
En la página 34344, en la relación de impresos con expresión de su referencia y características, donde dice: «ANEXO VII», debe decir: «ANEXO VIII».
En las páginas 34365 a 34368, en el anexo IV, los sobres EPG 4.6 Sobre para la remisión del voto por los electores residentes en el extranjero (con franqueo), se sustituyen por el que se inserta a continuación: