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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Martes, 4 de septiembre de 2012 Pág. 34980

I. Disposiciones generales

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

DECRETO 178/2012, de 19 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 31, determina que es competencia plena de la Comunidad Autónoma de Galicia la regulación y la administración de la enseñanza en toda su extensión, en sus niveles y grados, en sus modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y en las leyes orgánicas que, con arreglo al punto primero de su artículo 81, la desarrollen.

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las modalidades formativas.

Dicha ley establece que la Administración general del Estado, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 149.1, 30ª y 7ª de la Constitución española, y previa consulta al Consejo General de Formación Profesional, determinará los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al catálogo nacional de cualificaciones profesionales, creado por el Real decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, y modificado por el Real decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, cuyos contenidos podrán ampliar las administraciones educativas en el ámbito de sus competencias.

Establece, asimismo, que los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado y serán expedidos por las administraciones competentes, la educativa y la laboral, respectivamente.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en su capítulo III del título preliminar que se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas por la citada ley.

En su capítulo V del título I establece las directrices generales de la formación profesional inicial y dispone que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible, y la Ley orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la ley de economía sostenible, introducen modificaciones en la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, y en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el marco legal de las enseñanzas de formación profesional, que pretenden, entre otros aspectos, adecuar la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos.

El Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que sustituye al Real decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, estableció en su artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el catálogo nacional de cualificaciones profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

En su artículo 8, dedicado a la definición del currículo por las administraciones educativas en desarrollo del artículo 6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán los currículos correspondientes ampliando y contextualizando los contenidos de los títulos a la realidad socioeconómica del territorio de su competencia, y respetando su perfil profesional.

El Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia, determina en sus capítulos III y IV, dedicados al currículo y la organización de las enseñanzas, la estructura que deben seguir los currículos y los módulos profesionales de los ciclos formativos en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado el Real decreto 881/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar y se fijan sus enseñanzas mínimas, y de acuerdo con su artículo 10.2, corresponde a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria establecer el currículo correspondiente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Con arreglo a lo anterior, este decreto desarrolla el currículo del ciclo formativo de formación profesional de técnico superior en Estética Integral y Bienestar. Este currículo adapta la nueva titulación al campo profesional y de trabajo de la realidad socioeconómica gallega y a las necesidades de cualificación del sector productivo en cuanto a especialización y polivalencia, y posibilita una inserción laboral inmediata y una proyección profesional futura.

A estos efectos, y de acuerdo con lo establecido en el citado Decreto 114/2010, de 1 de julio de 2010, se determina la identificación del título, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o en los sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, así como los parámetros del contexto formativo para cada módulo profesional en lo que se refiere a espacios, equipamientos, titulaciones y especialidades del profesorado, y sus equivalencias a efectos de docencia.

Asimismo, se determinan los accesos a otros estudios, las modalidades y las materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo, las convalidaciones, exenciones y equivalencias, y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional, cuando proceda.

El currículo que se establece en este decreto se desarrolla teniendo en cuenta el perfil profesional del título a través de los objetivos generales que el alumnado debe alcanzar al finalizar el ciclo formativo y los objetivos propios de cada módulo profesional, expresados a través de una serie de resultados de aprendizaje, entendidos como las competencias que deben adquirir los alumnos y las alumnas en un contexto de aprendizaje, que les permitirán conseguir los logros profesionales necesarios para desarrollar sus funciones con éxito en el mundo laboral.

Asociada a cada resultado de aprendizaje se establece una serie de contenidos de tipo conceptual, procedimental y actitudinal redactados de modo integrado, que proporcionarán el soporte de información y destreza preciso para lograr las competencias profesionales, personales y sociales propias del perfil del título.

En este sentido, la inclusión del módulo de formación en centros de trabajo posibilita que el alumnado complete la formación adquirida en el centro educativo mediante la realización de un conjunto de actividades de producción y/o de servicios en situaciones reales de trabajo en el entorno productivo del centro, de acuerdo con las exigencias derivadas del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

El módulo de proyecto que se incluye en este ciclo formativo permitirá integrar de forma global los aspectos más relevantes de las competencias profesionales, personales y sociales características del título que se hayan abordado en el resto de los módulos profesionales, con aspectos relativos al ejercicio profesional y a la gestión empresarial.

La formación relativa a la prevención de riesgos laborales dentro del módulo de formación y orientación laboral aumenta la empleabilidad del alumnado que supere estas enseñanzas y facilita su incorporación al mundo del trabajo, al capacitarlo para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.

De acuerdo con el artículo 10 del citado Decreto 114/2010, de 1 de julio, se establece la división de determinados módulos profesionales en unidades formativas de menor duración, con la finalidad de facilitar la formación a lo largo de la vida, respetando, en todo caso, la necesaria coherencia de la formación asociada a cada una de ellas.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por las leyes 11/1988, de 20 de octubre, 2/2007, de 28 de marzo, y 12/2007, de 27 de julio, conforme a los dictámenes del Consejo Gallego de Formación Profesional y del Consejo Escolar de Galicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diecinueve de julio de dos mil doce,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto

Este decreto establece el currículo que será de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia para las enseñanzas de formación profesional relativas al título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar, determinado por el Real decreto 881/2011, de 24 de junio.

CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva
del título en el sector o en los sectores

Artículo 2. Identificación

El título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar se identifica por los siguientes elementos:

– Denominación: Estética Integral y Bienestar.

– Nivel: formación profesional de grado superior.

– Duración: 2.000 horas.

– Familia profesional: imagen personal.

– Referente europeo: CINE-5b (Clasificación internacional normalizada de la educación).

Artículo 3. Perfil profesional del título

El perfil profesional del título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar se determina por su competencia general, por sus competencias profesionales, personales y sociales, así como por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general

La competencia general de este título consiste en dirigir y organizar el desarrollo de los servicios estéticos, planificar y realizar tratamientos estéticos relacionados con la imagen y el bienestar, y aplicar técnicas estéticas hidrotermales, depilación e implantación de pigmentos, asegurando la calidad, la prevención de riesgos laborales y la gestión medioambiental.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan:

a) Analizar la viabilidad de la implantación de nuevos servicios y evaluar los medios materiales y personales, para su desarrollo en la empresa.

b) Diseñar protocolos estéticos y documentos de consentimiento informado, utilizando las tecnologías de la información y de la comunicación.

c) Gestionar la logística y el almacenamiento, aprovisionando con el material necesario para asegurar el buen funcionamiento de todos los servicios que ofrece la empresa de estética.

d) Determinar y supervisar el trabajo de cada profesional a su cargo, coordinando y programando las actividades.

e) Diseñar la propuesta estética personalizada, analizando los datos obtenidos del análisis profesional, las demandas de la clientela y los posibles informes de otros profesionales.

f) Realizar procesos de hidroterapia, aplicando técnicas específicas y complementarias en balnearios o spa y utilizando cosméticos termales.

g) Aplicar masajes y drenajes linfáticos estéticos, previa selección de técnicas y procedimientos.

h) Realizar maquillajes correctivos por microimplante de pigmentos, personalizados y adaptados a las necesidades de cada cliente.

i) Supervisar y desarrollar procesos de eliminación temporal y definitiva del vello, siguiendo las especificaciones establecidas.

j) Supervisar y desarrollar técnicas electroestéticas y bronceado por radiación ultravioleta, cumpliendo las especificaciones marcadas en la legislación.

k) Asesorar a la clientela, informando de los efectos de los tratamientos y de los cosméticos, su relación con la fisiología cutánea, los hábitos de vida saludables y las precauciones que hay que seguir durante su aplicación, y antes y después de ésta.

l) Realizar la promoción y la comercialización de productos y servicios en el ámbito de una empresa de imagen personal.

m) Integrar y realizar los servicios estéticos, coordinando la aplicación de técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

n) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su ámbito profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.

ñ) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.

o) Organizar y coordinar equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando su desarrollo, manteniendo relaciones fluidas, asumiendo el liderazgo y aportando soluciones a los conflictos grupales que se presentan.

p) Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información y los conocimientos adecuados, y respetando la autonomía y la competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

q) Generar ámbitos seguros en el desarrollo de su trabajo y en el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y medioambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

r) Supervisar y aplicar procedimientos de gestión de calidad y de accesibilidad y diseño universales en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

s) Realizar la gestión básica para la creación y el funcionamiento de una pequeña empresa, y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.

t) Ejercer sus derechos y cumplir las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales incluidas en el título

1. Cualificaciones profesionales completas incluidas en el título:

a) Hidrotermal, IMP023_3 (Real decreto 327/2008, de 29 de febrero), que incluye las siguientes unidades de competencia:

– UC1260_3: protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.

– UC0061_3: aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.

– UC0062_3: aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.

– UC0063_3: realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

b) Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas, IMP248_3 (Real decreto 790/2007, de 15 de junio), que incluye las siguientes unidades de competencia:

– UC0789_3: realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

– UC0063_3: realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

– UC0790_3: realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

– UC0791_3: realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

– UC0792_3: asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

c) Tratamientos estéticos, IMP250_3 (Real decreto 790/2007, de 15 de junio), que incluye las siguientes unidades de competencia:

– UC0796_3: realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

– UC0063_3: realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

– UC0790_3: realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

– UC0797_3: aplicar técnicas electroestéticas, integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

– UC0798_3: realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

2. Cualificaciones profesionales incompletas:

a) Bronceado, maquillaje y depilación avanzada, IMP182_3 (Real decreto 1228/2006, de 27 de octubre).

– UC0580_3: realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.

– UC0581_3: realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.

– UC0067_3: realizar y supervisar procesos de micropigmentación.

b) Maquillaje integral, IMP024_3 (Real decreto 295/2004, de 20 de febrero).

– UC0064_2: preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.

Artículo 7. Entorno profesional

1. Este profesional ejerce su actividad en el sector de cuidados de la imagen personal, en el subsector de cuidados estéticos, en pequeñas y medianas empresas, mayoritariamente privadas, en las áreas de tratamientos estéticos integrales, estética hidrotermal, microimplante de pigmentos, depilación avanzada, masaje estético y drenaje, y asesoramiento en tratamientos y productos cosméticos.

Se trata de profesionales por cuenta propia que trabajan gestionando su propia empresa o de profesionales por cuenta ajena, que ejercen su actividad profesional como personal empleado, o en la jefatura de área o departamento.

2. Las ocupaciones y los puestos de trabajo más destacables son los siguientes:

– Esteticista.

– Director/ora técnico/a en empresas estéticas y áreas de imagen personal, de spa y balnearios.

– Técnico/a en tratamientos estéticos integrales.

– Especialista en técnicas hidroestéticas.

– Técnico/a en micropigmentación.

– Técnico/a en depilación mecánica y avanzada.

– Técnico/a en aparatos de estética.

– Especialista en bronceado mediante radiación ultravioleta.

– Técnico/a en masajes estéticos.

– Técnico/a en drenaje linfático estético.

– Trabajador/ora cualificado/a en centros de medicina y cirugía estética.

– Técnico/a comercial.

– Asesor/ora estético/a y cosmético/a.

– Formador/ora técnico/a en estética.

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o en los sectores

1. El perfil profesional de este título marca una evolución hacia las competencias relacionadas con las técnicas que potencien los cuidados de la imagen personal a través del bienestar y de la promoción de la salud. Los futuros profesionales deberán tener un amplio conocimiento de hábitos saludables; una mayor especialización en técnicas manuales estéticas, como el drenaje estético, técnicas orientales o reflexología, y una buena preparación en técnicas sensoriales como la cromoterapia, la aromaterapia, la musicoterapia etc. Los tratamientos cuyo recurso principal es el agua son otros de los procesos que potencian el bienestar y convierten los centros de spa y balnearios en un sector con gran demanda en la actualidad.

2. La evolución tecnológica y el uso de aparatos y cosmética avanzada (radiofrecuencia, aparatos de bronceado con radiación ultravioleta, IPL o láser, vectores y principios activos cosméticos de nueva generación etc.) demandan un perfil profesional cada vez más cualificado, con conocimientos científico-tecnológicos y con capacidad para la organización y la planificación de procesos, que asuma funciones de calidad, de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental, y que sea capaz de mantener un espíritu abierto a la innovación.

3. Las empresas del sector avanzan hacia el trabajo en equipo y la colaboración con otros profesionales, particularmente del ámbito sanitario. Enfocan su actividad al asesoramiento profesional y a la atención personalizada.

4. Este profesional debe presentar un perfil polivalente, capaz de adaptarse a los cambios, con un alto grado de autonomía y capacidad para la toma de decisiones.

Finalmente, los aspectos organizativos de la prestación de servicios de estética y bienestar deberán adaptarse a la normativa comunitaria, estatal y autonómica. En la actualidad, los establecimientos y el personal aplicador de los procesos de micropigmentación y bronceado están sometidos a una legislación específica de condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad que deben seguir para poder ejercer. Se prevé que se establezcan más regulaciones legales de otros procesos con especial incidencia en la salud pública.

CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

Artículo 9. Objetivos generales

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a) Desarrollar nuevos servicios, evaluando los medios personales y materiales, para analizar la viabilidad de su implantación.

b) Elaborar normas de actuación, con detalle de las fases del proceso y utilizando las tecnologías de la información y de la comunicación, para diseñar documentos y protocolos estéticos y de atención a la clientela.

c) Organizar los recursos de la cabina de estética y controlar las existencias, para gestionar su logística y su almacenamiento.

d) Aplicar procedimientos relacionados con el mantenimiento de equipos e instalaciones, cumpliendo la normativa, para asegurar el buen funcionamiento.

e) Caracterizar los papeles profesionales, identificando la responsabilidad asociada en cada caso, para programar sus actividades.

f) Desarrollar el procedimiento de análisis estético, empleando herramientas específicas, para diseñar una propuesta estética individualizada.

g) Aplicar técnicas, cosméticos termales y equipos en relación con las necesidades de las personas usuarias de balnearios o spa, para realizar procesos hidroestéticos.

h) Identificar métodos, maniobras y parámetros, y adaptarlos al análisis estético, para aplicar masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas.

i) Supervisar y evaluar las técnicas, las maniobras y los parámetros de aplicación del drenaje estético y de los masajes por presión, y adaptarlos al análisis estético y a las zonas anatómicas que se vayan a tratar, para asegurar el beneficio estético deseado.

j) Emplear elementos y procesos decorativos semipermanentes en relación con las características de la persona usuaria y aplicando la normativa, para realizar maquillajes correctivos por microimplante de pigmentos.

k) Seleccionar procedimientos de eliminación de vello de modo temporal y definitivo, con caracterización de las fases, las técnicas y los recursos necesarios, para supervisar y desarrollar la depilación.

l) Verificar los parámetros de control de equipos electroestéticos y de bronceado artificial, relacionando los fundamentos científicos con los tratamientos estéticos, para aplicarlos con garantías de eficacia y seguridad.

m) Identificar las operaciones de formulación y elaboración de cosméticos, analizando las características, los efectos y las aplicaciones de sus principios activos, para asesorar sobre los productos cosméticos a personas usuarias y a profesionales.

n) Identificar la variabilidad de los procesos estéticos en relación con los fundamentos anatomofisiológicos, los hábitos saludables y las principales patologías asociadas, para garantizar la calidad de todos los servicios.

ñ) Identificar las técnicas publicitarias y las operaciones de venta y de merchandising, valorando las características y las demandas del mercado, para realizar la promoción y la comercialización de productos y servicios estéticos.

o) Coordinar todos los recursos estéticos (técnicas, aparatos, instalaciones y cosméticos), con adaptación al servicio estético propuesto y teniendo en cuenta el estudio estético y las preferencias de la persona usuaria, para realizar tratamientos estéticos integrales.

p) Analizar y utilizar los recursos y las oportunidades de aprendizaje que se relacionan con la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector, así como las tecnologías de la información y de la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas situaciones laborales y personales.

q) Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación para responder a los retos que se presenten en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.

r) Tomar decisiones fundamentadas, analizando las variables implicadas, integrando saberes de distinto ámbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de equivocación, para afrontar y resolver situaciones, problemas o contingencias.

s) Desarrollar técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organización y la coordinación de equipos de trabajo.

t) Aplicar estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se vayan a transmitir, a la finalidad y a las características de las personas receptoras, para asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.

u) Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental, proponiendo y aplicando medidas de prevención personal y colectiva, de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos del trabajo, para garantizar ámbitos seguros.

v) Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la accesibilidad y el diseño universales.

w) Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y en las actividades que se realizan en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.

x) Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

y) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales, para participar en la ciudadanía democrática.

Artículo 10. Módulos profesionales

Los módulos profesionales de este ciclo formativo, que se desarrollan en el anexo I de este decreto, son los que se relacionan:

– MP0744. Aparatos de Estética.

– MP0745. Estética Hidrotermal.

– MP0746. Depilación Avanzada.

– MP0747. Masaje Estético.

– MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

– MP0749. Micropigmentación.

– MP0750. Procesos Fisiológicos y de Higiene en Imagen Personal.

– MP0751. Dermoestética.

– MP0752. Cosmética Aplicada a Estética y Bienestar.

– MP0753. Tratamientos Estéticos Integrales.

– MP0754. Proyecto de Estética Integral y Bienestar.

– MP0755. Formación y Orientación Laboral.

– MP0756. Empresa e Iniciativa Emprendedora.

– MP0757. Formación en Centros de Trabajo.

Artículo 11. Espacios y equipamientos

1. Los espacios y los equipamientos mínimos necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este decreto.

2. Los espacios formativos establecidos respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo, y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por diferentes grupos de alumnado que curse el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. No es preciso que los espacios formativos identificados se diferencien mediante cerramientos.

5. La cantidad y las características de los equipos que se incluyen en cada espacio deberá estar en función del número de alumnos y alumnas, y serán los necesarios y suficientes para garantizar la calidad de la enseñanza y la adquisición de los resultados de aprendizaje.

6. El equipo dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá las normas de seguridad y prevención de riesgos, y cuantas otras sean de aplicación, y se respetarán los espacios o las superficies de seguridad que exijan las máquinas en funcionamiento.

Artículo 12. Profesorado

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del cuerpo de catedráticos y catedráticas de enseñanza secundaria, del cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria y del cuerpo de profesorado técnico de formación profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este decreto.

2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso al que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de dicha ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a efectos de docencia, para las especialidades del profesorado, son las recogidas en el anexo III B) de este decreto.

3. Las titulaciones requeridas para la impartición de los módulos profesionales que formen el título, para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, se concretan en el anexo III C) de este decreto.

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria establecerá un procedimiento de habilitación para ejercer la docencia, en el que se exigirá el cumplimento de alguno de los siguientes requisitos:

– Que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales.

– Que se acredite mediante certificación una experiencia laboral de, por lo menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

CAPÍTULO IV
Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y las materias de bachillerato cursadas

Tendrá preferencia para acceder a este ciclo formativo el alumnado que haya cursado la modalidad de bachillerato de ciencias y tecnología.

Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios

1. El título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de acceso que se establezcan.

2. Este título permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. A los efectos de facilitar el régimen de convalidaciones entre este título y las enseñanzas universitarias de grado, se asignan 120 créditos ECTS distribuidos entre los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Artículo 15. Convalidaciones y exenciones

1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, se establecen en el anexo IV de este decreto.

2. Las personas que hayan superado el módulo profesional de formación y orientación laboral, o el módulo profesional de empresa e iniciativa emprendedora, en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

3. Las personas que hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo de formación y orientación laboral siempre que:

– Acrediten, por lo menos, un año de experiencia laboral.

– Estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que sustituye al Real decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención

1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este título para su convalidación o exención queda determinada en el anexo V A) de este decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este título con las unidades de competencia para su acreditación queda determinada en el anexo V B) de este decreto.

CAPÍTULO V
Organización de la impartición

Artículo 17. Distribución horaria

Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizarán por el régimen ordinario según se establece en el anexo VI de este decreto.

Artículo 18. Unidades formativas

1. Con arreglo al artículo 10 del Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional en el sistema educativo de Galicia, y con la finalidad de facilitar la formación a lo largo de la vida y servir de referente para su impartición, se establece en el anexo VII la división de determinados módulos profesionales en unidades formativas de menor duración.

2. La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria determinará los efectos académicos de la división de los módulos profesionales en unidades formativas.

Artículo 19. Módulo de proyecto

1. El módulo de proyecto incluido en el currículo de este ciclo formativo tiene por finalidad la integración efectiva de los aspectos más relevantes de las competencias profesionales, personales y sociales características del título que se hayan abordado en el resto de los módulos profesionales, junto con aspectos relativos al ejercicio profesional y a la gestión empresarial. Se organizará sobre la base de la tutoría individual y colectiva. La atribución docente será a cargo del profesorado que imparta docencia en el ciclo formativo.

2. Se desarrollará previa evaluación positiva de todos los módulos profesionales de formación en el centro educativo, coincidiendo con la realización de una parte del módulo profesional de formación en centros de trabajo, y se evaluará una vez cursado éste, al objeto de posibilitar la incorporación de las competencias adquiridas en él.

Disposición adicional primera. Oferta en las modalidades semipresencial y a distancia de este título

La impartición de las enseñanzas de los módulos profesionales de este ciclo formativo en las modalidades semipresencial o a distancia, que se ofrecerán únicamente por el régimen para las personas adultas, requerirá la autorización previa de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, conforme al procedimiento que se establezca.

Disposición adicional segunda. Titulaciones equivalentes y vinculación con las capacitaciones profesionales

1. Los títulos que se relacionan a continuación tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar, establecido en el Real decreto 881/2011, de 24 de junio, cuyo currículo para Galicia se desarrolla en este decreto:

– Título de técnico especialista estética, rama de peluquería y estética, de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, general de educación y financiación de la reforma educativa.

– Título de técnico superior en estética, establecido por el Real decreto 628/1995, de 21 de abril, cuyo currículo para Galicia fue establecido por el Decreto 69/2005, de 18 de marzo.

2. La formación establecida en este decreto en el módulo profesional de formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.

3. La formación establecida en este decreto garantiza el nivel de conocimiento exigido en el curso de formación higiénico-sanitaria que el Ministerio de Sanidad les exige a los aplicadores de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea, tal como marcan las legislaciones en las comunidades autónomas.

4. La formación establecida en este decreto, en sus módulos profesionales, garantiza el nivel de conocimiento requerido en el curso de formación que el Ministerio de Sanidad le exige al personal profesional que realice actividades de bronceado artificial, tal como marcan las legislaciones en las comunidades autónomas.

Disposición adicional tercera. Regulación del ejercicio de la profesión

1. Los elementos recogidos en este decreto no constituyen regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.

2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el punto 1 de la disposición adicional segunda de este decreto se entenderán sin perjuicio del cumplimento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.

Disposición adicional cuarta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título

1. La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria garantizará que el alumnado pueda acceder y cursar este ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

2. Las programaciones didácticas que desarrollen el currículo establecido en este decreto deberán tener en cuenta el principio de “diseño universal”. A tal efecto, recogerán las medidas necesarias a fin de que el alumnado pueda conseguir la competencia general del título, expresada a través de las competencias profesionales, personales y sociales, así como los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales.

En cualquier caso, estas medidas no podrán afectar de forma significativa a la consecución de los resultados de aprendizaje previstos para cada uno de los módulos profesionales.

Disposición adicional quinta. Autorización a centros privados para la impartición de las enseñanzas reguladas en este decreto

La autorización a centros privados para la impartición de las enseñanzas de este ciclo formativo exigirá que desde el inicio del curso escolar se cumplan los requisitos de profesorado, espacios y equipamientos regulados en este decreto.

Disposición adicional sexta. Desarrollo del currículo

1. El currículo establecido en este decreto requiere un posterior desarrollo a través de las programaciones didácticas elaboradas por el equipo docente del ciclo formativo, con arreglo a lo establecido en el artículo 34 del Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia. Estas programaciones concretarán y adaptarán el currículo al entorno socioeconómico del centro, tomando como referencia el perfil profesional del ciclo formativo a través de sus objetivos generales y de los resultados de aprendizaje establecidos para cada módulo profesional.

2. Los centros educativos desarrollarán este currículo de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia.

Disposición transitoria única. Centros privados con autorización para impartir ciclos formativos de formación profesional

La autorización concedida a los centros educativos de titularidad privada para impartir las enseñanzas a las que se hace referencia en el Decreto 69/2005, de 18 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Estética, se entenderá referida a las enseñanzas reguladas en este decreto, sin prejuicio de lo establecido en la disposición adicional quinta.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas

Queda derogado el Decreto 69/2005, de 18 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Estética, y todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición final primera.

Disposición final primera. Implantación de las enseñanzas recogidas en este decreto

1. En el curso 2012-2013 se implantará el primer curso por el régimen ordinario y dejará de impartirse el primer curso de las enseñanzas a las que se hace referencia en el Decreto 69/2005, de 18 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Estética.

2. En el curso 2013-2014 se implantará el segundo curso por el régimen ordinario y dejará de impartirse el segundo curso de las enseñanzas a las que se hace referencia en el Decreto 69/2005, de 18 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Estética.

3. En el curso 2012-2013 se implantará las enseñanzas reguladas en este decreto por el régimen para las personas adultas.

Disposición final segunda. Desarrollo normativo

1. Se autoriza a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria a dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución y el desarrollo de lo establecido en este decreto.

2. Se autoriza a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria a modificar el anexo II B), relativo a equipamientos, cuando por razones de obsolescencia o actualización tecnológica así se justifique.

Disposición final tercera. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diecinueve de julio de dos mil doce

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
(Decreto 147/2012)

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

1. Anexo I. Módulos profesionales.

1.1. Módulo profesional: Aparatos de Estética.

• Equivalencia en créditos ECTS: 8.

• Código: MP0744.

• Duración: 133 horas.

1.1.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Caracteriza los equipos de electroestética basados en las radiaciones electromagnéticas, en técnicas de mecanoterapia y en la aplicación de calor y frío, en relación con los efectos fisiológicos que producen y con sus aplicaciones estéticas.

– CE1.1. Se han identificado las corrientes eléctricas con aplicación en estética.

– CE1.2. Se han especificado las características de los equipos de electroestética, de fototerapia, mecánicos y de aplicación de frío y calor.

– CE1.3. Se han relacionado los efectos fisiológicos con los tipos de corriente de uso en estética.

– CE1.4. Se han relacionado los efectos fisiológicos con los tipos de técnicas fototerápicas de uso en estética.

– CE1.5. Se han relacionado los efectos fisiológicos con las técnicas de mecanoterapia de uso en estética.

– CE1.6. Se han relacionado los efectos fisiológicos con las técnicas fototerápicas de uso en estética.

– CE1.7. Se han relacionado los efectos fisiológicos con las técnicas de aplicación de frío y calor.

– CE1.8. Se han caracterizado las aplicaciones estéticas de las corrientes, de las radiaciones electromagnéticas, de las técnicas mecanoterápicas y de la aplicación de frío y calor.

– CE1.9. Se han identificado las precauciones y las contraindicaciones de cada corriente.

– CE1.10. Se han caracterizado las técnicas que emplean corriente continua y variable, radiaciones electromagnéticas y técnicas con efectos mecánicos.

– CE1.11. Se ha establecido la secuencia, el modo de aplicación, los accesorios y los parámetros de cada técnica electroestética, fototerápica, mecánica y de aplicación de frío y calor.

– CE1.12. Se han definido las normas de seguridad de cada aparato o equipo.

– CE1.13. Se ha interpretado la documentación técnica de los equipos.

• RA2. Planifica la organización de las instalaciones y los equipos electroestéticos, cumpliendo la legislación.

– CE2.1. Se han identificado los requisitos de instalación eléctrica de una cabina de tratamientos de electroestética.

– CE2.2. Se han identificado los requisitos de instalación para aplicar técnicas de emisión de radiación electromagnética.

– CE2.3. Se han identificado los requisitos de instalación para la aplicación de técnicas de mecanoterapia, termoterapia y crioterapia.

– CE2.4. Se ha comprobado que los equipos y los accesorios cumplan los requisitos de seguridad exigidos por la normativa.

– CE2.5. Se han identificado las características de las cabinas de bronceado.

– CE2.6. Se ha especificado la legislación en materia de bronceado por rayos UVA.

– CE2.7. Se ha relacionado la aplicación de los métodos de higiene y esterilización con las características de los útiles y de los materiales.

– CE2.8. Se han controlado las condiciones de almacenamiento de útiles y accesorios.

– CE2.9. Se ha gestionado la eliminación de residuos, los recambios de los equipos y los productos de desecho generados.

• RA3. Prepara y pone a punto los equipos de electroestética, regulando los parámetros.

– CE3.1. Se ha seleccionado el equipo entre las técnicas de electroestética.

– CE3.2. Se han descrito las funciones de las máquinas, el utillaje y los accesorios.

– CE3.3. Se han verificado y se han regulado los dispositivos y los sistemas electrónicos de las máquinas.

– CE3.4. Se han seleccionado accesorios, útiles y cosméticos en función de las características de cada técnica.

– CE3.5. Se han controlado las condiciones de higiene y desinfección de equipos, accesorios y materiales.

– CE3.6. Se han montado y se han revisado los útiles y los accesorios.

– CE3.7. Se han relacionado los parámetros de aplicación con los efectos.

• RA4. Planifica la aplicación de técnicas electroestéticas, fototerápicas, mecanoterápicas, de termoterapia y de crioterapia, y justifica la secuencia del protocolo.

– CE4.1. Se ha identificado el estado de la piel, sus características y sus alteraciones previamente a la selección de la técnica o de las técnicas que se vayan a realizar.

– CE4.2. Se ha elaborado el protocolo de ejecución de las técnicas electroestéticas, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia.

– CE4.3. Se ha organizado el área de trabajo con el equipo, los accesorios y los productos necesarios.

– CE4.4. Se han adoptado las medidas de protección necesarias para la persona usuaria y para el personal profesional.

– CE4.5. Se han ajustado los parámetros de aplicación en función de la técnica, los efectos perseguidos y las características de la persona usuaria.

– CE4.6. Se han especificado las sensaciones que se pueden producir durante la aplicación de la técnica.

– CE4.7. Se han establecido las operaciones previas necesarias para la aplicación de la técnica electroestética, fototerápica, mecanoterápica, y de termoterapia y crioterapia.

– CE4.8. Se han aplicado las técnicas de electroestética, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia adoptando las medidas de protección necesaria.

– CE4.9. Se ha establecido la secuencia de la técnica aplicada.

– CE4.10. Se han determinado el sinergismo y el antagonismo de las técnicas en los tratamientos estéticos combinados.

• RA5. Caracteriza los nuevos aparatos de innovación tecnológica en estética en relación con los efectos de su aplicación.

– CE5.1. Se han identificado las nuevas tendencias en aparatos del mercado de la estética.

– CE5.2. Se han especificado las características de los nuevos equipos de electroestética.

– CE5.3. Se han relacionado los efectos fisiológicos con los tipos de corriente, radiación y técnica.

– CE5.4. Se han identificado las precauciones y las contraindicaciones de cada corriente.

– CE5.5. Se ha establecido el protocolo de actuación de las técnicas innovadoras.

– CE5.6. Se han identificado las ventajas y los inconvenientes de la introducción del nuevo servicio en una cabina de estética.

• RA6. Evalúa los riesgos de la aplicación de técnicas de electroestética, teniendo en cuenta las condiciones y las características de las personas, y los requisitos técnicos.

– CE6.1. Se han determinado las causas de riesgo más frecuentes en la aplicación de técnicas de electroestética, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia.

– CE6.2. Se han identificado las precauciones que haya que tomar en la aplicación de técnicas de electroestética, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia.

– CE6.3. Se han determinado las contraindicaciones específicas de cada una de las técnicas.

– CE6.4. Se han reconocido los signos y síntomas que evidencian en un sujeto un aumento de riesgo potencial ante la aplicación de técnicas de electroestética, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia.

– CE6.5. Se han identificado las medidas de emergencia que hay que tomar en las diferentes situaciones de riesgo durante la aplicación de las diferentes técnicas de electroestética, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia.

– CE6.6. Se han determinado las pautas que haya que seguir para informar a la persona usuaria sobre los riesgos posibles de los tratamientos.

– CE6.7. Se han identificado las medidas de protección personal de profesionales y personas usuarias en la aplicación de técnicas de electroestética, fototerápicas, mecanoterápicas, y de termoterapia y crioterapia.

1.1.2. Contenidos básicos.

BC1. Caracterización de los equipos de electroestética.

• Técnicas basadas en la aplicación de corrientes eléctricas.

– Fundamentos físicos relacionados con la aplicación de aparatos de estética.

– Características. Efectos fisiológicos. Aplicaciones en estética. Parámetros y dosimetría. Indicaciones y contraindicaciones.

– Medidas de seguridad e higiene de cada equipo.

– Clasificación de las corrientes eléctricas con aplicación en estética: corriente galvánica y corrientes variables de baja, media y alta frecuencia. Análisis de los equipos.

• Técnicas basadas en la aplicación de calor y de frío.

– Características. Efectos fisiológicos de la temperatura en el organismo. Aplicaciones en estética. Indicaciones y contraindicaciones.

– Medidas de seguridad e higiene de cada equipo.

– Clasificación: termoterapia y crioterapia. Análisis de los equipos.

• Técnicas basadas en la aplicación de radiaciones electromagnéticas.

– Introducción a las radiaciones electromagnéticas: radiaciones electromagnéticas con aplicación en estética. Parámetros y dosimetría.

– Medidas de seguridad e higiene de cada equipo.

– Clasificación: lámparas de Wood, lámparas solares UV, láser y luz pulsada, y radiación infrarroja.

• Técnicas de mecanoterapia.

– Características. Efectos fisiológicos. Aplicaciones en estética. Indicaciones y contraindicaciones.

– Medidas de seguridad e higiene de cada equipo.

– Clasificación: equipos de masaje por vibración, ultrasonidos, microvibradores de alta frecuencia (peeling ultrasónico), brossage, compresor, presoterapia, vacuumterapia y dermoaspiración.

BC2. Planificación de la organización de las instalaciones y los equipos electroestéticos.

• Seguridad eléctrica: resistencia eléctrica del cuerpo humano; sistemas y normas de seguridad eléctrica.

• Requisitos de instalación para aplicar técnicas de emisión de radiación electromagnética. Distribución de la cabina.

• Requisitos de instalación para aplicar técnicas de bronceado.

• Normativa comunitaria, estatal y autonómica sobre aparatos mediante radiaciones ultravioleta.

• Normas sobre aparatos de estética: requisitos de los equipos utilizados en electroestética.

• Medidas de higiene, desinfección y esterilización: aplicación de métodos de limpieza, higiene, desinfección y esterilización para los equipos, los materiales y los útiles empleados en los procesos de electroestética. Criterios de almacenamiento de útiles y accesorios.

BC3. Preparación de equipos de electroestética, de fototerapia, de mecanoterapia, de termoterapia y de crioterapia.

• Criterios de selección de las técnicas electroestéticas.

• Elaboración de procedimientos de aplicación de las técnicas de electroestética, fototerapia, mecanoterapia, termoterapia y/o crioterapia.

• Revisión y mantenimiento de las condiciones de seguridad de los equipos.

• Ejecución de protocolos de higiene y desinfección. Material desechable.

• Reconocimiento y selección de accesorios, útiles y cosméticos.

• Regulación de parámetros.

BC4. Organización de la aplicación de técnicas de electroestética.

• Documentación técnica.

• Obtención y gestión de datos de la persona usuaria: diagnóstico profesional (protocolo de diagnóstico); ficha técnica; consentimiento informado.

• Elección de la técnica de electroestética, fototerapia, mecanoterapia, termoterapia y/o crioterapia: criterios de selección.

• Elaboración del protocolo de ejecución según la técnica electroestética seleccionada.

• Preparación del área de trabajo.

• Ajuste de parámetros y dosimetrías.

• Preparación de la persona usuaria.

• Análisis del estado de la piel y posibles alteraciones.

• Ejecución práctica: fases y precauciones. Criterios para la combinación de técnicas.

– Técnicas basadas en corrientes eléctricas.

– Técnicas de aplicación de calor y frío.

– Técnicas basadas en corrientes electromagnéticas: láser y luz pulsada.

– Técnicas de mecanoterapia.

• Retirada de equipos y accesorios.

• Supervisión del proceso y recogida de incidencias.

BC5. Caracterización de la nueva aparatología de estética.

• Nuevos equipos en estética: técnicas de electroporación, radiofrecuencia, mesoterapia virtual etc.

• Análisis de las características:

– Fundamento científico.

– Descripción de los equipos. Normas de aplicación; dosimetrías.

– Efectos e indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

BC6. Evaluación de riesgos en la aplicación de técnicas de electroestética.

– Principales accidentes en la cabina de electroestética.

– Accidentes producidos por equipos basados en la aplicación de corrientes, por termoterapia y crioterapia, por radiaciones electromagnéticas y mecanoterapia.

– Prevención de accidentes y modo de actuar frente a ellos.

1.1.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de aplicación de aparatos de electroestética.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

– Organización de la cabina de estética en condiciones de seguridad.

– Interpretación de la documentación técnica de todos los equipos que se emplean en elestroestética.

– Preparación de los equipos y aplicación de cada técnica teniendo en cuenta los protocolos de actuación.

– Identificación de los aparatos nuevos para incorporarlos a la cabina de electroestética.

– Evaluación y prevención de los riesgos derivados de la aplicación de equipos de electroestética, fototerapia, mecanoterapia, termoterapia y/o crioterapia.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– Procesos de ejecución de diseño de protocolos personalizados.

– Procesos de tratamientos de estética facial y corporal.

– Procesos de ejecución de técnicas específicas en cuidados estéticos anteriores y posteriores a la cirugía estética.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), d), l) y ñ) del ciclo formativo, y las competencias c), j) y l).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Organización de la cabina de electroestética.

– Interpretación de la documentación técnica.

– Preparación de los equipos.

– Organización de los protocolos de aplicación de técnicas de electroestética, fototerapia, mecanoterapia, termoterapia y/o crioterapia.

– Caracterización de nuevos equipos.

– Evaluación de los riesgos en la aplicación de las técnicas.

1.2. Módulo profesional: Estética Hidrotermal.

• Equivalencia en créditos ECTS: 9.

• Código: MP0745.

• Duración: 123 horas.

1.2.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Planifica la organización del trabajo coordinando el desarrollo de las actividades y la prestación de servicios en los establecimientos hidrotermales.

– CE1.1. Se han caracterizado y se han clasificado los centros de aplicación de técnicas hidrotermales.

– CE1.2. Se ha relacionado el organigrama de los establecimientos de hidroterapia y/o termales con las funciones del personal.

– CE1.3. Se han analizado las instalaciones y los recursos técnicos y profesionales.

– CE1.4. Se han elaborado propuestas para el diseño y la distribución de las instalaciones para mejorar el trabajo y ofrecer un espacio de bienestar.

– CE1.5. Se ha organizado la agenda de trabajo a través de la coordinación de los recursos materiales y personales.

• RA2. Caracteriza los recursos hídricos, para lo que analiza sus mecanismos de acción, y los emplea como fuente de salud y bienestar.

– CE2.1. Se ha justificado el empleo del agua con fines curativos a lo largo de la historia.

– CE2.2. Se han establecido los conceptos generales del termalismo.

– CE2.3. Se ha identificado la estructura del agua, las propiedades y sus mecanismos de acción.

– CE2.4. Se ha relacionado el mecanismo de acción y las indicaciones de las aguas mineromedicinales con su composición química.

– CE2.5. Se han identificado las propiedades y las características de los tipos del agua utilizada en los centros hidrotermales: mineromedicinal, de mar y común.

– CE2.6. Se han clasificado las aguas mineromedicinales en función de la temperatura, el residuo seco, la mineralización y la composición.

– CE2.7. Se han identificado las acciones y los efectos de las aguas mineromedicinales sobre el organismo, y se han descrito las características de la cura termal.

– CE2.8. Se han identificado las vías de aplicación interna del agua mineromedicinal.

– CE2.9. Se han especificado las características del agua del mar, su composición, sus acciones y sus indicaciones.

– CE2.10. Se han identificado los efectos del agua de mar y la talasoterapia sobre el organismo, y se han descrito las características de una cura marina.

• RA3. Identifica las necesidades estéticas de la persona usuaria, para lo que realiza el análisis previo y utiliza los informes adecuados.

– CE3.1. Se ha valorado la importancia de la realización de un examen estético previo.

– CE3.2. Se han especificado las indicaciones y las alteraciones estéticas que puedan mejorar con tratamientos de estética hidrotermal.

– CE3.3. Se ha interpretado el informe y las instrucciones médicas.

– CE3.4. Se han identificado las contraindicaciones absolutas o relativas de estas técnicas.

– CE3.5. Se han preparado las instalaciones, los materiales y los equipos necesarios.

– CE3.6. Se ha realizado la entrevista, la exploración y la recogida de datos.

– CE3.7. Se ha informado a la persona usuaria sobre el resultado emitido del análisis y el tratamiento aconsejado.

– CE3.8. Se ha solicitado a la persona usuaria el consentimiento informado.

– CE3.9. Se han descrito las normas deontológicas que haya que aplicar para garantizar la confidencialidad de la clientela.

• RA4. Selecciona las técnicas hidrotermales, para lo que analiza los efectos de la aplicación del agua sobre el cuerpo.

– CE4.1. Se han caracterizado las técnicas de aplicación vía oral y vía respiratoria.

– CE4.2. Se han caracterizado las técnicas de balneación de aplicación individual y colectiva, con presión y sin ella.

– CE4.3. Se han señalado los efectos, las indicaciones y las contraindicaciones absolutas y relativas de las técnicas de balneación.

– CE4.4. Se ha determinado el mecanismo de acción y los parámetros de aplicación.

– CE4.5. Se han relacionado los efectos de las aplicaciones hidroterápicas parciales con las indicaciones y el modo de empleo.

– CE4.6. Se han diferenciado las características de la sauna, las termas y el baño de vapor.

– CE4.7. Se han identificado los efectos, las indicaciones, las precauciones y las contraindicaciones de las técnicas de antroterapia.

– CE4.8. Se ha establecido la secuencia de las técnicas de hidroterapia empleadas en los circuitos termales.

– CE4.9. Se han identificado las técnicas empleadas en talasoterapia y las asociadas a ella.

• RA5. Selecciona los cosméticos termales y su técnica de aplicación, para lo que analiza sus efectos y sus precauciones.

– CE5.1. Se han especificado los componentes, las propiedades, las acciones y los efectos de los cosméticos termales.

– CE5.2. Se han identificado los modos de aplicación para cada cosmético termal.

– CE5.3. Se han establecido las indicaciones, las precauciones y las contraindicaciones.

– CE5.4. Se han clasificado las arcillas en función de su color y de su composición.

– CE5.5. Se han esquematizado los tipos de peloides siguiendo su clasificación internacional.

– CE5.6. Se han determinado las diferencias entre parafinas, parafangos y peloides.

– CE5.7. Se han identificado los ingredientes activos de las algas y otros productos naturales, marinos, vegetales etc., como componentes de los cosméticos termales.

– CE5.8. Se han especificado las acciones cosméticas, las precauciones y los modos de aplicación de los aceites esenciales.

• RA6. Aplica técnicas hidroestéticas y cosméticos termales, siguiendo un protocolo de ejecución previamente diseñado.

– CE6.1. Se han establecido los protocolos de actuación en programas de tratamientos hidrotermales estándar.

– CE6.2. Se han preparado los medios técnicos y/o los cosméticos termales necesarios.

– CE6.3. Se ha seleccionado la indumentaria y los accesorios adecuados según la técnica que se vaya a aplicar.

– CE6.4. Se ha informado a la persona usuaria sobre las posturas, las sensaciones y los mecanismos de aviso al personal.

– CE6.5. Se han seleccionado los parámetros en función de la técnica que se vaya a aplicar y las condiciones orgánicas y la sensibilidad de la persona usuaria.

– CE6.6. Se han aplicado técnicas hidrotermales y de cosmética termal según la secuencia y el orden establecido.

– CE6.7. Se ha supervisado el proceso y se ha controlado el estado de la persona usuaria durante el mismo.

– CE6.8. Se han establecido las pautas para una correcta circulación de la clientela a través de los circuitos termales.

• RA7. Organiza la ejecución de protocolos de seguridad e higiene, aplicando pautas para la prevención de riesgos laborales.

– CE7.1. Se han señalado las consecuencias de la contaminación bacteriológica del agua.

– CE7.2. Se han identificado los mecanismos para el tratamiento del agua.

– CE7.3. Se ha aplicado el protocolo de higiene de las instalaciones.

– CE7.4. Se ha aplicado el método de desinfección o esterilización más adecuado en función del equipo técnico o del material que se vaya a utilizar.

– CE7.5. Se han establecido las normas de higiene del personal del centro y de la persona usuaria de las instalaciones.

– CE7.6. Se han aplicado protocolos para desechar y reciclar los materiales utilizados.

– CE7.7. Se han aplicado protocolos para prevenir riesgos y reacciones no deseadas.

– CE7.8. Se ha especificado la normativa que rige los centros de servicios hidrotermales.

• RA8. Supervisa la calidad del servicio y propone medidas correctoras que mejoren su prestación.

– CE8.1. Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de aplicación de técnicas hidrotermales.

– CE8.2. Se ha esquematizado el proceso de prestación del servicio.

– CE8.3. Se han identificado las normas de atención a la clientela.

– CE8.4. Se han asociado las anomalías detectadas con la fase del proceso en que se hayan producido.

– CE8.5. Se han evaluado las fases del proceso y el resultado final.

– CE8.6. Se han detectado las desviaciones y las anomalías producidas en la aplicación de las técnicas hidrotermales, y se han analizado sus causas.

– CE8.7. Se han propuesto medidas para adecuar los resultados obtenidos a los esperados y mejorar la prestación del servicio.

– CE8.8. Se ha evaluado el grado de satisfacción de la clientela mediante cuestionarios y atención posventa.

– CE8.9. Se han establecido las normas de actuación en situaciones inesperadas para resolver incidencias que afecten a la calidad de los servicios hidrotermales.

– CE8.10. Se han establecido medidas para gestionar las reclamaciones, las sugerencias y las quejas.

1.2.2. Contenidos básicos.

BC1. Organización de las instalaciones, recursos técnicos y profesionales.

• Centros de aplicación de técnicas hidroestéticas: balnearios, centros de talasoterapia y establecimientos de spa.

• Instalaciones generales de los establecimientos hidrotermales: instalaciones profesionales y complementarias. Diseño y distribución de las instalaciones y recursos técnicos.

• Recursos profesionales de los centros hidrotermales: organigrama del centro; formación y funciones del personal de centros hidrotermales; organización y distribución del trabajo.

BC2. Caracterización de los recursos hídricos.

• Agua como fuente de salud y bienestar.

– Historia del termalismo y de la hidroterapia.

– Actualidad del sector termal, aplicaciones en estética.

– Termalismo y talasoterapia: conceptos generales.

• El agua: estructura y propiedades.

– Hidrogeología: ciclo del agua.

– Mecanismos de acción del agua: mecanismos hidroterápicos.

– Tipos de aguas.

• El agua mineromedicinal.

– Composición y clasificación.

– Mecanismos de acción: mecanismos crenoterápicos, indicaciones en función de su composición.

– Modos de aplicación interna.

– Cura balnearia.

– Crisis termal.

• Agua de mar:

– Composición y características.

– Mecanismo de acción.

– Aplicaciones en estética y bienestar.

BC3. Identificación de las necesidades de la persona usuaria en el servicio de hidrotermales.

• Importancia del análisis en tratamientos hidrotermales.

• Reconocimiento de las indicaciones y de las alteraciones estéticas de interés en la aplicación de técnicas hidrotermales. Contraindicaciones.

• Ejecución práctica del diagnóstico estético:

– Metodología para el diagnóstico.

– Técnicas de aplicación de equipos y medios.

– Cumplimentación del consentimiento informado y de informes de derivación a diferentes profesionales.

– Elaboración de documentos para la detección de necesidades de las personas usuarias.

– Interpretación de informes o prescripciones médicas.

– Aplicación de normas deontológicas.

BC4. Selección de técnicas de aplicación de agua.

• Aplicaciones vía oral y vía respiratoria: aspectos básicos. Técnicas.

• Técnicas de balneación.

– Tipos: baños, baños con aditivos, baños con movilización del agua.

– Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

– Instalaciones colectivas para el baño.

• Técnicas de aplicación de agua con presión:

– Tipos: duchas, chorros a presión y técnicas combinadas.

– Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

– Instalaciones colectivas con presión.

• Aplicaciones hidroterápicas parciales:

– Tipos: abluciones y afusiones; envolturas, compresas y fomentos; baños parciales; cura de Kneipp.

– Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

– Aplicaciones en estética.

• Antroterapia:

– Tipos: estufa seca o sauna, termas y estufa o baño de vapor.

– Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

• Combinación de técnicas de hidroterapia: circuitos termales.

• Talasoterapia y técnicas asociadas.

BC5. Selección de los cosméticos termales.

• Clasificación, concepto, características, composición, propiedades, efectos, acciones, indicaciones y contraindicaciones:

– Arcillas y peloides; parafinas y parafangos.

– Aguas termales; cosméticos derivados de aguas termales.

– Cosméticos derivados de productos naturales (vino, cacao, olivo etc).

– Algoterapia y productos marinos (plancton, cartílago de peces, huevas, ADN marino, polvo de perlas y sales etc.).

• Técnicas de aplicación: precauciones.

• Aromaterapia: concepto. Aceites esenciales: características. Composición, obtención, vías de penetración, efectos, modo de aplicación, precauciones y acciones cosméticas.

BC6. Aplicación de técnicas hidrotermales.

• Protocolos de aplicación de técnicas de balneación y de aplicación de agua con presión, técnicas hidroterápicas parciales y de antroterapia: ejecución práctica.

• Protocolos de aplicación de cosmética termal: ejecución práctica.

• Tratamientos combinados de técnicas hidrotermales y cosmética termal: tipos de tratamientos; ejecución técnica.

• Programas de estética y bienestar en centros hidrotermales: normas para la elaboración de programas; coordinación de tratamientos y técnicas.

• Protocolos de aplicación de técnicas en circuitos termales. Circuitos libres y dirigidos. Secuencia de técnicas.

BC7. Organización de la ejecución de protocolos de seguridad e higiene.

• Contaminación bacteriológica del agua. Análisis de las técnicas de tratamiento de aguas usadas en estos centros.

• Higiene de las instalaciones: normas para la población usuaria y para el personal.

• Conservación y manipulación de los productos cosméticos.

• Organización del mantenimiento de las instalaciones y de los equipos.

• Gestión medioambiental.

• Riesgos laborales en centros hidrotermales: técnicas preventivas.

• Señalización, emergencias y primeros auxilios.

• Normativa de centros hidrotermales.

BC8. Evaluación de la calidad en los centros y servicios hidrotermales.

• Concepto y principios de calidad.

• Calidad en la prestación del servicio.

• Normas de calidad para instalaciones, medios técnicos y productos: parámetros que la definen.

• Normas de atención a la clientela.

• Técnicas para medir el grado de satisfacción de la clientela.

• Gestión de reclamaciones y quejas.

1.2.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de prestación de servicios de estética hidrotermal.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

– Organización de las instalaciones y de los recursos técnicos, profesionales e hídricos.

– Realización del análisis estético previo a la aplicación de cada técnica.

– Selección y aplicación de las técnicas y de los cosméticos termales en función del análisis.

– Realización de protocolos de seguridad e higiene.

– Realización de protocolos de estética y bienestar.

– Control de la calidad del servicio.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en procesos de selección y aplicación de las técnicas y de los cosméticos termales en función del análisis estético.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), e), f), g) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), d), e), f) y k).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Organización de las instalaciones y de los recursos técnicos y profesionales.

– Gestión de los recursos hídricos.

– Identificación de las demandas de la persona usuaria.

– Selección de las técnicas hidrotermales y la cosmética termal.

– Aplicación de técnicas hidrotermales y cosméticos termales.

– Ejecución de protocolos de estética y bienestar.

– Ejecución de protocolos de seguridad e higiene.

– Control de calidad del servicio.

1.3. Módulo profesional: Depilación Avanzada.

• Equivalencia en créditos ECTS: 8.

• Código: MP0746.

• Duración: 123 horas.

1.3.1. Unidad formativa 1: Depilación Mecánica y Eléctrica.

• Código: MP0746_12.

• Duración: 68 horas.

1.3.1.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Identifica y prepara el entorno de trabajo cumpliendo las medidas de prevención de riesgos y de gestión medioambiental.

– CE1.1. Se han identificado las características de una cabina de depilación mecánica y eléctrica.

– CE1.2. Se han mantenido las instalaciones en óptimas condiciones higiénicas antes y después de su uso.

– CE1.3. Se ha valorado la importancia del trabajo en equipo para lograr la eficiencia empresarial.

– CE1.4. Se han descrito las normas que definen una correcta imagen profesional.

– CE1.5. Se han determinado las posiciones anatómicas adecuadas y las medidas de protección personal y de la clientela en el proceso de depilación mecánica y eléctrica.

– CE1.6. Se han identificado los métodos de depilación temporales, progresivos y permanentes.

– CE1.7. Se han establecido las condiciones de seguridad y prevención que se deben aplicar en los tratamientos de depilación mecánica y eléctrica.

– CE1.8. Se ha relacionado la aplicación de los métodos de higiene y esterilización con las características del utillaje y de los materiales usados en depilación mecánica y eléctrica.

– CE1.9. Se han controlado las condiciones de almacenamiento del material esterilizado y desechable.

– CE1.10. Se han especificado las pautas a seguir en los accidentes provocados por cosméticos y equipos empleadas en depilación mecánica y eléctrica.

– CE1.11. Se ha seguido la normativa en la gestión de residuos en depilación mecánica y eléctrica.

– CE1.12. Se ha analizado la normativa para la depilación mecánica y eléctrica.

• RA2. Identifica las necesidades de la persona usuaria y selecciona métodos de depilación mecánica y eléctrica, para lo que interpreta la información obtenida del diagnóstico estético y de la documentación auxiliar.

– CE2.1. Se han identificado las actitudes profesionales necesarias en la recepción de la clientela y en su atención.

– CE2.2. Se han analizado las características de las zonas anatómicas susceptibles de ser depiladas.

– CE2.3. Se ha valorado la importancia de la realización de un análisis estético previo.

– CE2.4. Se han preparado las instalaciones, los cosméticos y los equipos necesarios.

– CE2.5. Se ha realizado la entrevista, la exploración y la recogida de datos.

– CE2.6. Se han determinado las alteraciones estéticas que puedan mejorar con técnicas de depilación mecánica y eléctrica.

– CE2.7. Se ha elaborado la ficha técnica y el historial estético.

– CE2.8. Se ha informado a la persona usuaria sobre el análisis realizado y el tratamiento aconsejado.

– CE2.9. Se ha solicitado a la persona usuaria el consentimiento informado.

– CE2.10. Se han descrito las normas deontológicas que deben aplicarse para garantizar la confidencialidad de la clientela.

– CE2.11. Se ha informado de los cuidados previos a la depilación mecánica y eléctrica, y los posteriores a ella.

– CE2.12. Se ha seleccionado el método de depilación por termólisis y electrólisis según las características pilosas.

– CE2.13. Se han reconocido las alteraciones que aconsejan medidas de precaución.

– CE2.14 Se han determinado las causas de riesgo más frecuente en la depilación eléctrica y mecánica.

– CE2.15. Se han especificado las contraindicaciones relativas y absolutas de estas técnicas.

– CE2.16. Se ha relacionado el método depilatorio con las necesidades y las características de las personas usuarias.

– CE2.17. Se han establecido los elementos que forman parte de los protocolos de depilación mecánica y eléctrica.

• RA3. Ejecuta las técnicas de depilación mecánica, para lo que ajusta parámetros y equipos, siguiendo procedimientos establecidos.

– CE3.1. Se han establecido los requisitos de ambientación y de distribución de los equipos, la lencería y los cosméticos para la realización de la técnica.

– CE3.2. Se han seleccionado equipos, accesorios y productos.

– CE3.3. Se han determinado las pautas de acomodación de la persona usuaria.

– CE3.4. Se ha programado la temperatura óptima en los aparatos de depilación mecánica.

– CE3.5. Se han manejado con destreza los útiles, los aparatos y los cosméticos en depilación mecánica.

– CE3.6. Se han identificado las actitudes y las destrezas necesarias para el desempeño del proceso de depilación mecánica.

– CE3.7. Se han realizado técnicas previas para mejorar los resultados.

– CE3.8. Se ha realizado justificadamente la depilación con pinzas atendiendo a las características de la zona que haya que depilar.

– CE3.9. Se ha actuado según el procedimiento establecido en la depilación con roll-on o con espátula.

– CE3.10. Se han aplicado técnicas postdepilatorias como criterio de calidad.

• RA4. Ejecuta técnicas de depilación eléctrica trabajando en condiciones de seguridad e higiene.

– CE4.1. Se ha llevado a cabo un control de las condiciones de seguridad e higiene.

– CE4.2. Se han caracterizado los equipos de depilación eléctrica.

– CE4.3. Se ha organizado la colocación de los instrumentos de observación e iluminación.

– CE4.4. Se han determinado los criterios de selección de agujas, accesorios y productos.

– CE4.5. Se han manipulado las agujas de depilación siguiendo normas de seguridad e higiene.

– CE4.6. Se han establecido los criterios de selección de material ergonómico según la zona que se vaya a depilar.

– CE4.7. Se ha justificado la desinfección previa de la zona como medida de prevención de infecciones cutáneas.

– CE4.8. Se han establecido y se han ajustado los parámetros según el equipo y el tipo de corriente.

– CE4.9. Se ha justificado la trayectoria, la profundidad y el ángulo de inserción en la canalización de la aguja.

– CE4.10. Se han manejado con destreza los útiles, los aparatos y los cosméticos en depilación eléctrica.

– CE4.11. Se han identificado las actitudes y las destrezas necesarias para el desempeño del proceso de depilación eléctrica.

– CE4.12. Se han establecido las recomendaciones y los cuidados posteriores.

• RA5. Supervisa la calidad del servicio de depilación y propone medidas que reduzcan las desviaciones producidas.

– CE5.1. Se han especificado los parámetros que definen la calidad del servicio de depilación y de depilación avanzada.

– CE5.2. Se han definido los criterios que permiten evaluar los resultados obtenidos.

– CE5.3. Se han seguido los criterios para evaluar el grado de satisfacción de la clientela.

– CE5.4. Se han propuesto medidas para mejorar el servicio y el resultado obtenido.

– CE5.5. Se han atendido las reclamaciones presentadas por la clientela, para lo que se ha elaborado un protocolo de actuación.

– CE5.6. Se han resuelto las quejas y las reclamaciones.

1.3.1.2. Contenidos básicos.

BC1. Preparación del entorno de trabajo y medidas de prevención de riesgos.

• Cabina de depilación: características, diseño, distribución, revestimientos, ambientación y ventilación.

• Recepción y atención a la clientela para el proceso de depilación: normas para la primera cita.

• Imagen y profesionalidad: imagen personal del personal como imagen de empresa. Trabajo en equipo.

• Servicios de depilación: clasificación de los métodos de eliminación del vello por arrancado, por destrucción de la papila dérmica etc.

• Gestión de la documentación. Historial estético. Ficha técnica de depilación. Informe de derivación a diferentes profesionales. Consentimiento informado.

• Archivo y conservación de la documentación.

• Medidas de prevención de riesgos en las técnicas de depilación mecánica.

– Técnicas de higiene postural en procesos de depilación.

– Medidas de protección de las personas usuarias y del personal: EPI.

– Medidas de higiene, desinfección y esterilización: aplicación de métodos de limpieza, higiene, desinfección y esterilización para los equipos, los cosméticos y los útiles empleados en los procesos de depilación mecánica y eléctrica.

– Actuación frente a accidentes en la depilación mecánica y eléctrica.

• Gestión medioambiental: aplicación de las normas de gestión y almacenamiento de residuos.

• Normativa comunitaria, estatal y autonómica sobre los equipos de depilación mecánica y eléctrica.

BC2. Identificación de las necesidades de la persona usuaria y selección de métodos de depilación mecánica y avanzada.

• Instrumentos de identificación de las necesidades y las demandas de la clientela.

• Asesoramiento y derivación a superiores y a diferentes profesionales.

• Análisis la zona que se vaya a depilar e identificación del tipo de vello, según la zona anatómica, la profundidad, el grosor, la orientación etc., y su adecuación al proceso de depilación mecánica y eléctrica.

• Reconocimiento de alteraciones de la piel y pilosas con repercusión en el proceso de depilación mecánica y eléctrica: hirsutismo e hipertricosis.

• Identificación de las contraindicaciones absolutas o relativas de estas técnicas.

• Cuidados previos y posteriores a la depilación mecánica y eléctrica.

• Instalaciones, cosméticos y equipos necesarios.

• Entrevista, exploración y recogida de datos.

• Ficha técnica e historial estético.

• Diagnóstico y propuesta de tratamiento.

• Consentimiento informado.

• Normas deontológicas en los procesos de depilación.

• Criterios de selección del método depilatorio en función de la zona anatómica que se vaya a tratar, del análisis estético y de las necesidades y demandas de la clientela. Indicaciones y contraindicaciones.

• Diseño de protocolos de depilación mecánica y eléctrica por inserción folicular.

• Cuidados previos y posteriores a la depilación mecánica y eléctrica.

BC3. Ejecución técnica de depilación mecánica.

• Preparación del material y de la cabina.

• Preparación y acomodación de la persona usuaria.

• Técnicas previas a la depilación mecánica: preparación de la zona que se vaya a tratar.

• Ejecución de la técnica indicada: secuencia específica en función de la técnica que se aplique. Depilación con pinzas y con ceras.

• Cuidados posdepilación.

• Asesoramiento profesional.

BC4. Ejecución técnica de depilación eléctrica.

• Preparación del material y de la cabina.

• Equipos de corriente continua, de diatermia para depilación, de corrientes combinadas (electrolisis), de corriente variable (termólisis y flash) y de corrientes combinadas (blend). Anaforesis. Corrientes de alta frecuencia D´Arsonval: parámetros y dosimetría.

• Material y agujas de depilación: tipos y características.

• Cosméticos para la depilación y para antes y después de ésta: criterios de selección y utilización.

• Preparación y acomodación de la persona usuaria: material ergonómico.

• Técnicas previas a la depilación eléctrica por inserción folicular.

• Preparación de la zona que se vaya a tratar.

• Criterios de selección de productos antisépticos.

• Ejecución de la técnica indicada: selección de los parámetros y dosimetría. Secuencia específica en función de la técnica que se aplique.

• Canalización de la aguja.

• Cuidados posteriores a la depilación.

BC5. Evaluación del servicio de depilación.

• Parámetros que influyen en la calidad del servicio de depilación.

• Análisis de las desviaciones producidas en los tratamientos de depilación mecánica. Métodos de medida del grado de satisfacción de la clientela.

• Resolución de quejas y reclamaciones.

1.3.2. Unidad formativa 2: Fotodepilación.

• Código: MP0746_22.

• Duración: 55 horas.

1.3.2.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Identifica y prepara el entorno de trabajo cumpliendo las medidas de prevención de riesgos y de gestión medioambiental.

– CE1.1. Se han identificado las características de una cabina de procesos de fotodepilación.

– CE1.2. Se han mantenido las instalaciones en óptimas condiciones higiénicas antes de su uso y después.

– CE1.3. Se han descrito las normas que definen una correcta imagen profesional.

– CE1.4. Se ha valorado la importancia del trabajo en equipo para lograr la eficiencia empresarial.

– CE1.5. Se han identificado los métodos de fotodepilación permanente.

– CE1.6. Se han determinado las posiciones anatómicas adecuadas y las medidas de protección personal y de la clientela en el proceso de fotodepilación.

– CE1.7. Se han establecido las condiciones de seguridad y prevención que se deben aplicar en los tratamientos de fotodepilación.

– CE1.8. Se ha relacionado la aplicación de los métodos de higiene y esterilización con las características del utillaje y de los materiales usados en fotodepilación.

– CE1.9. Se han controlado las condiciones de almacenamiento del material esterilizado y desechable.

– CE1.10. Se han especificado las pautas que se deben seguir en los accidentes provocados por cosméticos y equipos empleados en fotodepilación.

– CE1.11. Se ha seguido la normativa en la gestión de residuos.

– CE1.12. Se ha analizado la normativa para fotodepilación.

• RA2. Identifica las necesidades de la persona usuaria y selecciona métodos de fotodepilación, para lo que interpreta la información obtenida del examen estético y de la documentación auxiliar.

– CE2.1. Se han identificado las actitudes profesionales necesarias en la recepción y en la atención de la clientela.

– CE2.2. Se han analizado las características de las zonas anatómicas susceptibles de ser depiladas.

– CE2.3. Se ha valorado la importancia de la realización de un análisis estético previo.

– CE2.4. Se han preparado las instalaciones, los cosméticos y los equipos necesarios.

– CE2.5. Se ha realizado la entrevista, la exploración y la recogida de datos.

– CE2.6. Se han determinado las alteraciones estéticas que pueden mejorar con técnicas de fotodepilación.

– CE2.7. Se ha elaborado la ficha técnica y el historial estético.

– CE2.8. Se ha informado a la persona usuaria sobre el análisis realizado y el tratamiento aconsejado.

– CE2.9. Se ha solicitado a la persona usuaria el consentimiento informado.

– CE2.10. Se han descrito las normas deontológicas que haya que aplicar para garantizar la confidencialidad de la clientela.

– CE2.11. Se ha informado de los cuidados previos y posteriores a la fotodepilación.

– CE2.12. Se ha seleccionado el método de depilación por fototermólisis selectiva según el fototipo cutáneo y las características pilosas.

– CE2.13. Se han reconocido las alteraciones que aconsejan medidas de precaución.

– CE2.14. Se han determinado las causas de riesgo más frecuente en la fotodepilación láser y por luz pulsada.

– CE2.15. Se han especificado las contraindicaciones relativas y absolutas de estas técnicas.

– CE2.16. Se ha relacionado el método depilatorio con las necesidades y las características de las personas usuarias.

– CE2.17. Se han establecido los elementos que forman parte de los protocolos de fotodepilación.

• RA3. Ejecuta técnicas de fotodepilación en condiciones de seguridad e higiene, con valoración de su eficacia, y analizando los factores de riesgo.

– CE3.1. Se han especificado las recomendaciones previas y posteriores a la ejecución de técnicas de depilación por fototermólisis.

– CE3.2. Se han caracterizado los equipos de fotodepilación.

– CE3.3. Se han determinado los criterios de selección de cosméticos para la depilación, y para antes y después de ésta.

– CE3.4. Se han identificado las actitudes y las destrezas necesarias para la realización de los procesos de fotodepilación.

– CE3.5. Se han manejado con destreza los útiles, los aparatos y los cosméticos en fotodepilación.

– CE3.6. Se ha justificado el empleo de un documento de consentimiento informado.

– CE3.7. Se han establecido como requisitos previos a la depilación el rasurado y la delimitación zonal.

– CE3.8. Se han establecido y se han ajustado los parámetros según el equipo.

– CE3.9. Se ha actuado según el procedimiento establecido en la fotodepilación.

– CE3.10. Se han seguido las pautas de información a la persona usuaria en los cuidados posteriores a la depilación.

• RA4. Supervisa la calidad del servicio de fotodepilación y propone medidas que reduzcan las desviaciones producidas.

– CE4.1. Se han especificado los parámetros que definen la calidad del servicio de fotodepilación.

– CE4.2. Se han definido los criterios que permiten evaluar los resultados finales obtenidos.

– CE4.3. Se han seguido los criterios para evaluar el grado de satisfacción de la clientela.

– CE4.4. Se han propuesto medidas para mejorar el servicio y el resultado obtenido.

– CE4.5. Se han atendido las reclamaciones presentadas por la clientela, para lo que se ha elaborado un protocolo de actuación.

– CE4.6. Se han resuelto las quejas y las reclamaciones.

1.3.2.2. Contenidos básicos.

BC1. Preparación del entorno de trabajo y medidas de prevención de riesgos.

• Cabina de fotodepilación: características, diseño, distribución, revestimientos, ambientación y ventilación.

• Servicios de depilación: clasificación de los métodos de eliminación del vello por arrancado, por destrucción de la papila dérmica etc.

• Imagen y profesionalidad: imagen personal del personal como imagen de empresa. Trabajo en equipo.

• Recepción de la clientela y atención para el proceso de fotodepilación. Normas para la primera cita.

• Gestión de la documentación. Elaboración de documentos para el proceso de la fotodepilación:

• Historial médico y estético. Fichas técnicas.

• Informes de derivación a diferentes profesionales.

• Modelo de consentimiento informado.

• Archivo y conservación de la documentación.

• Medidas de prevención de riesgos en las técnicas de fotodepilación.

• Técnicas de higiene postural en procesos de fotodepilación.

• Medidas de higiene, desinfección y esterilización: aplicación de métodos de limpieza, higiene, desinfección y esterilización para los equipos, los cosméticos y los útiles empleados en los procesos de fotodepilación.

• Actuación frente a accidentes.

• Gestión medioambiental: aplicación de las normas de gestión y almacenamiento de residuos.

• Normativa comunitaria, estatal y autonómica sobre equipos de fotodepilación.

BC2. Identificación de las necesidades de la persona usuaria y selección de métodos de depilación mecánica y avanzada.

• Identificación del tipo de vello según la zona anatómica, la profundidad, el grosor, su orientación etc., y su adecuación al proceso de fotodepilación.

• Análisis de las áreas pilosas y del tipo de vello previo al proceso de fotodepilación.

• Identificación de las alteraciones que pueden constituir una contraindicación de las técnicas de fotodepilación.

• Determinación de fototipos y fotoetnotipos de piel para la aplicación de técnicas de fotodepilación.

• Técnicas para la entrevista, la exploración y la recogida de datos.

• Formalización del historial médico-estético y de la ficha técnica.

• Información a la persona usuaria sobre el diagnóstico emitido y la propuesta de tratamiento.

• Formalización del consentimiento informado.

• Aplicación de las normas deontológicas que garanticen la confidencialidad de la clientela.

• Criterios de selección del método depilatorio en función de la zona anatómica que se vaya a tratar, del análisis estético y de las necesidades y demandas de la clientela. Indicaciones y contraindicaciones.

• Diseño de protocolos de depilación y fotodepilación láser y por luz pulsada.

• Cuidados previos a la fotodepilación.

BC3. Ejecución técnica de fotodepilación.

• Recomendaciones previas.

• Preparación del material y de la cabina.

– Equipos de fotodepilación. Láser y luz pulsada: parámetros y dosimetría.

– Cosméticos la depilación, y para antes y después de ésta: criterios de selección y utilización.

• Preparación y acomodación de la persona usuaria.

• Técnicas previas a la fototermólisis selectiva: preparación de la zona que se vaya a tratar.

• Ejecución de la técnica indicada: selección de los parámetros y dosimetría. Secuencia específica en función de la técnica que se vaya a aplicar.

• Cuidados posdepilación.

BC4. Evaluación del servicio de fotodepilación.

• Parámetros que influyen en la calidad del servicio de fotodepilación.

• Análisis de las desviaciones producidas en los tratamientos de fotodepilación.

• Métodos de medida del grado de satisfacción de la clientela.

• Resolución de quejas y reclamaciones.

1.3.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional da respuesta a la necesidad de proporcionar una adecuada base para desempeñar las funciones de eliminación de vello de modo temporal y definitivo, utilizando tecnología mecánica y de última generación.

La depilación avanzada incluye aspectos relacionados con:

– Organización y acondicionamiento de las instalaciones.

– Diseño de protocolos de depilación avanzada.

– Recepción y atención a la clientela.

– Análisis de las necesidades de la clientela y personalización de la depilación.

– Ejecución, control y supervisión del proceso.

– Respuesta ante sugerencias, quejas y reclamaciones.

– Gestión de la documentación y registro de parámetros del proceso.

– Control de residuos.

– Asesoramiento comercial.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en establecimientos de imagen personal:

– Propuesta de depilación eléctrica.

– Propuestas de fotodepilación.

– Propuesta de depilación mecánica.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), e), f), k) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), d), e), i) y k).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Identificación y caracterización de las técnicas de depilación avanzada.

– Elaboración de documentación técnica relativa a los procesos de depilación.

– Descripción de los equipos.

– Identificación y secuencia de las operaciones de proceso.

– Ejecución de protocolos de depilación.

– Aplicación de medidas de prevención de riesgos laborales, gestión medioambiental y calidad.

1.4. Módulo profesional: Masaje Estético.

• Equivalencia en créditos ECTS: 11.

• Código: MP0747.

• Duración: 240 horas.

1.4.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Caracteriza las técnicas de masaje identificando las maniobras y los parámetros de aplicación.

– CE1.1. Se ha definido el concepto de masaje y se ha explicado su etimología.

– CE1.2. Se han considerado las diferencias entre masaje estético y terapéutico.

– CE1.3. Se han diferenciado los tipos de masaje estético.

– CE1.4. Se han descrito las maniobras de masaje estético.

– CE1.5. Se han identificado los parámetros, los recursos y las maniobras que definen una técnica.

– CE1.6. Se ha determinado la secuencia de las maniobras con criterios establecidos.

– CE1.7. Se ha relacionado cada manipulación con los efectos producidos según la región anatómica en que se aplique.

– CE1.8. Se ha reconocido la eficacia del masaje como herramienta fundamental en estética.

– CE1.9. Se han identificado los signos y los síntomas que suponen una contraindicación relativa o absoluta en la aplicación de masaje estético.

• RA2. Realiza el análisis previo teniendo en cuenta las relaciones entre las necesidades estéticas y el proceso de masaje.

– CE2.1. Se han detallado las pautas básicas para la recepción y la atención a la clientela.

– CE2.2. Se han establecido las partes de la ficha técnica.

– CE2.3. Se han especificado los métodos de exploración para el análisis previo al masaje.

– CE2.4. Se han determinado las alteraciones estéticas y patológicas con repercusión en la aplicación de técnicas de masaje.

– CE2.5. Se han caracterizado las precauciones ante estas técnicas.

– CE2.6. Se han utilizado técnicas de entrevista y observación en la fase de toma de datos.

– CE2.7. Se han identificado las demandas y/o necesidades de la persona usuaria.

– CE2.8. Se han establecido las fases para elaboración de procedimientos de masaje.

• RA3. Prepara el espacio de trabajo y justifica el procedimiento.

– CE3.1. Se han identificado los espacios básicos de desarrollo del proceso de masaje.

– CE3.2. Se han reconocido los factores de ambientación del espacio de trabajo (ventilación, luz, color, olor etc.) como factor de calidad del servicio.

– CE3.3. Se han mantenido las instalaciones en óptimas condiciones de seguridad e higiene, aplicando los métodos de limpieza, desinfección y/o esterilización necesarios.

– CE3.4. Se han identificado las normas de comportamiento frente a clientes, compañeros de trabajo y superiores.

– CE3.5. Se ha valorado la importancia del trabajo en equipo para lograr la eficiencia empresarial.

– CE3.6. Se han especificado los aspectos básicos de la imagen del personal.

– CE3.7. Se han estudiado las medidas de protección del personal y de las personas usuarias.

– CE3.8. Se han justificado los ejercicios preparatorios de las manos de la persona profesional.

– CE3.9. Se ha preparado la camilla y los medios necesarios para la realización del masaje estético.

– CE3.10. Se ha valorado la importancia de la utilización de material desechable.

– CE3.11. Se ha señalado la importancia de la higiene postural y la ergonomía para prevenir lesiones óseas, circulatorias y musculares.

– CE3.12. Se han determinado las posiciones anatómicas apropiadas a la técnica.

– CE3.13. Se han fijado criterios para la selección de cosméticos.

– CE3.14. Se han desechado materiales y productos no adecuados, caducados o en mal estado, y se ha gestionado convenientemente su eliminación.

– CE3.15. Se han determinado las medidas adecuadas para actuar en caso de riesgos imprevistos.

• RA4. Realiza masaje estético manual personalizado, diferenciando las técnicas de realización y sus efectos.

– CE4.1. Se ha relacionado la técnica de masaje estético con el análisis previo.

– CE4.2. Se ha definido la técnica de masaje en función del diagnóstico, según la zona que se vaya a tratar, el tipo de alteración estética estructural o funcional etc.

– CE4.3. Se han planteado pautas de personalización de protocolos.

– CE4.4. Se han determinado las características de la técnica de ejecución para masaje zonal o general.

– CE4.5. Se han seleccionado las maniobras y los parámetros específicos para cada zona corporal.

– CE4.6. Se han elaborado criterios para la secuencia de las maniobras.

– CE4.7. Se han seleccionado maniobras para alteraciones estéticas de tipo estructural y funcional.

– CE4.8. Se han seleccionado los accesorios y los aparatos utilizados en masaje estético.

– CE4.9. Se ha informado a la persona usuaria sobre las técnicas de masaje que se vayan a aplicar y las sensaciones que percibirá en cada fase.

– CE4.10. Se han realizado las fases del procedimiento según el protocolo establecido.

– CE4.11. Se han especificado los modos de manipulación en zonas corporales que requieran precaución.

• RA5. Aplica técnicas respiratorias asociadas al masaje estético, movilizaciones y estiramientos pasivos, diferenciando los modos de realización y los efectos conseguidos.

– CE5.1. Se han analizado las características de las técnicas respiratorias.

– CE5.2. Se han determinado los beneficios orgánicos y funcionales de cada técnica de respiración.

– CE5.3. Se han reconocido los beneficios de los estiramientos y de las movilizaciones pasivas preventivas.

– CE5.4. Se han determinado contraindicaciones relativas y absolutas de las estiradas y de las movilizaciones pasivas preventivas.

– CE5.5. Se ha relacionado la posición de las manos con los estiramientos y las movilizaciones.

– CE5.6. Se han especificado, en la aplicación de estas técnicas, las posiciones de la clientela y del personal profesional.

– CE5.7. Se han seguido las pautas de realización en la aplicación de estas técnicas.

– CE5.8. Se ha justificado la integración de estas técnicas en el proceso de masaje.

• RA6. Aplica técnicas sensoriales asociadas al masaje estético, describe sus efectos y las integra en los protocolos.

– CE6.1. Se han relacionado los productos de aromaterapia y fitoterapia con los efectos que se pretenda conseguir.

– CE6.2. Se han caracterizado los métodos de aplicación y los tratamientos de aromaterapia y fitoterapia.

– CE6.3. Se ha reconocido la influencia de la música en el estado físico y emocional de las personas.

– CE6.4. Se ha realizado la selección musical según los criterios establecidos para el tipo de masaje que se vaya a efectuar.

– CE6.5. Se han determinado los efectos de la cromoterapia con fines estéticos.

– CE6.6. Se han identificado los aparatos, los productos y los cosméticos para aplicar técnicas de cromoterapia.

– CE6.7. Se ha asociado el color de los cosméticos con los efectos sensoriales.

– CE6.8. Se ha justificado la utilización de material complementario y nuevo como elemento innovador de las técnicas de masajes.

– CE6.9. Se ha justificado la integración de las técnicas sensoriales en protocolos de tratamiento estético y actividades asociadas.

• RA7. Supervisa la calidad del servicio de masaje estético y propone medidas que reduzcan las desviaciones producidas.

– CE7.1. Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de masaje.

– CE7.2. Se han definido los criterios que permitan evaluar los resultados finales obtenidos.

– CE7.3. Se han propuesto medidas para mejorar el servicio y el resultado obtenido.

– CE7.4. Se ha utilizado lenguaje técnico del ámbito profesional.

– CE7.5. Se han elaborado cuestionarios para evaluar el grado de satisfacción de la clientela.

– CE7.6. Se ha elaborado un protocolo de actuación para atender las reclamaciones presentadas por la clientela.

– CE7.7. Se han redactado otras propuestas de masaje para información a la clientela.

– CE7.8. Se han valorado pautas deontológicas importantes para la actividad del personal profesional de masajes con fines estéticos.

1.4.2. Contenidos básicos.

BC1. Características de las técnicas de masaje.

• Origen, evolución y concepto de masaje: escuelas de masaje y autores.

• Diferencias entre masaje estético y terapéutico.

• Criterios de clasificación de los masajes: en función de los medios utilizados, de los efectos, de la técnica, del origen, de la zona de aplicación, de la alteración etc.

• Tendencias actuales de masaje estético.

• Tipos de masajes: sueco y quiromasaje en estética. Combinación con otras técnicas de masaje (piedras calientes, masaje californiano, reiki etc.).

• Maniobras básicas de masaje estético:

– Descripción.

– Parámetros para la realización de las maniobras: dirección, intensidad, ritmo y tiempo.

– Clasificación y secuencia de las maniobras: aflorado, fricción, presión, amasamiento, pellizqueo, percusión y vibración.

– Técnica de realización.

• Efectos del masaje en el organismo. Indicaciones y contraindicaciones.

BC2. Diagnóstico estético en el masaje.

• Análisis de la documentación técnica para masaje estético.

• Recepción y atención a la clientela.

• Análisis estético en los procesos de masaje:

– Aplicación de métodos de análisis estético previo al masaje.

– Identificación de la zona que se vaya a tratar: identificación de alteraciones estéticas o patológicas que influyen en el masaje.

• Precauciones.

• Aplicación de técnicas de comunicación con las personas usuarias y con el personal.

• Diseño y elaboración de procedimientos de trabajo de masaje: descripción del proceso. Materiales y medios. Secuencia y temporalización. Asesoramiento profesional.

BC3. Preparación del espacio de trabajo.

• Adecuación de la cabina de masaje:

– Características básicas de la cabina de masaje: condiciones medioambientales, temperatura, iluminación, mobiliario y equipo.

– Higiene y mantenimiento de los equipos y de las instalaciones.

• Preparación del personal: imagen personal, ejercicios preparatorios, higiene postural y ergonomía.

• Acomodación y preparación de la persona usuaria: posiciones anatómicas adecuadas al masaje.

• Medidas de protección para el personal y la persona usuaria.

• Cosméticos: criterios de selección para la aplicación del masaje.

• Prevención de accidentes y reacciones adversas.

• Protocolos de actuación ante riesgos inesperados.

• Gestión de residuos.

• Limpieza y desinfección y/o esterilización de materiales y equipos.

BC4. Realización de masaje estético manual.

• Protocolos de masaje estético facial y de masaje corporal: adaptación del protocolo estándar al tipo de masaje. Finalidad. Características de la técnica. Criterios de selección de las maniobras. Parámetros. Secuencia. Efectos del masaje en cada zona. Precauciones en caso de alteraciones funcionales y/o estructurales. Información a la persona usuaria. Ejecución.

• Zonas corporales que requieren precaución.

BC5. Aplicación de técnicas asociadas al masaje.

• Técnicas respiratorias: características, efectos e indicaciones y técnicas de aplicación.

• Estiramientos y movilizaciones: técnicas, beneficios, contraindicaciones y precauciones.

• Descripción de las posiciones de la clientela y del personal. Posición de las manos.

• Integración de estas técnicas en el proceso de masaje.

BC6. Aplicación de técnicas sensoriales.

• Aromaterapia y fitoterapia asociada el masajes estéticos:

– Criterios de selección, preparación y dosificación de aceites esenciales y plantas aromáticas.

– Métodos directos e indirectos de aplicación de productos de aromaterapia en tratamientos estéticos.

– Aplicación de aromaterapia en protocolos de tratamientos estéticos y actividades asociadas.

• Musicoterapia:

– Música y estética. Influencia de la música sobre el organismo.

– Importancia de la influencia de la música en la ambientación de cabinas profesionales.

– Tipos de melodías: criterios de selección musical; criterios y parámetros de aplicación de las melodías.

– Aplicación en tratamientos estéticos y actividades asociadas.

• Cromoterapia:

– Utilización del color con fines estéticos: efectos e indicaciones. Introducción en protocolos estéticos.

– Aparatos utilizados en cromoterapia: criterios de selección.

– Parámetros y técnicas de aplicación de la cromoterapia.

– Productos cosméticos que asocian color.

• Uso de accesorios en el masaje.

BC7. Aplicación de normas de calidad.

• Parámetros que definen la calidad de los procesos de masaje: calidad en los servicios de masaje estético.

• Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

• Asesoramiento profesional y propuestas de otros tratamientos. Tratamientos estéticos asociados al masaje: electroestética, técnicas cosmetológicas e hidrotermales, cromoterapia y musicoterapia.

• Evaluación del grado de satisfacción de la clientela.

• Deontología profesional.

1.4.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de prestación de servicios de técnicas manuales y complementarias.

La definición de esta función incluye aspectos como:

– Recepción y atención de la clientela.

– Interpretación de las necesidades estéticas.

– Determinación y selección de las secuencias en el masaje.

– Organización del espacio de trabajo.

– Ejecución de procedimientos de masaje estético y técnicas asociadas.

– Supervisión del proceso.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en la ejecución de procedimientos de masaje estético y técnicas asociadas.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), h) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), d), g) y k).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Determinación de los tipos de masajes por sus características.

– Estudio y comparación de las técnicas.

– Diseño y personalización de procedimientos de actuación.

– Preparación del espacio de trabajo aplicando normas de prevención de riesgos.

– Ejecución de masajes estéticos.

– Aplicación de técnicas asociadas al masaje.

– Control de los procesos en el trabajo de masaje.

1.5. Módulo profesional: Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

• Equivalencia en créditos ECTS: 7.

• Código: MP0748.

• Duración: 87 horas.

1.5.1. Unidad formativa 1: Técnicas por Presión.

• Código: MP0748_12.

• Duración: 30 horas.

1.5.1.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Diseña procedimientos de trabajo identificando los efectos y los puntos de aplicación de las técnicas por presión.

– CE1.1. Se han determinado los efectos de las técnicas por presión sobre los meridianos.

– CE1.2. Se han determinado las indicaciones y las contraindicaciones de estas técnicas.

– CE1.3. Se han reconocido los principios básicos del masaje por presión.

– CE1.4. Se ha establecido el método de localización de los puntos corporales de energía y zonas reflejas.

– CE1.5. Se ha establecido la secuencia de las fases de los procedimientos y de las técnicas por presión.

– CE1.6. Se ha revisado la evolución histórica y las escuelas de estas técnicas.

• RA2. Realiza el análisis previo teniendo en cuenta la relación entre las necesidades estéticas y estos procesos.

– CE2.1. Se han especificado los métodos de exploración para el análisis previo al masaje.

– CE2.2. Se han aplicado los equipos y los medios de diagnóstico facial y corporal.

– CE2.3. Se han determinado las alteraciones estéticas susceptibles de ser tratadas mediante estas técnicas.

– CE2.4. Se han aplicado técnicas de comunicación en la fase de toma de datos.

– CE2.5. Se ha establecido el diagnóstico estético.

– CE2.6. Se han establecido los sistemas de comunicación con diferentes profesionales.

– CE2.7. Se ha determinado y se ha cumplimentado la documentación técnica.

• RA3. Organiza el espacio de trabajo disponiendo equipos, utillaje y productos, y aplicando medidas de prevención de riesgos en los procesos de técnicas por presión.

– CE3.1. Se han identificado los espacios básicos en donde se desarrolla el proceso de técnicas por presión.

– CE3.2. Se han reconocido los factores de ambientación del espacio de trabajo (ventilación, luz, color, olor etc.) como factor de calidad del servicio.

– CE3.3. Se ha valorado el mantenimiento de las instalaciones en óptimas condiciones higiénicas antes de su uso y después.

– CE3.4. Se ha valorado la importancia del trabajo en equipo para lograr la eficiencia empresarial.

– CE3.5. Se han detectado las demandas y las necesidades de la persona usuaria.

– CE3.6. Se han detallado las pautas básicas para la recepción y la atención a la clientela.

– CE3.7. Se ha simulado la recepción y la atención a la clientela con la aplicación de técnicas de comunicación y normas de comportamiento.

– CE3.8. Se han determinado las medidas de protección y seguridad del personal y de la persona usuaria.

– CE3.9. Se han establecido parámetros para definir una buena higiene postural.

– CE3.10. Se han especificado los aspectos básicos de la imagen del personal.

– CE3.11. Se han especificado las posiciones corporales y de las manos adecuadas para realizar la técnica.

– CE3.12. Se han reconocido las actitudes y las aptitudes del personal profesional de masaje por presión.

– CE3.13. Se han justificado las técnicas de concentración y relajación como método de preparación del personal.

• RA4. Aplica técnicas de masaje por presión y justifica la selección de las maniobras y de los parámetros de aplicación.

– CE4.1. Se ha determinado la zona de inicio del masaje por presión.

– CE4.2. Se ha identificado la zona refleja específica que haya que manipular tras el análisis.

– CE4.3. Se ha justificado la elección de la técnica de presión, en función de la zona que se vaya a tratar y de sus efectos.

– CE4.4. Se ha establecido la secuencia de las maniobras.

– CE4.5. Se han especificado las pautas en tratamientos de reflexología podal.

– CE4.6. Se ha relacionado el soporte de acomodación con la técnica oriental y la zona en que se vaya a aplicar.

– CE4.7. Se han seleccionado los parámetros de aplicación de maniobras en función de la técnica.

– CE4.8. Se ha valorado la necesidad de coordinar la presión, el movimiento corporal y la respiración.

– CE4.9. Se han especificado las pautas en el masaje oriental.

– CE4.10. Se han aplicado las técnicas siguiendo justificadamente el orden establecido.

• RA5. Controla los resultados en los procesos de técnicas por presión, utilizando parámetros establecidos.

– CE5.1. Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos y en las técnicas por presión.

– CE5.2. Se ha verificado el grado de cumplimento de los procedimientos establecidos.

– CE5.3. Se ha controlado el grado de eficacia del tratamiento.

– CE5.4. Se han aplicado medidas correctoras de posibles desviaciones del objetivo.

– CE5.5. Se ha utilizado lenguaje técnico adecuado al nivel y a la profesión.

– CE5.6. Se ha determinado el tratamiento posterior a las técnicas por presión.

– CE5.7. Se han aplicado medidas para comprobar la calidad del servicio y la satisfacción de la clientela.

– CE5.8. Se han elaborado pautas deontológicas importantes para la actividad del personal profesional de masajes con fines estéticos.

1.5.1.2. Contenidos básicos.

BC1. Diseño de procedimientos de técnicas por presión.

• Masajes por presión:

– Clasificación, principios, semejanzas y diferencias.

– Puntos de energía y zonas reflejas. Métodos de localización y exploración de los canales y de los puntos energéticos: localización de los puntos de energía; líneas energéticas o meridianos y órganos que le afectan. Métodos de localización y exploración de las zonas reflejas.

– Efectos, indicaciones y contraindicaciones.

• Masajes y técnicas orientales.

• Diseño y elaboración de procedimientos de trabajo en técnicas por presión.

BC2. Realización del análisis estético en el masaje de técnicas por presión.

• Estudio estético en el proceso de técnicas por presión:

– Aplicación de métodos de diagnóstico estético previos al masaje de técnicas por presión.

– Identificación de la zona que haya que tratar: identificación de alteraciones estéticas o patológicas que influyen en masaje de técnicas por presión.

• Toma de datos: técnicas de comunicación. Ficha técnica y material estético.

• Formalización de documentación técnica.

BC3. Organización del espacio de trabajo.

• Adecuación de la cabina de masaje para técnicas por presión: características básicas de la cabina de masaje. Higiene y mantenimiento.

• Preparación del personal: imagen personal. Técnicas de concentración y relajación. Preparación de las manos. Higiene postural.

• Normas de comportamiento frente a la clientela, compañeros de trabajo y superiores.

• Comunicación y técnicas para detectar las demandas, las necesidades y las expectativas de las personas usuarias.

• Recepción y atención telefónica.

• Acomodación y preparación de la persona usuaria. Técnicas de respiración.

BC4. Ejecución de técnicas de masaje por presión.

• Realización de masajes en zonas reflejas.

– Maniobras: características generales, tipos y criterios de selección.

– Parámetros que definen los tipos de presiones: dirección, intensidad, modo, tiempo, posiciones (de los dedos, de las manos y de los antebrazos) y dirección de las líneas.

– Organización de la ejecución. Determinación de la zona de inicio. Determinación y localización de la zona refleja específica para manipular tras el diagnóstico. Procedimiento y secuencia de repetición de las maniobras: orden básico de las secuencias. Precauciones en la aplicación.

– Asesoramiento posterior al masaje.

• Reflexología podal en los procedimientos estéticos.

– División zonal del pie.

– Efectos de las técnicas de masaje reflejo sobre diversos órganos, aparatos y sistemas, inmediatos y retardados.

– Ejecución de la técnica de reflexología podal según pautas del masaje reflejo por presión.

• Realización de técnicas de masajes orientales.

– Acomodación.

– Exploración de la zona mediante la observación de puntos clave.

– Selección de las técnicas respiratorias para antes del masaje y durante éste.

– Maniobras: características generales y criterios de selección.

– Parámetros que definen los tipos de presiones: dirección, intensidad, tensión, ritmo, tiempo y dirección de las líneas.

– Organización de la ejecución. Determinación y localización de la zona y de los puntos de tratamiento para manipular tras el diagnóstico. Procedimiento y secuencia de repetición de las maniobras. Precauciones en la aplicación. Asesoramiento posterior al masaje.

BC5. Control de resultados en los procesos de técnicas por presión.

• Parámetros que definen la calidad de los procesos de técnicas por presión: satisfacción de la clientela, evaluación y control de calidad, y cuestionarios de contraste.

• Desviaciones en la prestación de los servicios de técnicas por presión.

• Resolución de quejas.

1.5.2. Unidad formativa 2: Drenaje Estético.

• Código: MP0748_22.

• Duración: 57 horas.

1.5.2.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Diseña procedimientos de trabajo identificando los efectos del drenaje estético.

– CE1.1. Se han determinado los efectos del drenaje estético sobre diversos órganos, aparatos y sistemas.

– CE1.2. Se han determinado las indicaciones y las contraindicaciones de estas técnicas.

– CE1.3. Se han reconocido los principios básicos del drenaje estético manual.

– CE1.4. Se ha reconocido el recorrido y la dirección de la linfa y sus lugares de drenaje.

– CE1.5. Se ha establecido la secuencia de las fases de los procedimientos de drenaje estético.

– CE1.6. Se ha revisado la evolución histórica y las escuelas de estas técnicas.

• RA2. Realiza el análisis previo teniendo en cuenta la relación entre las necesidades estéticas y estos procesos.

– CE2.1. Se han especificado los métodos de exploración para el análisis previo al masaje.

– CE2.2. Se han aplicado los equipos y los medios de diagnóstico facial y corporal.

– CE2.3. Se han determinado las alteraciones estéticas susceptibles de ser tratadas mediante estas técnicas.

– CE2.4. Se han aplicado técnicas de comunicación en la fase de toma de datos.

– CE2.5. Se ha establecido el diagnóstico estético.

– CE2.6. Se han establecido los sistemas de comunicación con diferentes profesionales.

– CE2.7. Se ha determinado y se ha cumplimentado la documentación técnica.

• RA3. Organiza el espacio de trabajo disponiendo equipos, utillaje y productos, y aplicando medidas de prevención de riesgos en los procesos de masaje de drenaje linfático manual (DLM).

– CE3.1. Se han identificado los espacios básicos en donde se desarrolla el proceso de drenaje linfático manual.

– CE3.2. Se han reconocido los factores de ambientación del espacio de trabajo (ventilación, luz, color, olor etc.) como factor de calidad del servicio.

– CE3.3. Se han mantenido las instalaciones en óptimas condiciones higiénicas antes de su uso y después de éste.

– CE3.4. Se ha valorado la importancia del trabajo en equipo para lograr la eficiencia empresarial.

– CE3.5. Se han detectado las demandas y las necesidades de la persona usuaria.

– CE3.6. Se han detallado las pautas básicas para la recepción y la atención a la clientela.

– CE3.7. Se ha simulado la recepción y la atención a la clientela con la aplicación de técnicas de comunicación y normas de comportamiento.

– CE3.8. Se han determinado las medidas de protección y seguridad del personal y de la persona usuaria.

– CE3.9. Se han establecido parámetros para definir una buena higiene postural.

– CE3.10. Se han especificado los aspectos básicos de la imagen del personal.

– CE3.11. Se han especificado las posiciones corporales y de las manos adecuadas para realizar la técnica.

– CE3.12. Se han reconocido las actitudes y las aptitudes del personal profesional de masaje de drenaje linfático manual.

– CE3.13. Se han justificado las técnicas de concentración y relajación como método de preparación del personal.

• RA4. Realiza drenaje linfático manual previa identificación la zona, aplicando el protocolo establecido.

– CE4.1. Se han descrito las bases fundamentales del drenaje linfático manual y de las pautas de aplicación.

– CE4.2. Se han identificado las características generales de las maniobras.

– CE4.3. Se han identificado las maniobras generales del drenaje linfático manual.

– CE4.4. Se han establecido los parámetros de realización.

– CE4.5. Se han determinado los errores más frecuentes en la realización.

– CE4.6. Se ha seleccionado el tipo de maniobra de drenaje según el mapa anatómico que se vaya a tratar.

– CE4.7. Se han identificado zonas corporales que requieran precaución.

– CE4.8. Se ha aplicado el drenaje siguiendo justificadamente el orden natural establecido.

– CE4.9. Se han seguido las medidas de precaución en la aplicación.

– CE4.10. Se han seguido las pautas establecidas en la realización de técnicas de drenaje estético.

– CE4.11. Se ha relacionado el DLM estético con los tratamientos de colaboración médico-estética.

• RA5. Controla los resultados en los procesos de drenaje estético manual, utilizando parámetros establecidos.

– CE5.1. Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de drenaje estético manual.

– CE5.2. Se ha verificado el grado de cumplimento de los procedimientos establecidos.

– CE5.3. Se ha controlado el grado de eficacia del tratamiento.

– CE5.4. Se han aplicado medidas correctoras de posibles desviaciones del objetivo.

– CE5.5. Se ha utilizado lenguaje técnico adecuado al nivel y a la profesión.

– CE5.6. Se ha determinado el tratamiento posterior al drenaje estético.

– CE5.7. Se han aplicado medidas para comprobar la calidad del servicio y la satisfacción de la clientela.

– CE5.8. Se han elaborado pautas deontológicas importantes para la actividad del personal profesional de masajes con fines estéticos.

1.5.2.2. Contenidos básicos.

BC1. Diseño de procedimientos de drenaje estético.

• Drenaje estético.

– Líneas divisorias y cuadrantes linfáticos.

– Efectos del drenaje linfático estético sobre los órganos, los aparatos y los sistemas.

– Indicaciones y contraindicaciones relativas y absolutas del drenaje estético.

• Diseño y elaboración de procedimientos de trabajo en el drenaje estético.

BC2. Realización del análisis estético en el masaje de drenaje linfático manual.

• Diagnóstico estético en los procesos de masaje de drenaje linfático manual.

– Aplicación de métodos de diagnóstico estético previos al masaje de drenaje linfático manual.

– Identificación de la zona que se vaya a tratar: identificación de alteraciones estéticas o patológicas que influyen en el masaje de drenaje linfático manual.

• Toma de datos: técnicas de comunicación. Ficha técnica e historial estético.

• Cumplimentación de documentación técnica.

BC3. Organización del espacio de trabajo.

• Adecuación de la cabina de masaje de drenaje linfático: características básicas de la cabina, higiene y mantenimiento.

• Preparación del personal: imagen personal, técnicas de concentración y relajación, preparación de las manos, higiene postural.

• Normas de comportamiento frente a clientes, compañeros de trabajo y superiores.

• Comunicación y técnicas para detectar las demandas, las necesidades y las expectativas de la persona usuaria.

• Recepción y atención telefónica.

• Acomodación y preparación de la persona usuaria. Técnicas de respiración.

BC4. Realización de drenaje estético manual.

• Bases de la técnica. Pautas de aplicación.

• Maniobras: características generales, tipos y criterios de selección.

• Parámetros de las maniobras de DLM. Criterios de selección.

• Organización de la ejecución. Zonas de tratamientos previos de cada parte del cuerpo en DLM. Maniobras preparatorias y zonales de DLM. Procedimiento y secuencia zonal del DLM. Medidas de precaución en la aplicación.

• Asesoramiento posterior al masaje.

• Aplicación de técnicas de drenaje linfático para tratamientos estéticos posmedicina y cirugía estética: indicaciones, contraindicaciones y precauciones.

BC5. Control de resultados en los procesos de drenaje estético.

• Parámetros que definen la calidad de los procesos de drenaje estético manual y la satisfacción de la clientela: evaluación y control de calidad, y cuestionarios de contraste.

• Desviaciones en la prestación de los servicios de drenaje estético.

• Resolución de quejas.

1.5.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de prestación de servicios de técnicas manuales y complementarias.

La definición de esta función incluye aspectos como:

– Determinación y selección de las secuencias en estos masajes.

– Diseño de protocolos de drenaje y técnicas por presión.

– Recepción y atención de la clientela.

– Interpretación de las necesidades estéticas.

– Organización del espacio de trabajo.

– Ejecución de protocolos de drenaje estético.

– Aplicación de técnicas de masaje por presión.

– Supervisión y ejecución de reflexología podal.

– Supervisión del proceso.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– Diseño de procedimientos de trabajo de drenaje estético y técnicas por presión.

– Ejecución de drenaje estético.

– Aplicación de técnicas de masaje por presión.

– Supervisión y ejecución de reflexología podal.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), i) y n) del ciclo formativo y las competencias a), b), c), d), g) y k).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Determinación de los tipos de drenaje estético y masajes por presión según sus características.

– Estudio y comparación de técnicas.

– Diseño y personalización de procedimientos de actuación.

– Preparación del espacio de trabajo aplicando normas de seguridad e higiene.

– Ejecución de drenaje estético.

– Aplicación de técnicas por presión.

– Control de los procesos en el trabajo de masaje.

1.6. Módulo profesional: Micropigmentación.

• Equivalencia en créditos ECTS: 8.

• Código: MP0749.

• Duración: 105 horas.

1.6.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Elabora la documentación previa a la micropigmentación aplicando la normativa.

– CE1.1. Se ha reconocido la normativa que regula el ejercicio de la técnica de micropigmentación.

– CE1.2. Se han identificado las partes del consentimiento informado.

– CE1.3. Se ha especificado la información comercial de la clientela.

– CE1.4. Se han seguido las pautas para diseñar la ficha técnica.

– CE1.5. Se ha planificado un sistema de archivo de empresas y organismos autorizados para las revisiones técnicas, la eliminación de residuos etc.

– CE1.6. Se han analizado las acreditaciones necesarias para el ejercicio de las actividades de micropigmentación.

• RA2. Organiza las instalaciones, el mobiliario, los equipos y los medios necesarios, aplicando medidas de seguridad y prevención de riesgos higiénico-sanitarios.

– CE2.1. Se han dispuesto los equipos según los requisitos específicos de una cabina de micropigmentación.

– CE2.2. Se ha determinado el proceso de higiene del equipo y del utillaje antes del proceso y después de éste.

– CE2.3. Se ha aplicado el método de desinfección según el grado de contaminación de los elementos.

– CE2.4. Se han señalado las enfermedades de transmisión por vía hemática.

– CE2.5. Se ha valorado la utilización de material desechable como medida de seguridad e higiene.

– CE2.6. Se han diferenciado las zonas de almacenamiento y gestión de residuos.

• RA3. Diseña maquillajes correctivos utilizando las técnicas de visagismo y colorimetría.

– CE3.1. Se ha identificado la morfología del rostro y de otras zonas corporales.

– CE3.2. Se ha justificado el diseño de las correcciones de la persona usuaria según las características del rostro y su expresión.

– CE3.3. Se han aplicado las bases de la teoría del color en los maquillajes correctivos.

– CE3.4. Se han identificado las alteraciones cutáneas relacionadas con la micropigmentación.

– CE3.5. Se han relacionado las técnicas de dibujo (tipo de línea, color etc.) con el efecto final.

– CE3.6. Se han realizado diseños para efectuar las correcciones necesarias a través de la micropigmentación.

– CE3.7. Se han especificado los criterios de selección de útiles y cosméticos.

– CE3.8. Se ha justificado la corrección en la piel según el análisis previo.

• RA4. Prepara a la persona usuaria siguiendo la normativa, y la informa sobre el proceso.

– CE4.1. Se han establecido las pautas de información oral y escrita a la persona usuaria.

– CE4.2. Se han especificado los datos necesarios para una información pormenorizada.

– CE4.3. Se ha realizado la prueba de sensibilidad.

– CE4.4. Se han efectuado pruebas de color y de visagismo teniendo en cuenta las características morfológicas y personales de la persona usuaria.

– CE4.5. Se ha realizado la propuesta de tratamiento.

– CE4.6. Se han establecido los criterios de preparación de la cabina para la aplicación de la técnica.

– CE4.7. Se ha reconocido la secuencia en la realización de técnicas previas a la micropigmentación.

– CE4.8. Se ha justificado la elección del dermógrafo y del tipo de agujas.

– CE4.9. Se han determinado los parámetros del dermógrafo.

– CE4.10. Se han especificado las medidas de protección del personal profesional y de la persona usuaria según la normativa.

– CE4.11. Se ha seleccionado el color según las características de la zona de aplicación.

• RA5. Realiza la micropigmentación adaptando el procedimiento de trabajo al estudio estético previo.

– CE5.1. Se han determinado las indicaciones y las precauciones en la realización técnica.

– CE5.2. Se han establecido los criterios de selección de pigmentos y colorantes según la piel, el cabello y los ojos.

– CE5.3. Se ha relacionado la colorimetría cutánea con los colores pigmento.

– CE5.4. Se han identificado las reacciones del pigmento frente a la acción de agentes externos.

– CE5.5. Se han seleccionado los cosméticos para los cuidados anteriores y posteriores a la micropigmentación, respetando las normas de seguridad e higiene.

– CE5.6. Se ha justificado la elección y la mezcla de pigmentos.

– CE5.7. Se ha relacionado el tipo de aguja con la técnica de aplicación.

– CE5.8. Se ha relacionado la aplicación de los tipos de trazado y de los parámetros con el diseño propuesto.

– CE5.9. Se ha justificado el protocolo de micropigmentación de cada zona facial y corporal.

– CE5.10. Se han especificado las fases de realización de la micropigmentación.

– CE5.11. Se ha efectuado la técnica de micropigmentación.

– CE5.12. Se ha informado a la persona usuaria sobre los cuidados posteriores a la aplicación del tratamiento de micropigmentación.

– CE5.13. Se ha asegurado la persona usuaria sobre el seguimiento posterior al proceso de micropigmentación.

• RA6. Determina la calidad del servicio valorando los resultados de la aplicación del proceso.

– CE6.1. Se han identificado los indicadores de calidad en los procesos de micropigmentación.

– CE6.2. Se ha verificado el grado de cumplimento de los protocolos establecidos.

– CE6.3. Se ha evaluado el grado de satisfacción de la persona usuaria respecto al tratamiento.

– CE6.4. Se han previsto medidas correctoras para rectificar posibles desviaciones del objetivo.

– CE6.5. Se ha utilizado el lenguaje técnico adecuado al nivel y a la profesión.

– CE6.6. Se han tomado medidas para comprobar la calidad del servicio.

– CE6.7. Se han resuelto los problemas formulados en el desarrollo de la actividad.

1.6.2. Contenidos básicos.

BC1. Elaboración de documentación.

• Normativa y documentación técnica, legal y comercial.

• Análisis del modelo de consentimiento informado. Datos de identificación. Denominación genérica de la técnica y localización anatómica. Descripción de la técnica. Duración. Información sobre posibilidades de eliminación. Medidas higiénicas previas y posteriores a la realización de la técnica. Posibles complicaciones y precauciones: contraindicaciones. Presupuesto.

• Ficha técnica. Documentos fotográficos. Información comercial de la clientela. Registro diligenciado. Documentación de gestión de residuos y de revisiones técnicas.

BC2. Organización de la cabina de micropigmentación.

• Instalaciones: características, diseño, materiales de paredes y suelos, distribución, iluminación, ambientación, mobiliario y áreas (de trabajo, recepción, espera, limpieza, desinfección, esterilización, almacenamiento y aseos).

• Equipos e instrumental de uso en micropigmentación: máquina dermográfica (características y parámetros de potencia y velocidad), agujas (tipos y características), complementos y accesorios.

• Seguridad e higiene de las instalaciones y de los equipos.

• Prevención de infecciones y transmisión de enfermedades.

• Almacenamiento de productos específicos y gestión de residuos.

BC3. Diseño de maquillajes correctivos.

• Estudio de la morfología del rostro:

– Teorías de la verticalidad y la horizontalidad.

– El óvalo: geometría, proporciones y líneas; clasificación y tipos.

– Estudio de las facciones del rostro: cejas, ojos, labios, frente, nariz y barbilla.

– Visagismo: análisis y estudio del rostro, y técnica de diseño de sus correcciones.

• Estudio de otras zonas corporales susceptibles de ser micropigmentadas: proporciones, y simetrías de los senos y de las areolas mamarias; estudio de la implantación natural del cabello y de las zonas alopécicas.

• Microimplante de pigmentos aplicada a la estética reparadora: cicatrices, acromías etc.

• Color: teorías del color y de la luz.

• Identificación de las alteraciones cutáneas relacionadas con la micropigmentación.

• Diseño de correcciones:

– Técnicas de dibujo para las correcciones: línea, forma, volumen y color, pelo a pelo, cejas compactas, técnicas en dos colores y degradados.

– Diseños en patrones de diversas zonas faciales y corporales.

BC4. Preparación de la persona usuaria.

• Información a la persona usuaria sobre la técnica de micropigmentación: contraindicaciones, posibles riesgos, alteraciones que no permitan la micropigmentación, reacciones de la piel a la implantación del pigmento y técnicas de despigmentación (láser, cirugía etc.).

• Técnicas previas al microimplante de pigmentos (análisis del rostro y de las zonas que se vayan a micropigmentar, fotografía previa y diseño de maquillaje correctivo): determinación y secuencia.

• Propuesta de tratamiento.

• Preparación de la cabina, el material y el equipo.

• Criterios de elección del color según el análisis previo.

• Medidas de preparación y protección de la persona usuaria. Ergonomía.

BC5. Realización de la micropigmentación.

• Indicaciones y precauciones.

• Pigmentos y colorantes. Reacciones del pigmento frente a diversos agentes externos: láser, radiaciones solares, interacción con cosméticos y medicamentos etc.).

• Preparación de mezclas. Aplicación de la prueba de color pigmento.

• Criterio de selección de agujas.

• Técnicas de micropigmentación. Trazados: rayado, punteado y relleno.

• Organización del proceso:

– Determinación de la zona de inicio.

– Desinfección y cuidados previos de la zona: ventajas e inconvenientes.

– Procedimiento y secuencia de repetición del trazado. Precauciones en la aplicación. Técnica del retoque.

– Formalización de la documentación y de los anexos fotográficos iniciales y finales.

• Asesoramiento posterior al microimplante: cuidados posteriores al tratamiento, seguimiento de la evolución del proceso.

BC6. Calidad del proceso.

• Parámetros que definen la calidad de los procesos de micropigmentación.

• Desviaciones en la prestación de los servicios de micropigmentación.

• Técnicas para medir el grado de satisfacción y detección de desviaciones en la prestación de los servicios.

• Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

• Protocolos establecidos y uso de lenguaje técnico.

1.6.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de técnico en micropigmentación.

El diseño y la realización de maquillajes correctivos semipermanentes incluye aspectos como:

– Puesta a punto del lugar de trabajo.

– Preparación de la documentación técnica del proceso.

– Preparación del modelo para propuestas de maquillaje correctivo.

– Preparación de pigmentos.

– Preparación, uso y mantenimiento del dermógrafo.

– Elaboración de micropigmentaciones adaptadas a las zonas del cuerpo.

– Ejecución y control del proceso productivo.

– Control del producto durante el proceso.

– Realización de maquillaje correctivo semipermanente.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos de:

– Propuesta de maquillaje permanente.

– Propuesta de micropigmentación.

– Ejecución de técnicas de micropigmentación.

– Estética reparadora: simulación de cabello, asimetrías labiales y calvicie de cejas.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), f), j), m) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b), c), e), h) y k).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Normativa que regula el ejercicio de la técnica.

– Reconocimiento de las morfologías faciales y corporales.

– Elaboración de diseños de maquillaje correctivo personalizados.

– Relación entre las posibilidades de realización y los resultados.

– Uso de aparatos de micropigmentación, técnicas y pigmentos de maquillaje correctivo.

– Interpretación de las demandas de la persona usuaria.

– Puesta en práctica de las medidas que aseguren la calidad del servicio.

1.7. Módulo profesional: Procesos Fisiológicos y de Higiene en Imagen Personal.

• Equivalencia en créditos ECTS: 8.

• Código: MP0750.

• Duración: 133 horas.

1.7.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Determina las normas higiénico-sanitarias de aplicación en los procesos de imagen personal, teniendo en cuenta la relación entre la exposición la agentes biológicos y los riesgos para la salud.

– CE1.1. Se han relacionado los métodos de desinfección con los niveles de riesgo de infección de cada material.

– CE1.2. Se han determinado los protocolos de limpieza, desinfección y esterilización aplicables al ámbito de la imagen personal.

– CE1.3. Se han caracterizado los tipos de agentes contaminantes.

– CE1.4. Se han especificado los elementos que conforman el sistema inmunitario y los factores que lo regulan.

– CE1.5. Se ha valorado la aplicación de la normativa en la planificación de la higiene en la imagen personal.

– CE1.6. Se ha reconocido el programa de vacunación obligatorio para el personal aplicador de las técnicas de imagen personal.

– CE1.7. Se ha justificado la gestión de los residuos producidos en el ámbito de la imagen personal.

– CE1.8. Se ha establecido el plan de calidad en el tratamiento de residuos y en los procesos de higiene en la imagen personal.

– CE1.9. Se han especificado los equipos de protección individual utilizados en imagen personal.

• RA2. Caracteriza los componentes antropométricos relacionados con la imagen personal, revisando la estructura general del cuerpo humano.

– CE2.1. Se han identificado las regiones y las zonas del cuerpo humano.

– CE2.2. Se han determinado las posiciones anatómicas.

– CE2.3. Se han establecido los planos y los ejes anatómicos.

– CE2.4. Se han definido los términos de movimiento, relación y dirección en el espacio de la estructura general del cuerpo humano.

– CE2.5. Se ha reconocido la forma, el aspecto general y las proporciones corporales.

– CE2.6. Se han identificado los factores hereditarios y medioambientales que determinan la constitución del cuerpo.

– CE2.7. Se han reconocido los tipos constitucionales o somatotipos.

– CE2.8. Se han relacionado los valores antropométricos con su aplicación en imagen personal.

• RA3. Caracteriza los componentes del aparato locomotor implicados en la aplicación de técnicas de imagen personal, revisando su estructura anatómica y fisiológica.

– CE3.1. Se ha identificado el masaje y los tratamientos electroestéticos relacionados con el aparato locomotor.

– CE3.2. Se han especificado las funciones del sistema óseo.

– CE3.3. Se han establecido la composición, la estructura y la clasificación de los huesos y de los músculos.

– CE3.4. Se han identificado las patologías óseas y articulares más frecuentes y su influencia en la imagen personal.

– CE3.5. Se ha caracterizado la fisiología muscular.

– CE3.6. Se han relacionado los tipos de movimientos con las articulaciones implicadas.

– CE3.7. Se han reconocido las patologías del movimiento y de la marcha, así como las alteraciones óseas vinculadas a la aplicación de técnicas estéticas.

– CE3.8. Se ha relacionado la ergonomía con la higiene postural y la patología derivada.

– CE3.9. Se han propuesto correcciones posturales para la clientela y para el personal en función de análisis ergonómicos.

• RA4. Caracteriza los componentes del medio interno implicados en la aplicación de técnicas de imagen personal, revisando su estructura anatómica y fisiológica.

– CE4.1. Se ha relacionado la anatomía del aparato circulatorio con las funciones hemodinámicas.

– CE4.2. Se han especificado los componentes sólidos y líquidos de la sangre.

– CE4.3. Se ha caracterizado la estructura y la fisiología del sistema linfático.

– CE4.4. Se ha relacionado la influencia del sistema linfático en los procesos de imagen personal.

– CE4.5. Se han reconocido los elementos que determinan el medio interno.

– CE4.6. Se ha relacionado el equilibrio del medio interno con los aspectos fisiológicos del aparato circulatorio, del sistema linfático y de la sangre.

– CE4.7. Se han identificado las patologías asociadas a estos aparatos con influencia en imagen personal.

• RA5. Caracteriza los componentes de los sistemas endocrino y nervioso implicados en la aplicación de técnicas de imagen personal, revisando su estructura anatómica y fisiológica.

– CE5.1. Se han especificado las glándulas endocrinas y sus funciones.

– CE5.2. Se han establecido los mecanismos endocrinos.

– CE5.3. Se ha justificado la influencia hormonal en la piel y en los anexos cutáneos.

– CE5.4. Se han analizado los mecanismos de inhibición nerviosa utilizados en técnicas complementarias a las utilizadas en imagen personal: infiltraciones, inyecciones etc.

– CE5.5. Se han establecido los mecanismos nerviosos.

– CE5.6. Se ha establecido la relación entre los sistemas nervioso y endocrino.

– CE5.7. Se ha justificado la influencia del sistema nervioso en la piel y en los anexos cutáneos.

– CE5.8. Se han identificado los órganos sensoriales y sus funciones.

– CE5.9. Se ha relacionado la fisiología sensorial con las técnicas utilizadas en imagen personal.

• RA6. Establece pautas de asesoramiento en hábitos saludables, en relación con los procesos de imagen personal.

– CE6.1. Se ha caracterizado el concepto de salud.

– CE6.2. Se ha reconocido la influencia de los hábitos de vida en la imagen personal.

– CE6.3. Se han identificado los métodos de prevención.

– CE6.4. Se han analizado las campañas de promoción de la salud.

– CE6.5. Se han determinado los efectos de los tratamientos oncológicos en el órgano cutáneo.

– CE6.6. Se han establecido los factores desencadenantes y las medidas de prevención del cáncer.

– CE6.7. Se han diferenciado las etapas de envejecimiento corporal.

– CE6.8. Se han determinado los cambios de la figura corporal en cada etapa de la vida.

– CE6.9. Se han especificado los hábitos saludables que atrasan la aparición del envejecimiento.

– CE6.10. Se ha relacionado el aparato reproductor, sus patologías y las enfermedades de transmisión, con los hábitos de vida saludable.

– CE6.11. Se han establecido recomendaciones saludables para potenciar la imagen estética.

• RA7. Identifica pautas nutricionales saludables y reconoce su influencia sobre la imagen estética.

– CE7.1. Se han caracterizado los alimentos y los nutrientes.

– CE7.2. Se han relacionado las características de los alimentos con la influencia de la dieta en la conservación de la salud.

– CE7.3. Se ha especificado la tabla de composición de alimentos.

– CE7.4. Se han determinado los procesos bioquímicos de la nutrición.

– CE7.5. Se han caracterizado los componentes de una dieta equilibrada.

– CE7.6. Se han relacionado con sus funciones las estructuras anatómicas de los aparatos y de los sistemas implicados en la nutrición.

– CE7.7. Se ha relacionado el aparato digestivo con la nutrición y la imagen personal.

– CE7.8. Se ha reconocido la influencia del aparato excretor y sus patologías en la imagen personal.

– CE7.9. Se ha identificado la influencia del aparato respiratorio y sus patologías en la nutrición y en la imagen personal.

– CE7.10. Se ha identificado la relación entre los hábitos de vida saludables y las alteraciones y las patologías humanas.

– CE7.11. Se han reconocido los procesos patológicos implicados en la nutrición y su influencia sobre piel y sus anexos.

– CE7.12. Se han confeccionado dietas e indicaciones dietéticas recomendables.

– CE7.13. Se ha identificado la relación entre los hábitos de vida saludables y las alteraciones y las patologías humanas.

1.7.2. Contenidos básicos.

BC1. Determinación de las normas higiénicas y sanitarias en procesos de imagen personal.

• Agentes contaminantes: clasificación de los microrganismos, mecanismos de transmisión, infecciones e infestaciones.

• Pautas para la prevención de la contaminación.

• Conceptos. Niveles de desinfección. Métodos de desinfección y esterilización. Área de desinfección de las instalaciones. Protocolos de actuación en la limpieza, desinfección, esterilización y conservación de espacios, instalaciones, equipos, útiles y accesorios. Cuidados y conservación del material estéril. Condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos de imagen personal.

• Control de calidad de estos procesos.

• Sistema de defensa e inmunitario. Tipos de inmunidad. La inflamación. Respuesta inmunitaria e inmunidad. Trastornos del sistema inmunitario con repercusión en la imagen personal: las alergias.

• Vacunas: programas de vacunación obligatorios en imagen personal.

• Normativa relacionada con el ámbito de la imagen personal: prevención de legionelosis, y condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos de aplicación de tatuajes, micropigmentación y piercing.

• Gestión de los residuos: concepto, tipología y control de residuos.

• Equipos de protección individual específicos de estética.

BC2. Caracterización de la estructura anatómica general del cuerpo humano.

• Estructura general del cuerpo humano: regiones y zonas corporales, posiciones anatómicas, planos y ejes anatómicos, términos de relación o direcciones en el espacio.

• Antropometría (forma, aspecto general y proporciones corporales; somatotipos o tipos constitucionales; variables antropométricas de peso, talla, perímetros, pliegues cutáneos y envergadura): relación con la imagen personal.

BC3. Relación de los procesos de imagen personal con el aparato locomotor.

• Ergonomía aplicada a la imagen personal:

– Higiene postural: riesgos ergonómicos relacionados con las prácticas profesionales de imagen personal.

– Patología relacionada con la postura corporal: escoliosis, lordosis etc.

– Correcciones posturales.

– Fisiología del movimiento y de la marcha.

• Sistema óseo:

– Esqueleto: composición y estructura. Tejido óseo.

– Funciones de los huesos y de las articulaciones. Clasificación de los huesos.

– Osificación: control hormonal. Patologías más frecuentes: osteoporosis, osteopenia, osteomalacía, acondroplasia, condromalacía etc.

• Sistema muscular:

– Músculos: composición, estructura y criterios de clasificación. Origen e inserción de los músculos. Tejido muscular. Fibras musculares.

– Localización de músculos en el cuerpo humano. Fisiología muscular: mecanismo de la contracción.

• Procesos de imagen personal relacionados con el aparato locomotor.

• Patología del aparato locomotor relacionada con la imagen personal.

BC4. Caracterización del medio interno y del aparato circulatorio en relación con los procesos de imagen personal.

• Anatomofisiología del aparato circulatorio. Principios fundamentales de la circulación. Retorno venoso. Influencia de las patologías en los tratamientos de imagen personal.

• La sangre: tejido sanguíneo; funciones de la sangre. Influencia de las patologías en los tratamientos de imagen personal.

• Sistema linfático: anatomía y fisiología. La linfa. Factores que intervienen en la circulación linfática. Influencia del sistema linfático en los procesos de imagen personal.

• Medio interno. Líquidos corporales: regulación y composición en distintos espacios.

• Influencia de los tratamientos de imagen personal en el aparato circulatorio.

• Acciones de las técnicas mecánicas, electroestéticas y cosmetológicas.

• Clasificación de los efectos. Influencia de la presión y de la temperatura en el sistema vascular.

BC5. Reconocimiento de la estructura y función de los sistemas de control e integración.

• Sistema nervioso: organización y estructura. Células del sistema nervioso. Nervios. Transmisión neuronal: neurotransmisores. Análisis de inhibidores de la transmisión nerviosa en imagen personal: toxina botulínica.

• Sistema nervioso autónomo: estructura y funciones.

• Órganos de los sentidos. Receptores sensoriales: clasificación y mecanismo de respuesta. Sentidos: tipos, anatomía y fisiología. Terapias sensoriales: aromaterapia, cromoterapia etc.

• Sistema endocrino: organización glandular. Hormonas. Fisiología hormonal. Regulación de la secreción. Influencia de las hormonas en la piel y en los anexos.

BC6. Establecimiento de pautas de asesoramiento en hábitos saludables.

• Concepto de salud.

• Influencia de los hábitos de vida en la imagen personal.

• Prevención primaria como método de promoción de la salud: medidas colectivas (campañas de promoción de la salud y sus implicaciones en la imagen personal) e individuales.

• Repercusión del cáncer y de los tratamientos oncológicos en la imagen personal. Etiología. Factores que predisponen y que desencadenan la aparición del cáncer. El cáncer y los hábitos de vida: medidas de prevención.

• Envejecimiento corporal: cambios de la figura corporal a lo largo de la vida. Fisiología del envejecimiento. Modificaciones en las estructuras corporales: causas. Relación entre el envejecimiento y los estilos de vida.

• Anatomía y fisiología del aparato reproductor: estructura. Desarrollo y modificación a lo largo de la vida del individuo. Influencia de su funcionamiento en los procesos de imagen personal. Enfermedades de transmisión.

• Anatomía y fisiología del aparato respiratorio: estructura. Respiración: bases fisiológicas. Influencia del funcionamiento del aparato respiratorio en los procesos de imagen personal.

• Anatomía y fisiología del aparato excretor: estructura. Análisis del proceso de formación de la orina. Influencia del funcionamiento renal en los procesos de imagen personal.

• Asesoramiento en hábitos saludables. Evaluación de los hábitos saludables. Recomendaciones sobre alimentación, ejercicio físico, sueño, higiene personal etc. Elementos que repercuten en la imagen estética.

BC7. Determinación de pautas nutricionales.

• Alimentos y nutrientes: tipos y función de los nutrientes. Necesidades y recomendaciones nutricionales e hídricas. Tablas de composición de los alimentos.

• Anatomía y fisiología del aparato respiratorio: estructura. Respiración: bases fisiológicas. Influencia del funcionamiento del aparato respiratorio en los procesos de imagen personal.

• Anatomía y fisiología del aparato excretor: estructura. Análisis del proceso de formación de la orina. Influencia del funcionamiento renal en los procesos de imagen personal.

• Anatomía y fisiología del aparato digestivo: estructura. Análisis del proceso de la digestión.

• Procesos bioquímicos de la nutrición.

• La dieta: tipos y relación con la imagen personal. Alimentación equilibrada. Alimentos funcionales.

• Fisiopatología estética relacionada con la alimentación: obesidad, sobrepeso y delgadez. Lipodistrofias. Modificaciones en la conducta alimentaria: anorexia y bulimia, vigorexia, ortorexia etc. Desequilibrio de nutrientes y su relación con la piel y sus anexos.

1.7.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación de soporte necesaria para desempeñar las funciones de organización, desarrollo y asesoramiento del trabajo en los establecimientos estéticos a través del estudio de la fisiología humana, los hábitos de vida saludable, la gestión y el tratamiento de los residuos, y la higiene en el ámbito laboral.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

– Justificación de la correcta aplicación de los tratamientos de imagen personal identificando la estructura, las funciones y la regulación de los aparatos y de los sistemas más importantes del cuerpo humano.

– Asesoramiento sobre los hábitos de vida saludable y sobre una dieta equilibrada como herramienta de imagen personal.

– Organización de los protocolos de limpieza, desinfección y esterilización de útiles, aparatos y accesorios en el ámbito laboral.

– Selección de los métodos adecuados para el tratamiento de los residuos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en el desarrollo de los tratamientos faciales y corporales en centros donde se desarrollen actividades relacionadas con la imagen personal o centros de técnicas hidrotermales.

La formación del módulo contribuye a lograr los objetivos generales d) y n) del ciclo formativo, y las competencias c) y k).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo se relacionan con:

– Reconocimiento de las partes los órganos, los aparatos y los sistemas del cuerpo humano.

– Uso de los métodos de limpieza, desinfección y esterilización de útiles, aparatos, accesorios, espacios e instalaciones.

– Interpretación de los protocolos de calidad en el tratamiento de los residuos.

1.8. Módulo profesional: Dermoestética.

• Equivalencia en créditos ECTS: 8.

• Código: MP0751.

• Duración: 160 horas.

1.8.1. Unidad formativa 1: Piel y Alteraciones Cutáneas.

• Código: MP0751_12.

• Duración: 30 horas.

1.8.1.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Caracteriza la piel y sus alteraciones, analizando las estructuras histológicas afectadas y sus propiedades.

– CE1.1. Se ha establecido la estructura anatómica y fisiológica del órgano cutáneo y sus anexos.

– CE1.2. Se han caracterizado los anexos córneos y los glandulares.

– CE1.3. Se han especificado las funciones de la epidermis, la dermis e hipodermis.

– CE1.4. Se ha reconocido la importancia de la permeabilidad cutánea.

– CE1.5. Se han determinado los mecanismos que intervienen en la hidratación cutánea.

– CE1.6. Se ha relacionado el manto hidrolipídico con las funciones glandulares de la piel.

– CE1.7. Se han identificado las tipologías cutáneas.

– CE1.8. Se han especificado las características de las alteraciones de la piel vinculadas a la estética.

– CE1.9. Se han determinado los efectos de las radiaciones solares en el organismo.

– CE1.10. Se han determinado los cambios anatomofisiológicos en los senos.

– CE1.11. Se han descrito los cambios anatomofisiológicos en el envejecimiento cutáneo.

1.8.1.2. Contenidos básicos.

BC1. Caracterización de la piel y sus alteraciones.

• Microscopía del órgano cutáneo: estructura anatómica de la piel y anexos cutáneos (córneos, vasculares, nerviosos y glandulares). Fisiología del órgano cutáneo: queratogénesis y melanogénesis. Crecimiento y reparación de la piel y de los anexos. Funciones de la piel. La flora cutánea.

• Aspecto macroscópico de la superficie cutánea: características externas.

• Permeabilidad cutánea: manto hidrolipídico e hidratación de la piel.

• Tipología cutánea: criterios de clasificación. Características fisiológicas y propiedades de los tipos de piel. Estados evolutivos de la piel. La piel en las distintas razas. La piel masculina.

• Alteraciones de la piel. Forma y configuración de las lesiones elementales. Criterios de clasificación. Alteraciones estructurales y funcionales. Infecciones e infestaciones. Tumores cutáneos.

• Alteraciones de la piel de interés estético: de la queratinización, de la pigmentación, de la vascularización, de la secreción sebácea, del sistema piloso, del tejido subcutáneo y conjuntivo, y vasculares de las extremidades de interés estético.

• Envejecimiento: cambios fisiológicos y estructurales; causas.

• Radiaciones solares y piel. Fototipos cutáneos. Fotoenvejecimiento.

• Senos: anatomía y fisiología de las glándulas mamarias. Alteraciones de interés estético.

1.8.2. Unidad formativa 2: Diagnóstico y Protocolo de Tratamientos.

• Código: MP0751_22.

• Duración: 130 horas.

1.8.2.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Gestiona la documentación técnica, para lo que selecciona los procedimientos de diseño y archivo, y organiza el trabajo del personal a su cargo.

– CE1.1. Se han especificado los tipos de documentación utilizada y generada.

– CE1.2. Se ha seleccionado el procedimiento para gestionar la documentación técnica.

– CE1.3. Se ha diseñado un modelo de historial estético y ficha técnica, artística y comercial de la clientela.

– CE1.4. Se han establecido las partes de un consentimiento informado.

– CE1.5. Se han redactado los modelos de información o remisión a diferentes profesionales.

– CE1.6. Se ha identificado la normativa del sector.

– CE1.7. Se han identificado las normas deontológicas de la profesión.

– CE1.8. Se han descrito los puestos de trabajo con sus funciones y responsabilidades.

– CE1.9. Se ha organizado el trabajo en equipo, distribuyendo tareas y horarios.

– CE1.10. Se ha organizado la agenda de trabajo del establecimiento.

– CE1.11. Se han especificado los parámetros del plan de calidad.

– CE1.12. Se han descrito los contenidos que incluye un manual de procedimientos.

– CE1.13. Se han identificado las pautas de atención a la clientela.

– CE1.14. Se han elaborado encuestas para evaluar el grado de satisfacción.

– CE1.15. Se han elaborado propuestas para la gestión de sugerencias, quejas y reclamaciones.

• RA2. Selecciona los medios y los equipos para el análisis estético facial y corporal, y describe sus características, sus técnicas y sus indicaciones.

– CE2.1. Se han determinado los medios y los equipos para el análisis facial.

– CE2.2. Se han caracterizado los equipos para el análisis corporal.

– CE2.3. Se han especificado las características técnicas de los equipos de análisis.

– CE2.4. Se han reconocido las indicaciones de los equipos.

– CE2.5. Se han establecido los criterios de elección de los medios que haya que utilizar.

– CE2.6. Se han determinado las medidas de mantenimiento, higiene y calidad para el uso de los equipos de análisis.

– CE2.7. Se han seguido las pautas de aplicación de los medios y de los equipos.

• RA3. Aplica los procedimientos de análisis facial y corporal, utilizando los medios específicos.

– CE3.1. Se han determinado los elementos del procedimiento de trabajo para el análisis facial y corporal.

– CE3.2. Se ha establecido la secuencia.

– CE3.3. Se han seleccionado los medios.

– CE3.4. Se han aplicado los equipos y los medios de análisis.

– CE3.5. Se han justificado las recomendaciones previas a la realización del análisis.

– CE3.6. Se han relacionado las características cutáneas con las alteraciones estéticas, tras la observación.

– CE3.7. Se han interpretado los datos obtenidos una vez realizada la exploración.

– CE3.8. Se ha cumplimentado la ficha técnica.

– CE3.9. Se han establecido las pautas de información de los resultados y la propuesta de tratamiento tras el estudio estético.

• RA4. Diseña los protocolos de tratamientos faciales y corporales y determina la secuencia de las fases de actuación.

– CE4.1. Se han establecido las bases para el diseño de los procedimientos de tratamientos estéticos.

– CE4.2. Se han determinado los elementos que forman parte de un protocolo de tratamiento estético.

– CE4.3. Se han identificado las fases.

– CE4.4. Se han especificado y se han elaborado los protocolos estéticos de tratamiento facial de hidratación, de alteraciones (de la secreción sebácea, la pigmentación y la vascularización), de ojos, cuello y labios, del envejecimiento cutáneo etc.

– CE4.5. Se han especificado y se han elaborado los protocolos estéticos de tratamientos corporales de adiposidades localizadas y celulitis, de flaccidez y elastosis de estrías, de alteraciones de la circulación periférica etc., según sus indicaciones.

– CE4.6. Se han determinado y se han elaborado los procedimientos especiales de tratamiento de alteraciones estéticas de los senos, del embarazo y del posparto.

• RA5. Determina los cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de medicina y cirugía estética, y selecciona técnicas y materiales.

– CE5.1. Se han caracterizado los tratamientos médico-quirúrgicos con repercusión estética.

– CE5.2. Se han especificado los cuidados estéticos previos y posteriores a una intervención de medicina estética.

– CE5.3. Se han seleccionado los cuidados y los tratamientos correspondientes a las actuaciones estéticas prequirúrgicas y posquirúrgicas.

– CE5.4. Se han identificado las necesidades cutáneas después de un tratamiento médico-quirúrgico.

– CE5.5. Se han identificado los cuidados estéticos necesarios en pacientes oncológicos.

– CE5.6. Se han identificado los cuidados estéticos en clientes con necesidades específicas (diabéticos, con movilidad limitada etc.).

– CE5.7. Se han relacionado los medios y las técnicas con las necesidades estéticas.

– CE5.8. Se ha pautado la secuencia del protocolo.

• RA6. Diseña tratamientos estéticos nuevos analizando la tecnología innovadora adecuada al proceso.

– CE6.1. Se ha elaborado un plan de análisis de mercado de innovaciones estéticas.

– CE6.2. Se ha valorado el uso de medios de información y documentación.

– CE6.3. Se han relacionado las características de las nuevas técnicas con los tratamientos estéticos.

– CE6.4. Se han reconocido las propiedades de los nuevos materiales y accesorios.

– CE6.5. Se ha justificado el empleo de nuevos principios activos.

– CE6.6. Se ha valorado la viabilidad de la inclusión de tecnología avanzada.

– CE6.7. Se ha determinado el protocolo del tratamiento innovador.

1.8.2.2. Contenidos básicos.

BC1. Gestión de la documentación.

• Documentación utilizada. Ficha técnica y comercial de la clientela.

• Información técnica de equipos, aparatos y cosméticos utilizados.

• Normas deontológicas.

• Documentación generada: antecedentes estéticos; ficha técnica, artística y comercial de la clientela; protocolos personalizados; consentimiento informado; informes emitidos a diferentes profesionales; fichas de evaluación del servicio y documentación suministrada a la clientela. Sistemas de archivo.

• Normativa del sector.

• Organización del trabajo: del personal (distribución del trabajo y de horarios) y de la agenda de trabajo.

• Protocolo de calidad.

– Elaboración del plan de calidad.

– Aplicación de los criterios en todas las fases del proceso.

– Manuales de procedimientos.

– Técnicas de corrección de las desviaciones.

– Atención a la clientela.

– Encuestas de satisfacción.

– Tratamiento de quejas, sugerencias y reclamaciones.

BC2. Selección de medios y equipos para el análisis facial y corporal.

• Medios y equipos para el análisis facial: descripción, tipos, características, normas de uso, indicaciones, precauciones y criterios de selección.

• Medios y equipos para el análisis corporal: descripción, tipos, características, normas de uso, indicaciones, precauciones y criterios de selección.

• Mantenimiento, seguridad e higiene en los equipos de análisis.

BC3. Aplicación del procedimiento de diagnóstico estético.

• Concepto de diagnóstico estético.

• Fases del análisis: entrevista, examen visual por observación directa o indirecta, y exploración (métodos; exploraciones complementarias). Relación de las características cutáneas con las alteraciones estéticas, tras la observación.

• Diseño de protocolos de análisis facial.

• Diseño de protocolos de análisis corporal. Estudio por zonas, toma de medidas y valoración global.

• Realización del análisis estético: preparación del área de trabajo, selección de medios y productos, interpretación y toma de datos, formalización de documentación e informe valorativo.

• Información a la clientela sobre el diagnóstico profesional y propuesta de tratamiento.

BC4. Diseño de protocolos estéticos de tratamientos faciales y corporales.

• Bases para el diseño de los protocolos de tratamiento estético.

• Elementos: proceso, secuencia, temporalización, y medios técnicos, cosmetológicos y manuales. Criterios de evaluación de resultados.

• Fases del protocolo del tratamiento: estudio de la zona; selección y preparación de los medios técnicos; preparación de la piel; núcleo del tratamiento; finalización del tratamiento; asesoramiento profesional.

• Tratamientos estéticos faciales: concepto, fundamentos, diseño, fases y criterios de clasificación. Protocolos de tratamiento de las alteraciones de la hidratación, de la secreción sebácea, de la vascularización y de la pigmentación, así como de tratamiento de ojos, cuello y labios, y del envejecimiento.

• Protocolos de los tratamientos corporales: concepto, fundamentos, diseño, fases y criterios de clasificación. Protocolos para adiposidades localizadas y celulitis, para flaccidez y elastosis, para estrías, para alteraciones de la circulación periférica, para el cuidado de los senos y para el embarazo y posparto.

BC5. Determinación de los cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de medicina y cirugía estética.

• Estética postraumática y posquirúrgica.

• Técnicas médico-estéticas faciales y corporales con intervenciones quirúrgicas o sin ellas: tipos y descripción; sustancias, materiales y equipos. Relación con los tratamientos estéticos: indicaciones, contraindicaciones y precauciones.

• Diseño de protocolos de tratamientos anteriores y posteriores de medicina y cirugía estética.

• Cuidados en pacientes oncológicos y clientes con necesidades específicas (diabéticos, con movilidad limitada etc.).

BC6. Diseño de tratamientos innovadores.

• Análisis del mercado: medios de información (revistas, internet etc.).

• Uso de las tecnologías de la información y de la comunicación, y de programas actualizados.

• Innovaciones técnicas, manuales y cosmetológicas en el campo de la estética.

• Análisis de materiales, equipos y principios activos: características nuevas.

• Ventajas e inconvenientes de la introducción de nuevos tratamientos.

• Diseño de tratamientos nuevos.

• Valoración de la viabilidad en el campo de la estética.

1.8.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación de soporte necesaria para desempeñar las funciones de elaboración de protocolos normalizados relacionados con el diagnóstico y los tratamientos estéticos.

Las funciones de elaboración de protocolos de diagnóstico y de tratamientos estéticos faciales y corporales en el ámbito laboral incluyen los siguientes aspectos:

– Organización y diseño de la documentación necesaria para la realización de las actividades propias de un salón de belleza.

– Aplicación del conocimiento de la anatomía, la fisiología y la patología del órgano cutáneo y de sus anexos.

– Diseño de los protocolos de tratamiento.

– Interpretación de los informes médicos y de diferentes profesionales.

– Realización de técnicas de innovación basadas en la actualización profesional.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en el desarrollo de los tratamientos estéticos faciales y corporales en centros de belleza o centros de técnicas hidrotermales, y en centros sanitarios.

La formación del módulo contribuye a lograr los objetivos generales b), f), q) y r) del ciclo formativo, y las competencias b), e) y ñ).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo se relacionan con:

– Identificación de las estructuras anatómicas macroscópicas y microscópicas que forman la piel y sus anexos, así como de sus aspectos fisiológicos y patológicos.

– Utilización de esquemas y cuadros de síntesis para la recopilación de los datos diagnósticos.

– Propuesta de pautas para la realización de los protocolos de tratamientos estéticos faciales y corporales.

– Aplicación de los protocolos de calidad en la elaboración de la documentación.

1.9. Módulo profesional: Cosmética Aplicada a Estética y Bienestar.

• Equivalencia en créditos ECTS: 9.

• Código: MP0752.

• Duración: 187 horas.

1.9.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Reconoce los fundamentos de la química cosmética y determina los componentes de un cosmético, para lo que analiza sus características y su capacidad de penetración en la piel.

– CE1.1. Se han clasificado las sustancias y las mezclas químicas según su composición, el pH o las reacciones químicas que establezcan.

– CE1.2. Se ha especificado la función de los principios activos, los excipientes y los aditivos en los cosméticos.

– CE1.3. Se ha establecido la diferencia entre composición cuantitativa y cualitativa.

– CE1.4. Se han caracterizado los componentes externos del cosmético.

– CE1.5. Se han establecido las indicaciones que deban figurar en el etiquetado del producto.

– CE1.6. Se han identificado las sustancias prohibidas y las restringidas.

– CE1.7. Se han identificado las características y las funciones de las sustancias más utilizadas en la elaboración de un cosmético.

– CE1.8. Se ha analizado la reglamentación técnico-sanitaria de productos cosméticos.

– CE1.9. Se ha identificado la composición general utilizando el código INCI y la parte externa de un cosmético comercial.

– CE1.10. Se ha analizado la presencia de las siliconas cosméticas y otros excipientes actuales en las preparaciones cosméticas.

– CE1.11. Se han identificado las técnicas extractivas y los principios activos de la fitocosmética.

– CE1.12. Se han identificado las vías y el grado de penetración de los cosméticos en la piel, y los factores que influyen en ellos.

– CE1.13. Se ha vinculado el empleo de los vectores cosméticos con el aumento de la eficacia de los principios activos que transportan.

• RA2. Prepara productos cosméticos organizando las operaciones de elaboración, y reconoce los sistemas dispersos.

– CE2.1. Se han establecido las diferencias entre sistemas dispersos homogéneos y heterogéneos.

– CE2.2. Se han distinguido los componentes de las disoluciones, los factores que afectan a la solubilidad y el modo de expresar su concentración.

– CE2.3. Se han identificado las fases y las propiedades de las suspensiones y de las suspensiones coloidales.

– CE2.4. Se han clasificado los tensoactivos y se ha analizado su función.

– CE2.5. Se han clasificado las emulsiones en función de la composición de sus fases.

– CE2.6. Se han especificado las formas de presentación de los cosméticos.

– CE2.7. Se ha reconocido la importancia del tipo de envase en la determinación de la forma cosmética.

– CE2.8. Se han identificado las sustancias, los materiales y las técnicas para la elaboración de una fórmula cosmética.

– CE2.9. Se han especificado las partes de una fórmula cosmética (composición cuantitativa, modus operandi y características de sus ingredientes).

– CE2.10. Se han preparado fórmulas de cosméticos en el laboratorio.

– CE2.11. Se han seguido los protocolos de limpieza e higiene del material y de los equipos necesarios para la fabricación y el envasado de mezclas y cosméticos sencillos, en condiciones de salud.

– CE2.12. Se han aplicado las medidas higiénico-sanitarias del personal en el laboratorio necesarias para la fabricación y la manipulación de mezclas de compuestos y cosméticos sencillos, en condiciones de salud.

– CE2.13. Se han eliminado selectivamente los residuos generados.

• RA3. Contrasta las líneas cosméticas del mercado, para lo que analiza las propiedades de cada grupo cosmético.

– CE3.1. Se ha relacionado la composición de los productos con su forma cosmética y con el mecanismo de acción.

– CE3.2. Se han establecido las diferencias entre los cosméticos de higiene.

– CE3.3. Se han comprobado los tipos de exfoliantes con el modo de actuar de sus ingredientes activos.

– CE3.4. Se han relacionado las mascarillas con su composición y con la forma cosmética.

– CE3.5. Se ha identificado el modo de actuar de los principios activos de los cosméticos hidratantes, así como su mantenimiento y su protección.

– CE3.6. Se han relacionado los principios activos solares con su mecanismo de actuación.

– CE3.7. Se han establecido los efectos de diferentes cosméticos de tratamiento.

– CE3.8. Se han detallado los principios activos de los cosméticos de tratamiento estético.

– CE3.9. Se ha especificado el mecanismo de acción en función de los componentes que incorporan.

• RA4. Caracteriza las nuevas tendencias del sector, para lo que analiza las innovaciones cosméticas y cosméticos especiales.

– CE4.1. Se han detectado las nuevas tendencias del mercado cosmético.

– CE4.2. Se ha valorado el empleo del perfume en la sociedad actual.

– CE4.3. Se ha establecido la finalidad de los cosméticos que se emplean en técnicas de electroestética.

– CE4.4. Se han señalado los componentes, los efectos, las indicaciones y las precauciones de los materiales que se emplean para el relleno y las infiltraciones en medicina y en cirugía estética.

– CE4.5. Se han identificado las técnicas estéticas contraindicadas en usuarios de tratamiento médico con bótox o materiales de relleno.

– CE4.6. Se ha valorado el uso de la nutricosmética como tratamiento complementario a los tratamientos estéticos.

– CE4.7. Se ha relacionado la composición química de los principios activos de reciente incorporación a los cosméticos con sus efectos y sus indicaciones.

– CE4.8. Se ha vinculado el empleo de los nuevos excipientes con el aumento de la eficacia de los principios activos que transportan.

• RA5. Dispone los cosméticos en los establecimientos de venta y controla las condiciones de seguridad e higiene.

– CE5.1. Se han identificado los tipos de establecimiento de venta de cosméticos.

– CE5.2. Se han establecido las características del márketing aplicado a la venta de cosméticos.

– CE5.3. Se ha relacionado la disposición del producto y las técnicas de merchandising con las ventas.

– CE5.4. Se han especificado las normas de almacenamiento, conservación y manipulación de los cosméticos.

– CE5.5. Se han identificado los factores que afectan a la estabilidad de los productos cosméticos.

– CE5.6. Se ha seguido la normativa sobre gestión de residuos.

– CE5.7. Se han analizado los proveedores de cosméticos y las marcas comerciales a través de las técnicas de la información y de la comunicación.

– CE5.8. Se ha especificado la legislación sobre venta y conservación de productos cosméticos.

• RA6. Planifica actuaciones de asesoramiento cosmético, utilizando técnicas de comunicación y márketing.

– CE6.1. Se han programado las fases del protocolo de asesoramiento cosmético.

– CE6.2. Se ha relacionado el estudio estético previo y las características de la persona usuaria con el asesoramiento profesional de cosméticos.

– CE6.3. Se han establecido los criterios de selección de los cosméticos.

– CE6.4. Se ha señalado el modo de empleo y las precauciones de uso.

– CE6.5. Se han desarrollado las pautas para la realización de un asesoramiento directo.

– CE6.6. Se han establecido las etapas para el diseño de una campaña promocional.

– CE6.7. Se han detallado las fases en la realización de una demostración profesional.

– CE6.8. Se han establecido las pautas para la realización artículos especializados de asesoría cosmética.

– CE6.9. Se han determinado las fases de la venta y las características del personal vendedor.

1.9.2. Contenidos básicos.

BC1. Selección de los componentes de un cosmético.

• Clasificación de las sustancias y las mezclas químicas que intervienen en los cosméticos según su composición, el pH y las reacciones químicas que establezcan.

• Concepto de cosmético.

• Composición general: principios activos, excipientes y aditivos.

• Composición cualitativa y cuantitativa. Código INCI.

• Parte externa del cosmético: elementos, recipientes, envase exterior, prospecto y etiqueta. Importancia del diseño para la venta. Embalado.

• Etiquetado.

• Sustancias prohibidas y restringidas en los cosméticos.

• Análisis de la reglamentación técnico-sanitaria de productos cosméticos.

• Sustancias empleadas frecuentemente en los cosméticos: agua, grasas, tensoactivos, siliconas cosméticas etc.

• Fitocosmética y métodos extractivos.

• Actuación de los cosméticos sobre la piel: penetrabilidad y factores que influyen en ella. Vectores cosméticos.

BC2. Preparación de cosméticos.

• Sistemas dispersos homogéneos y heterogéneos.

• Disoluciones, suspensiones y emulsiones.

• Formas cosméticas: tipos y características.

• Laboratorio cosmético.

– Equipos y material de laboratorio.

– Técnicas empleadas en preparación de cosméticos.

– Fórmula cosmética: ingredientes y composición cuantitativa.

– Envasado.

– Ejemplos de preparación de cosméticos: emulsiones, geles etc.

– Protocolos de limpieza e higiene del material y de los equipos necesarios para la fabricación y el envasado de mezclas y cosméticos sencillos, en condiciones de salud.

– Aplicación de las medidas higiénico-sanitarias del personal en el laboratorio necesarias para realizar los procesos de preparación de mezclas de compuestos y cosméticos sencillos, en condiciones de salud.

– Gestión de residuos.

BC3. Identificación de las líneas cosméticas del mercado.

• Clasificación de los cosméticos: criterios de clasificación.

• Grupos cosméticos:

– Cosméticos de higiene: concepto de higiene. Sustancias limpiadoras: clasificación composición, mecanismo de acción y formas de presentación.

– Cosméticos de hidratación, mantenimiento y protección de la piel: concepto de hidratación cutánea, principios activos, clasificación y composición.

– Cosméticos solares. Protección para antes y después del sol. Composición básica: filtros físicos, químicos y biológicos.

– Cosméticos de tratamiento estético: composición, mecanismo de acción, criterios de clasificación y formas de presentación.

– Cosméticos para la eliminación y el camuflaje del vello; cosméticos complementarios de las distintas técnicas.

– Cosméticos para el maquillaje y bronceadores exógenos.

– Pigmentos y colorantes para micropigmentación.

BC4. Cosméticos especiales y componentes innovadores.

• Perfumes: concepto, composición, esencias empleadas en perfumería y tipos.

• Cosmética de aplicación en electroestética: composición, mecanismo de acción, criterios de clasificación y formas de presentación. Clasificación.

• Cosméticos para técnicas de efecto mecánico: de equipos de masaje por vibración, ultrasonidos, microvibradores de alta frecuencia (peeling ultrasónico), brossage, compresor, presoterapia, vacuumterapia, dermoaspiración etc.

• Cosméticos para técnicas de aplicación de corrientes eléctricas: corriente galvánica y corrientes variables de baja, media y alta frecuencia.

• Cosméticos para termoterapia y crioterapia.

• Cosméticos para técnicas de fototerapia de aplicación en estética.

• Cosmética específica para medicina estética: materiales de relleno, bótox y mesoterapia.

• Nutricosmética: componentes principales, efectos e indicaciones, criterios de clasificación y formas de presentación.

• Componentes especiales e innovaciones en cosmética: principios activos de nueva generación y nuevos excipientes.

BC5. Organización de los cosméticos en los establecimientos.

• Establecimientos de venta de cosméticos.

– Tipos de minoristas y características.

– Espacio de venta de los cosméticos: criterios de distribución; soportes y mobiliario; disposición del producto en el lineal; elementos de merchandising y publicidad.

• Seguridad e higiene de productos cosméticos:

– Rotación del producto.

– Conservación de productos cosméticos: estabilidad y alteraciones.

– Normas de almacenamiento y manipulación.

– Normativa sobre almacenamiento y recogida de productos cosméticos contaminados y alterados.

• Aprovisionamiento: proveedores y marcas.

• Aspectos de la reglamentación técnico-sanitaria de productos cosméticos relativos a la venta.

• Derechos y protección del consumidor.

BC6. Planificación del asesoramiento cosmético.

• Elementos del plan del asesoramiento: elaboración de protocolos estandarizados. Identificación y detección de las necesidades y demandas de la persona usuaria. Criterios de selección de cosméticos y sus marcas. Conocimientos técnicos y profesionales del producto. Análisis de las tendencias.

• Técnicas de asesoramiento de productos cosméticos:

– Asesoramiento directo, y a través de medios internos y externos.

– Promoción de venta.

– Demostraciones técnicas de cosméticos: ferias de muestra profesionales.

– Revistas profesionales.

• Asesoría de venta de productos cosméticos:

– Fases y técnicas de venta.

– Características del asesor de venta.

– Resolución de quejas y reclamaciones.

1.9.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de reconocer, seleccionar, manipular, conservar, vender y asesorar sobre productos cosméticos.

La definición de estas funciones incluye aspectos como:

– Organización de los cosméticos en los establecimientos.

– Gestión del aprovisionamiento.

– Análisis los grupos cosméticos existentes en el mercado y las innovaciones cosméticas.

– Selección, manipulación y conservación de cosméticos.

– Comercialización de productos cosméticos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– Personalización de los tratamientos a través de los fitocosméticos y aceites esenciales.

– Asesoramiento técnico sobre cuidados estéticos con cosméticos.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), f) y n) del ciclo formativo, y las competencias a), b) y e).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Estudio y comparación de los componentes de un cosmético.

– Caracterización de las formas de presentación.

– Preparación de fórmulas cosméticas.

– Identificación de las líneas cosméticas del mercado.

– Identificación de innovaciones en el sector.

– Organización de los cosméticos en los establecimientos de venta.

– Organización de campañas promocionales y publicitarias.

– Planificación del asesoramiento cosmético.

1.10. Módulo profesional: Tratamientos Estéticos Integrales.

• Equivalencia en créditos ECTS: 8.

• Código: MP0753.

• Duración: 139 horas.

1.10.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

•  RA1. Pone en práctica pautas de atención a la clientela aplicando técnicas comerciales.

– CE1.1. Se han reconocido las fases del protocolo de atención a la clientela desde la recepción hasta la despedida.

– CE1.2. Se han establecido las normas sobre la higiene, la indumentaria y la imagen del personal.

– CE1.3. Se han obtenido los indicadores de calidad en el proceso de atención a la clientela.

– CE1.4. Se han relacionado las características de los servicios de imagen personal con las medidas de atención a la clientela.

– CE1.5. Se han especificado las secuencias de actuación en la creación de nuevos tratamientos estéticos.

– CE1.6. Se han caracterizado los medios de publicidad y comunicación internos y externos en una empresa de estética.

– CE1.7. Se han seleccionado los instrumentos de promoción de productos y servicios estéticos.

– CE1.8. Se han establecido las etapas para el diseño de una campaña de promoción.

– CE1.9. Se han determinado las fases de la venta.

• RA2. Gestiona y organiza las instalaciones, los medios técnicos y materiales y los recursos humanos, integrando los elementos de la red logística del establecimiento.

– CE2.1. Se han identificado los elementos que constituyen la red logística de la empresa: proveedores, clientes, sistemas de producción y/o comercialización, almacenamiento etc.

– CE2.2. Se han establecido las condiciones medioambientales en la zona de trabajo.

– CE2.3. Se han identificado los puestos de trabajo en los establecimientos estéticos.

– CE2.4. Se han establecido los criterios para la asignación efectiva de actividades a cada puesto de trabajo.

– CE2.5. Se ha caracterizado el control de existencias de cosméticos y materiales que se emplean en los tratamientos estéticos.

– CE2.6. Se ha elaborado un sistema de gestión de compras, proveedores y mantenimiento.

– CE2.7. Se han especificado las características y los elementos que conforman el área de desinfección.

– CE2.8. Se ha proyectado un plan de limpieza, higiene y desinfección.

• RA3. Realiza el examen estético aplicando procedimientos de análisis y técnicas de comunicación.

– CE3.1. Se han descrito los datos de la ficha técnica.

– CE3.2. Se han reconocido las pautas de los protocolos de acomodación.

– CE3.3. Se ha establecido un cuestionario para la obtención de datos que tienen relevancia en el análisis estético.

– CE3.4. Se ha reconocido la actitud y la aptitud profesional como factor de calidad de los servicios estéticos.

– CE3.5. Se han analizado las variables que determinan un protocolo personalizado.

– CE3.6. Se han distinguido, se han seleccionado y se han aplicado las técnicas para el análisis estético de la zona que se vaya a tratar.

• RA4. Elabora el tratamiento estético personalizado y justifica la selección de los medios y sus interacciones.

– CE4.1. Se han establecido los criterios de clasificación de los tratamientos integrales.

– CE4.2. Se han determinado los medios y los recursos necesarios.

– CE4.3. Se han establecido los criterios de selección de los equipos técnicos y accesorios.

– CE4.4. Se han identificado las características de las técnicas manuales y su forma de aplicación.

– CE4.5. Se han identificado las pautas de preparación y manipulación de los cosméticos.

– CE4.6. Se han identificado las incompatibilidades y los efectos sinérgicos entre las técnicas que se integran en los tratamientos.

– CE4.7. Se ha justificado el protocolo de aplicación de los tratamientos personalizados.

– CE4.8. Se han tenido en cuenta las necesidades y demandas de la clientela en el diseño del protocolo personalizado.

• RA5. Aplica protocolos personalizados de tratamientos estéticos faciales y corporales coordinando las técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

– CE5.1. Se han determinado pautas de información a la clientela sobre el tratamiento estético, las técnicas, los efectos y las sensaciones.

– CE5.2. Se ha justificado la acomodación y la protección de la clientela según criterios de confortabilidad y seguridad.

– CE5.3. Se han identificado las posturas, los movimientos y las actitudes que haya que adoptar durante la ejecución del tratamiento.

– CE5.4. Se han aplicado las técnicas previas al tratamiento según el protocolo establecido.

– CE5.5. Se ha justificado la elección de programas y parámetros de las técnicas que se vayan a emplear.

– CE5.6. Se ha establecido la secuencia del tratamiento, combinando las técnicas electroestéticas, manuales y cosmetológicas seleccionadas.

– CE5.7. Se han establecido técnicas de finalización del tratamiento (protección, maquillaje etc.).

– CE5.8. Se han determinado las pautas de asesoramiento.

– CE5.9. Se han relacionado las recomendaciones cosméticas con los cuidados personales fuera de la cabina.

• RA6. Planifica la aplicación de cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de cirugía y medicina estética, siguiendo el procedimiento personalizado.

– CE6.1. Se han interpretado los informes y la prescripción médica.

– CE6.2. Se ha caracterizado la acomodación y las medidas de protección personal y de la clientela en los procesos de tratamientos anteriores y posteriores a la medicina estética.

– CE6.3. Se han reconocido los efectos que producen las técnicas de los tratamientos anteriores y posteriores a la medicina estética.

– CE6.4. Se han justificado las posturas, los movimientos y las actitudes que se deban mantener durante la ejecución del tratamiento.

– CE6.5. Se han identificado las técnicas previas.

– CE6.6. Se ha aplicado el tratamiento anterior a la medicina estética según el protocolo establecido, combinando las técnicas y los tratamientos de hidratación, regeneración, mejora de la elasticidad, vascularización etc., en condiciones de higiene y seguridad.

– CE6.7. Se ha aplicado el tratamiento posterior a la medicina estética según el protocolo establecido, combinando las técnicas electroestéticas, cosmetológicas y manuales en condiciones de higiene y seguridad.

– CE6.8. Se han planificado medidas de evaluación de resultados.

• RA7. Evalúa y valora los resultados de los servicios de estética, y propone medidas de corrección.

– CE7.1. Se han identificado los aspectos que serán evaluados por ser determinantes en la calidad del servicio prestado.

– CE7.2. Se han identificado las principales causas que pueden dar lugar a deficiencias en el servicio prestado.

– CE7.3. Se han planteado preguntas tipo que permitan detectar el grado de satisfacción de la clientela, tanto por el resultado final obtenido como por la atención personal recibida.

– CE7.4. Se han propuesto medidas correctoras para mejorar los servicios prestados y mejorar el grado de satisfacción de las personas usuarias.

– CE7.5. Se han realizado supuestos prácticos de valoración de los resultados.

– CE7.6. Se ha identificado el proceso que hay que seguir ante una reclamación.

1.10.2. Contenidos básicos.

BC1. Implantación de pautas de atención a la clientela.

• Atención a la clientela: protocolo de atención en cada fase del proceso.

• Imagen y profesionalidad: la imagen del personal como imagen de empresa.

• Tratamientos integrales como servicios estéticos: características y tipos.

• Aplicación de técnicas de publicidad y promoción de ventas: las campañas promocionales.

• Estrategias comerciales en la venta de tratamientos integrales: fases.

• Aplicación de técnicas de venta.

BC2. Gestión de instalaciones, medios técnicos y materiales.

• Cabina de estética para tratamientos de estética integral: ambientación.

• Definición de puestos: asignación de recursos y tareas; programación de actividades; control de agenda.

• Logística y almacenamiento: control de existencias; criterios para el almacenamiento y la conservación de cosméticos, utillaje y materiales. Compras: selección de proveedores y planificación de las compras.

• Gestión del mantenimiento de equipos técnicos empleados en tratamientos de estética.

• Higiene y desinfección aplicadas la tratamientos de estética integral. Área de desinfección: criterios de selección y aplicación de técnicas para la higiene, la desinfección y la esterilización de equipos y útiles usados en los tratamientos de estética integral. Gestión de residuos.

BC3. Realización del análisis estético.

• Documentación técnica. Ficha técnica e historial estético. Protección de datos. Archivo o fichero de la documentación.

• Interpretación de la documentación profesional.

• Aplicación de protocolos de acomodación de la persona usuaria: actitud profesional.

• Aplicación de técnicas de comunicación: entrevista.

• Aplicación de protocolos de técnicas de análisis de alteraciones estéticas.

• Análisis estético personalizado para tratamientos de estética integral: análisis de demandas y expectativas de la clientela.

BC4. Diseño de tratamientos estéticos personalizados.

• Clasificación de tratamientos: según la zona corporal (facial, corporal, senos etc.), la alteración (deshidratación, flaccidez, obesidad, celulitis, acné etc.), el tipo de piel (seca, grasa etc.), el efecto deseado (reafirmante, antiestrés, despigmentante etc.), la situación fisiológica (embarazo, postparto, envejecimiento etc.), los equipos empleados (radiofrecuencia, IPL, láser etc.), el sexo, el márketing (efecto lifting, satén) etc.

• Criterios de selección de técnicas manuales y equipos empleados en tratamientos estéticos faciales y corporales.

• Criterios de selección de cosméticos indicados para tratamientos integrales: pautas de preparación y manipulación, y métodos de aplicación.

• Criterios de integración de los medios técnicos, manuales y cosmetológicos: efectos sumativos (sinergía) y antagónicos (incompatibilidades entre los medios).

• Protocolos personalizados de tratamientos de estética integral: interpretación de los datos obtenidos del análisis estético y de los informes profesionales. Adecuación a las necesidades, a las demandas y a las características de la clientela. Elementos del protocolo personalizado.

BC5. Ejecución de tratamientos estéticos integrales.

• Información técnica a la clientela sobre el proceso.

• Técnicas previas: preparación de la zona.

• Organización de la ejecución de tratamientos faciales y corporales personalizados. Particularidades del protocolo personalizado: secuencia de técnicas, regulación de parámetros y temporalización.

• Asesoramiento posterior al tratamiento: pautas de vida saludable, posibles efectos secundarios y precauciones. Pautas de aplicación de cosméticos de uso personal.

BC6. Planificación de la aplicación de cuidados estéticos anteriores y posteriores a los tratamientos de cirugía y medicina estética.

• Interpretación de informes y prescripción médica.

• Tratamientos y técnicas específicas en cuidados estéticos previos y posteriores a la medicina estética: tipos. Diseño del protocolo personalizado. Indicaciones y contraindicaciones.

• Procesos de ejecución de tratamientos y técnicas específicas en cuidados estéticos previos y posteriores a la medicina estética: combinación de técnicas manuales, cosmetológicas y electroestéticas; fases del proceso; precauciones.

BC7. Valoración de la calidad de los servicios de estética y bienestar.

• Principales causas de las deficiencias en los servicios estéticos básicos.

• Técnicas para detectar el grado de satisfacción de la clientela.

• Técnicas para corregir las desviaciones producidas en los servicios de estética y bienestar.

• Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

1.10.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de aplicación de tratamientos de estética integral.

La formación contenida en este módulo se aplica a diversas funciones e incluye aspectos relacionados con:

– Recepción y atención a la clientela.

– Identificación de alteraciones estéticas.

– Diseño de protocolos personalizados de tratamientos estéticos.

– Selección y aplicación de técnicas cosmetológicas, manuales y electroestéticas.

– Aplicación de normas de higiene, desinfección y esterilización.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en procesos de ejecución de:

– Diseño de protocolos personalizados.

– Tratamientos de estética facial y corporal.

– Técnicas específicas en cuidados estéticos previos y posteriores a la cirugía estética.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), d), e), f), n), ñ), o), r), t), u), v) y w) del ciclo formativo, y las competencias c), d), e), k), l), m), ñ), p), q) y r).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Protocolos de atención a la clientela.

– Ejecución de técnicas de análisis estético.

– Coordinación de técnicas cosmetológicas, manuales y electroestéticas.

– Información y asesoramiento previo y posterior al tratamiento.

1.11. Módulo profesional: Proyecto de Estética Integral y Bienestar.

• Equivalencia en créditos ECTS: 5.

• Código: MP0754.

• Duración: 26 horas.

1.11.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Identifica necesidades del sector productivo en relación con proyectos tipo que las puedan satisfacer.

– CE1.1. Se han clasificado las empresas del sector por sus características organizativas y el tipo de producto o servicio que ofrecen.

– CE1.2. Se han caracterizado las empresas tipo y se ha indicado su estructura organizativa y las funciones de cada departamento.

– CE1.3. Se han identificado las necesidades más demandadas a las empresas.

– CE1.4. Se han valorado las oportunidades de negocio previsibles en el sector.

– CE1.5. Se ha identificado el tipo de proyecto requerido para dar respuesta a las demandas previstas.

– CE1.6. Se han determinado las características específicas requeridas al proyecto.

– CE1.7. Se han determinado las obligaciones fiscales, laborales y de prevención de riesgos, y sus condiciones de aplicación.

– CE1.8. Se han identificado las ayudas y las subvenciones para la incorporación de nuevas tecnologías de producción o de servicio que se propongan.

– CE1.9. Se ha elaborado el guión de trabajo a seguir en la elaboración del proyecto.

• RA2. Diseña proyectos relacionados con las competencias expresadas en el título, en donde incluye y desarrolla las fases que lo componen.

– CE2.1. Se ha recopilado información relativa a los aspectos que se vayan a tratar en el proyecto.

– CE2.2. Se ha realizado el estudio de la viabilidad técnica del proyecto.

– CE2.3. Se han identificado las fases o las partes del proyecto, así como su contenido.

– CE2.4. Se han establecido los objetivos buscados y se ha identificado su alcance.

– CE2.5. Se han previsto los recursos materiales y personales necesarios para realizar el proyecto.

– CE2.6. Se ha realizado el presupuesto correspondiente.

– CE2.7. Se han identificado las necesidades de financiación para la puesta en marcha del proyecto.

– CE2.8. Se ha definido y se ha elaborado la documentación necesaria para su diseño.

– CE2.9. Se han identificado los aspectos que se deben controlar para garantizar la calidad del proyecto.

• RA3. Planifica la puesta en práctica o la ejecución del proyecto, para lo que determina el plan de intervención y la documentación asociada.

– CE3.1. Se ha establecido la secuencia de actividades ordenadas en función de las necesidades de puesta en práctica.

– CE3.2. Se han determinado los recursos y la logística necesarios para cada actividad.

– CE3.3. Se han identificado las necesidades de permisos y autorizaciones para llevar a cabo las actividades.

– CE3.4. Se han determinado los procedimientos de actuación o ejecución de las actividades.

– CE3.5. Se han identificado los riesgos inherentes a la puesta en práctica y se ha definido el plan de prevención de riesgos, así como los medios y los equipos necesarios.

– CE3.6. Se ha planificado la asignación de recursos materiales y humanos, y los tiempos de ejecución.

– CE3.7. Se ha hecho la valoración económica que dé respuesta a las condiciones de la puesta en práctica.

– CE3.8. Se ha definido y se ha elaborado la documentación necesaria para la puesta en práctica o ejecución.

• RA4. Define los procedimientos para el seguimiento y el control en la ejecución del proyecto, y justifica la selección de las variables y de los instrumentos empleados.

– CE4.1. Se ha definido el procedimiento de evaluación de las actividades o intervenciones.

– CE4.2. Se han definido los indicadores de calidad para realizar la evaluación.

– CE4.3. Se ha definido el procedimiento para la evaluación de las incidencias que se puedan presentar durante la realización de las actividades, así como su solución y su registro.

– CE4.4. Se ha definido el procedimiento para gestionar los cambios en los recursos y en las actividades, incluyendo el sistema para su registro.

– CE4.5. Se ha definido y se ha elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las actividades y del proyecto.

– CE4.6. Se ha establecido el procedimiento para la participación en la evaluación de las personas usuarias o de la clientela, y se han elaborado los documentos específicos.

– CE4.7. Se ha establecido un sistema para garantizar el cumplimento del pliego de condiciones del proyecto, cuando éste exista.

• RA5. Elabora y expone el informe del proyecto realizado, y justifica el procedimiento seguido.

– CE5.1. Se han enunciado los objetivos del proyecto.

– CE5.2. Se ha descrito el proceso seguido para la identificación de las necesidades de las empresas del sector.

– CE5.3. Se ha descrito la solución adoptada a partir de la documentación generada en el proceso de diseño.

– CE5.4. Se han distribuido las actividades en las que se divide la ejecución del proyecto.

– CE5.5. Se han justificado las decisiones tomadas de planificación de la ejecución del proyecto.

– CE5.6. Se han justificado las decisiones tomadas de seguimiento y control en la ejecución del proyecto.

– CE5.7. Se han planteado las conclusiones del trabajo realizado en relación con las necesidades del sector productivo.

– CE5.8. Se han planteado, en su caso, propuestas de mejora.

– CE5.9. Se han realizado, en su caso, las aclaraciones solicitadas en la exposición.

– CE5.10. Se han empleado herramientas informáticas para la presentación de los resultados.

1.11.2. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo complementa la formación de otros módulos profesionales en las funciones de análisis del contexto, diseño y organización de la intervención, y planificación de su evaluación.

La función de análisis del contexto incluye las subfunciones de recopilación de información, identificación y establecimiento de prioridades de necesidades, e identificación de los aspectos que faciliten o dificulten el desarrollo de la intervención.

La función de diseño de la intervención tiene como objetivo establecer las líneas generales de ésta para dar respuesta a las necesidades detectadas, definiéndolo en todos sus aspectos. Incluye las subfunciones de definición o adaptación de la intervención, establecimiento de la secuencia y de las prioridades de las acciones, planificación de la intervención, determinación de recursos, planificación de la evaluación, y diseño de documentación y del plan de atención a la clientela.

La función de organización de la intervención incluye las funciones de detección de demandas y necesidades, programación, gestión, coordinación y supervisión de la intervención, y elaboración de informes.

Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se desarrollan en el sector de la estética y de la imagen personal.

Se fomentará y se valorará la creatividad, el espíritu crítico y la capacidad de innovación en los procesos realizados, así como la adaptación de la formación recibida en supuestos laborales y en nuevas situaciones.

El equipo docente ejercerá la tutoría de las siguientes fases de realización del trabajo, que se realizarán fundamentalmente de modo no presencial: estudio de las necesidades del sector productivo, diseño, planificación, y seguimiento de la ejecución del proyecto.

La exposición del informe, que realizará todo el alumnado, es parte esencial del proceso de evaluación y se defenderá ante el equipo docente.

Por sus propias características, la formación del módulo se relaciona con todos los objetivos generales del ciclo y con todas las competencias profesionales, personales y sociales siguientes, excepto en lo relativo a la puesta en práctica de diversos aspectos de la intervención diseñada.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo están relacionadas con:

– Ejecución de trabajos en equipo.

– Autoevaluación del trabajo realizado.

– Autonomía e iniciativa.

– Uso de las TIC.

1.12. Módulo profesional: Formación y Orientación Laboral.

• Equivalencia en créditos ECTS: 5.

• Código: MP0755.

• Duración: 107 horas.

1.12.1. Unidad formativa 1: Prevención de Riesgos Laborales.

• Código: MP0755_12.

• Duración: 45 horas.

1.12.1.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Reconoce los derechos y las obligaciones de las personas trabajadoras y empresarias relacionados con la seguridad y la salud laboral.

– CE1.1. Se han relacionado las condiciones laborales con la salud de la persona trabajadora.

– CE1.2. Se han distinguido los principios de la acción preventiva que garantizan el derecho a la seguridad y a la salud de las personas trabajadoras.

– CE1.3. Se ha apreciado la importancia de la información y de la formación como medio para la eliminación o la reducción de los riesgos laborales.

– CE1.4. Se han comprendido las actuaciones adecuadas ante situaciones de emergencia y riesgo laboral grave e inminente.

– CE1.5. Se han valorado las medidas de protección específicas de personas trabajadoras sensibles a determinados riesgos, así como las de protección de la maternidad y la lactancia, y de menores.

– CE1.6. Se han analizado los derechos a la vigilancia y protección de la salud en el sector de cuidados de la imagen personal.

– CE1.7. Se ha asumido la necesidad de cumplir las obligaciones de las personas trabajadoras en materia de prevención de riesgos laborales.

• RA2. Evalúa las situaciones de riesgo derivadas de su actividad profesional analizando las condiciones de trabajo y los factores de riesgo más habituales del sector de cuidados de la imagen personal.

– CE2.1. Se han determinado las condiciones de trabajo con significación para la prevención en los entornos de trabajo relacionados con el perfil profesional de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE2.2. Se han clasificado los factores de riesgo en la actividad y los daños derivados de ellos.

– CE2.3. Se han clasificado y se han distribuido los tipos de daños profesionales, con especial referencia a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, relacionados con el perfil profesional de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE2.4. Se han identificado las situaciones de riesgo más habituales en los entornos de trabajo de las personas con la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE2.5. Se ha llevado a cabo la evaluación de riesgos en un entorno de trabajo real o simulado relacionado con el sector de actividad.

• RA3. Participa en la elaboración de un plan de prevención de riesgos e identifica las responsabilidades de todos los agentes implicados.

– CE3.1. Se ha valorado la importancia de los hábitos preventivos en todos los ámbitos y en todas las actividades de la empresa.

– CE3.2. Se han clasificado los modos de organización de la prevención en la empresa en función de los criterios establecidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

– CE3.3. Se han determinado los modos de representación de las personas trabajadoras en la empresa en materia de prevención de riesgos.

– CE3.4. Se han identificado los organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

– CE3.5. Se ha valorado la importancia de la existencia de un plan preventivo en la empresa que incluya la secuencia de actuaciones a realizar en caso de emergencia.

– CE3.6. Se ha establecido el ámbito de una prevención integrada en las actividades de la empresa, y se han determinado las responsabilidades y las funciones de cada uno.

– CE3.7. Se ha definido el contenido del plan de prevención en un centro de trabajo relacionado con el sector profesional de la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE3.8. Se ha proyectado un plan de emergencia y evacuación para una pequeña o mediana empresa del sector de actividad del título.

• RA4. Determina las medidas de prevención y protección en el entorno laboral de la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE4.1. Se han definido las técnicas y las medidas de prevención y de protección que se deben aplicar para evitar o disminuir los factores de riesgo, o para reducir sus consecuencias en el caso de materializarse.

– CE4.2. Se ha analizado el significado y el alcance de la señalización de seguridad de diversos tipos.

– CE4.3. Se han seleccionado los equipos de protección individual (EPI) adecuados a las situaciones de riesgo encontradas.

– CE4.4. Se han analizado los protocolos de actuación en caso de emergencia.

– CE4.5. Se han identificado las técnicas de clasificación de personas heridas en caso de emergencia, en donde existan víctimas de diversa gravedad.

– CE4.6. Se han identificado las técnicas básicas de primeros auxilios que se deben aplicar en el lugar del accidente ante daños de diversos tipos, así como la composición y el uso del botiquín.

1.12.1.2. Contenidos básicos.

BC1. Derechos y obligaciones en seguridad y salud laboral.

• Relación entre trabajo y salud. Influencia de las condiciones de trabajo sobre la salud.

• Conceptos básicos de seguridad y salud laboral.

• Análisis de los derechos y de las obligaciones de las personas trabajadoras y empresarias en prevención de riesgos laborales.

• Actuación responsable en el desarrollo del trabajo para evitar las situaciones de riesgo en su entorno laboral.

• Protección de personas trabajadoras especialmente sensibles a determinados riesgos.

BC2. Evaluación de riesgos profesionales.

• Análisis de factores de riesgo ligados a condiciones de seguridad, ambientales, ergonómicas y psicosociales.

• Determinación de los daños a la salud de la persona trabajadora que se pueden derivar de las condiciones de trabajo y de los factores de riesgo detectados.

• Riesgos específicos en el sector de cuidados de la imagen personal en función de las probables consecuencias, del tiempo de exposición y de los factores de riesgo implicados.

• Evaluación de los riesgos encontrados en situaciones potenciales de trabajo en el sector de cuidados de la imagen personal.

BC3. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa.

• Gestión de la prevención en la empresa: funciones y responsabilidades.

• Órganos de representación y participación de las personas trabajadoras en prevención de riesgos laborales.

• Organismos estatales y autonómicos relacionados con la prevención de riesgos.

• Planificación de la prevención en la empresa.

• Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.

• Elaboración de un plan de emergencia en una empresa del sector.

• Participación en la planificación y en la puesta en práctica de los planes de prevención.

BC4. Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa.

• Medidas de prevención y protección individual y colectiva.

• Protocolo de actuación ante una situación de emergencia.

• Aplicación de las técnicas de primeros auxilios.

• Actuación responsable en situaciones de emergencias y primeros auxilios.

1.12.2. Unidad formativa 2: Equipos de Trabajo, Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, y Búsqueda de Empleo.

• Código: MP0755_22.

• Duración: 62 horas.

1.12.2.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Participa responsablemente en equipos de trabajo eficientes que contribuyan a la consecución de los objetivos de la organización.

– CE1.1. Se han identificado los equipos de trabajo en situaciones de trabajo relacionadas con el perfil de técnico superior en Estética Integral y Bienestar y se han valorado sus ventajas sobre el trabajo individual.

– CE1.2. Se han determinado las características del equipo de trabajo eficaz frente a las de los equipos ineficaces.

– CE1.3. Se han adoptado responsablemente los papeles asignados para la eficiencia y la eficacia del equipo de trabajo.

– CE1.4. Se han empleado adecuadamente las técnicas de comunicación en el equipo de trabajo para recibir y transmitir instrucciones y coordinar las tareas.

– CE1.5. Se han determinado procedimientos para la resolución de los conflictos identificados en el seno del equipo de trabajo.

– CE1.6. Se han aceptado de forma responsable las decisiones adoptadas en el seno del equipo de trabajo.

– CE1.7. Se han analizado los objetivos alcanzados por el equipo de trabajo en relación con los objetivos establecidos, y con la participación responsable y activa de sus miembros.

• RA2. Identifica los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, y los reconoce en diferentes situaciones de trabajo.

– CE2.1. Se han identificado el ámbito de aplicación las fuentes y los principios de aplicación del derecho del trabajo.

– CE2.2. Se han distinguido los principales organismos que intervienen en las relaciones laborales.

– CE2.3. Se han identificado los elementos esenciales de un contrato de trabajo.

– CE2.4. Se han analizado las principales modalidades de contratación y se han identificado las medidas de fomento de la contratación para determinados colectivos.

– CE2.5. Se han valorado los derechos y las obligaciones que se recogen en la normativa laboral.

– CE2.6. Se han determinado las condiciones de trabajo pactadas en el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, las condiciones habituales en el sector profesional relacionado con el título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE2.7. Se han valorado las medidas establecidas por la legislación para la conciliación de la vida laboral y familiar, y para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

– CE2.8. Se ha analizado el recibo de salarios y se han identificado los principales elementos que lo integran.

– CE2.9. Se han identificado las causas y los efectos de la modificación, la suspensión y la extinción de la relación laboral.

– CE2.10. Se han identificado los órganos de representación de las personas trabajadoras en la empresa.

– CE2.11. Se han analizado los conflictos colectivos en la empresa y los procedimientos de solución.

– CE2.12. Se han identificado las características definitorias de los nuevos entornos de organización del trabajo.

• RA3. Determina la acción protectora del sistema de la seguridad social ante las contingencias cubiertas, e identifica las clases de prestaciones.

– CE3.1. Se ha valorado el papel de la seguridad social como pilar esencial del estado social y para la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.

– CE3.2. Se ha delimitado el funcionamiento y la estructura del sistema de seguridad social.

– CE3.3. Se han identificado, en un supuesto sencillo, las bases de cotización de una persona trabajadora y las cuotas correspondientes a ella y a la empresa.

– CE3.4. Se han determinado las principales prestaciones contributivas de seguridad social, sus requisitos y su duración, y se ha realizado el cálculo de su cuantía en algunos supuestos prácticos.

– CE3.5. Se han determinado las posibles situaciones legales de desempleo en supuestos prácticos sencillos, y se ha realizado el cálculo de la duración y de la cuantía de una prestación por desempleo de nivel contributivo básico.

• RA4. Planifica su itinerario profesional seleccionando alternativas de formación y oportunidades de empleo a lo largo de la vida.

– CE4.1. Se han valorado las propias aspiraciones, motivaciones, actitudes y capacidades que permitan la toma de decisiones profesionales.

– CE4.2. Se ha tomado conciencia de la importancia de la formación permanente como factor clave para la empleabilidad y la adaptación a las exigencias del proceso productivo.

– CE4.3. Se han valorado las oportunidades de formación y empleo en otros estados de la Unión Europea.

– CE4.4. Se ha valorado el principio de no-discriminación y de igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo.

– CE4.5. Se han diseñado los itinerarios formativos profesionales relacionados con el perfil profesional de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE4.6. Se han determinado las competencias y las capacidades requeridas para la actividad profesional relacionada con el perfil del título, y se ha seleccionado la formación precisa para mejorarlas y permitir una adecuada inserción laboral.

– CE4.7. Se han identificado las principales fuentes de empleo y de inserción laboral para las personas con la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

– CE4.8. Se han empleado adecuadamente las técnicas y los instrumentos de búsqueda de empleo.

– CE4.9. Se han previsto las alternativas de autoempleo en los sectores profesionales relacionados con el título.

1.12.2.2. Contenidos básicos.

BC1. Gestión del conflicto y equipos de trabajo.

• Diferenciación entre grupo y equipo de trabajo.

• Valoración de las ventajas y los inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la organización.

• Equipos en el sector de cuidados de la imagen personal según las funciones que desempeñen.

• Dinámicas de grupo.

• Equipos de trabajo eficaces y eficientes.

• Participación en el equipo de trabajo: desempeño de papeles, comunicación y responsabilidad.

• Conflicto: características, tipos, causas y etapas.

• Técnicas para la resolución o la superación del conflicto.

BC2. Contrato de trabajo.

• Derecho del trabajo.

• Organismos públicos (administrativos y judiciales) que intervienen en las relaciones laborales.

• Análisis de la relación laboral individual.

• Derechos y deberes derivados de la relación laboral.

• Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional de la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

• Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación.

• Análisis de las principales condiciones de trabajo: clasificación y promoción profesional, tiempo de trabajo, retribución etc.

• Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

• Sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales.

• Representación de las personas trabajadoras en la empresa.

• Conflictos colectivos.

• Nuevos entornos de organización del trabajo.

BC3. Seguridad social, empleo y desempleo.

• La seguridad social como pilar del estado social.

• Estructura del sistema de seguridad social.

• Determinación de las principales obligaciones de las personas empresarias y de las trabajadoras en materia de seguridad social.

• Protección por desempleo.

• Prestaciones contributivas de la seguridad social.

BC4. Búsqueda activa de empleo.

• Conocimiento de los propios intereses y de las propias capacidades formativo-profesionales.

• Importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y profesional de las personas con la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

• Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.

• Itinerarios formativos relacionados con la titulación de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

• Definición y análisis del sector profesional del título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar.

• Proceso de toma de decisiones.

• Proceso de búsqueda de empleo en el sector de actividad.

• Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo.

1.12.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para que el alumnado se pueda insertar laboralmente y desarrollar su carrera profesional en el sector de cuidados de la imagen personal.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales p), q), r), s), u) e y) del ciclo formativo, y las competencias n), ñ), o), q) y t).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Manejo de las fuentes de información para la elaboración de itinerarios formativo-profesionalizadores, en especial en lo referente al sector de cuidados de la imagen personal.

– Puesta en práctica de técnicas activas de búsqueda de empleo:

– Realización de pruebas de orientación y dinámicas sobre las propias aspiraciones, competencias y capacidades.

– Manejo de fuentes de información, incluidos los recursos de internet para la búsqueda de empleo.

– Preparación y realización de cartas de presentación y currículos (se potenciará el empleo de otros idiomas oficiales en la Unión Europea en el manejo de información y elaboración del currículum Europass).

– Familiarización con las pruebas de selección de personal, en particular la entrevista de trabajo.

– Identificación de ofertas de empleo público a las que se puede acceder en función de la titulación, y respuesta a su convocatoria.

– Formación de equipos en el aula para la realización de actividades mediante el empleo de técnicas de trabajo en equipo.

– Estudio de las condiciones de trabajo del sector de cuidados de la imagen personal a través del manejo de la normativa laboral, de los contratos más comúnmente utilizados y del convenio colectivo de aplicación en el sector de cuidados de la imagen personal.

– Superación de cualquier forma de discriminación en el acceso al empleo y en el desarrollo profesional.

– Análisis de la normativa de prevención de riesgos laborales que le permita la evaluación de los riesgos derivados de las actividades desarrolladas en el sector productivo, así como la colaboración en la definición de un plan de prevención para la empresa y de las medidas necesarias para su puesta en práctica.

El correcto desarrollo de este módulo exige la disposición de medios informáticos con conexión a internet y que por lo menos dos sesiones de trabajo semanales sean consecutivas.

1.13. Módulo profesional: Empresa e Iniciativa Emprendedora.

• Equivalencia en créditos ECTS: 4.

• Código: MP0756.

• Duración: 53 horas.

1.13.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Desarrolla su espíritu emprendedor identificando las capacidades asociadas a él y definiendo ideas emprendedoras caracterizadas por la innovación y la creatividad.

– CE1.1. Se ha identificado el concepto de innovación y su relación con el progreso de la sociedad y el aumento en el bienestar de los individuos.

– CE1.2. Se ha analizado el concepto de cultura emprendedora y su importancia como dinamizador del mercado laboral y fuente de bienestar social.

– CE1.3. Se ha valorado la importancia de la iniciativa individual, la creatividad, la formación, la responsabilidad y la colaboración como requisitos indispensables para tener éxito en la actividad emprendedora.

– CE1.4. Se han analizado las características de las actividades emprendedoras en el sector de cuidados de la imagen personal.

– CE1.5. Se ha valorado el concepto de riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora.

– CE1.6. Se han valorado ideas emprendedoras caracterizadas por la innovación, por la creatividad y por su factibilidad.

– CE1.7. Se ha decidido a partir de las ideas emprendedoras una determinada idea de negocio del ámbito de la estética integral y el bienestar, que servirá de punto de partida para la elaboración del proyecto empresarial.

– CE1.8. Se ha analizado la estructura de un proyecto empresarial y se ha valorado su importancia como paso previo a la creación de una pequeña empresa.

• RA2. Decide la oportunidad de creación de una pequeña empresa para el desarrollo de la idea emprendedora, previo análisis de la relación entre la empresa y el entorno, del proceso productivo, de la organización de los recursos humanos y de los valores culturales y éticos.

– CE2.1. Se ha valorado la importancia de las pequeñas y medianas empresas en el tejido empresarial gallego.

– CE2.2. Se ha analizado el impacto ambiental de la actividad empresarial y la necesidad de introducir criterios de sostenibilidad en los principios de actuación de las empresas.

– CE2.3. Se han identificado los principales componentes del entorno general que rodea la empresa y, en especial, en los aspectos tecnológico, económico, social, ambiental, demográfico y cultural.

– CE2.4. Se ha apreciado la influencia en la actividad empresarial de las relaciones con la clientela, con proveedores, con las administraciones públicas, con las entidades financieras y con la competencia como principales integrantes del entorno específico.

– CE2.5. Se han determinado los elementos del entorno general y específico de una pequeña o mediana empresa de Estética Integral y Bienestar en función de su posible ubicación.

– CE2.6. Se ha analizado el fenómeno de la responsabilidad social de las empresas y su importancia como un elemento de la estrategia empresarial.

– CE2.7. Se ha valorado la importancia del balance social de una empresa relacionada con la estética integral y el bienestar y se han distribuido los principales costes sociales en que incurren estas empresas, así como los beneficios sociales que producen.

– CE2.8. Se han identificado, en empresas de estética integral y bienestar, prácticas que incorporen valores éticos y sociales.

– CE2.9. Se han definido los objetivos empresariales incorporando valores éticos y sociales.

– CE2.10. Se han analizado los conceptos de cultura empresarial y de comunicación e imagen corporativas, así como su relación con los objetivos empresariales.

– CE2.11. Se han distribuido las actividades y los procesos básicos que se realizan en una empresa de estética integral y bienestar, y se han delimitado las relaciones de coordinación y dependencia dentro del sistema empresarial.

– CE2.12. Se ha elaborado un plan de empresa que incluya la idea de negocio, la ubicación, la organización del proceso productivo y de los recursos necesarios, la responsabilidad social y el plan de márketing.

• RA3. Selecciona la forma jurídica teniendo en cuenta las implicaciones legales asociadas y el proceso para su constitución y puesta en marcha.

– CE3.1. Se ha analizado el concepto de persona empresaria, así como los requisitos que se precisan para desarrollar la actividad empresarial.

– CE3.2. Se han analizado las formas jurídicas de la empresa y se han determinado las ventajas y las desventajas de cada una en relación con su idea de negocio.

– CE3.3. Se ha valorado la importancia de las empresas de economía social en el sector de cuidados de la imagen personal.

– CE3.4. Se ha especificado el grado de responsabilidad legal de las personas propietarias de la empresa en función de la forma jurídica elegida.

– CE3.5. Se ha diferenciado el tratamiento fiscal establecido para cada forma jurídica de empresa.

– CE3.6. Se han identificado los trámites exigidos por la legislación para la constitución de una pequeña o mediana empresa en función de su forma jurídica.

– CE3.7. Se han identificado las vías de asesoramiento y gestión administrativa externas a la hora de poner en marcha una pequeña o mediana empresa.

– CE3.8. Se han analizado las ayudas y subvenciones para la creación y puesta en marcha de empresas de estética integral y bienestar teniendo en cuenta su ubicación.

– CE3.9. Se ha incluido en el plan de empresa información relativa a la elección de la forma jurídica, los trámites administrativos, las ayudas y las subvenciones.

• RA4. Realiza actividades de gestión administrativa y financiera básica de una pequeña o mediana empresa, identifica las principales obligaciones contables y fiscales, y cumplimenta la documentación.

– CE4.1. Se han analizado los conceptos básicos de contabilidad, así como las técnicas de registro de la información contable: activo, pasivo, patrimonio neto, ingresos, gastos y cuentas anuales.

– CE4.2. Se han distribuido las técnicas básicas de análisis de la información contable, en especial en lo referente al equilibrio de la estructura financiera y a la solvencia, a la liquidez y a la rentabilidad de la empresa.

– CE4.3. Se han definido las obligaciones fiscales (declaración censal, IAE, liquidaciones trimestrales, resúmenes anuales etc.) de una pequeña y de una mediana empresa relacionada con la estética integral y el bienestar, y se han diferenciado los tipos de impuestos en el calendario fiscal (liquidaciones trimestrales y liquidaciones anuales).

– CE4.4. Se ha cumplimentado con corrección, mediante procesos informáticos, la documentación básica de carácter comercial y contable (notas de pedido, albaranes, facturas, recibos, cheques, pagarés y letras de cambio) para una pequeña y una mediana empresa de estética integral y bienestar, y se han distribuido los circuitos que recorre esa documentación en la empresa.

– CE4.5. Se ha elaborado el plan financiero y se ha analizado la viabilidad económica y financiera del proyecto empresarial.

1.13.2. Contenidos básicos.

BC1. Iniciativa emprendedora.

• Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en la actividad de estética integral y bienestar (materiales, tecnología, organización de la producción etc.).

• La cultura emprendedora en la Unión Europea, en España y en Galicia.

• Factores clave de las personas emprendedoras: iniciativa, creatividad, formación, responsabilidad y colaboración.

• La actuación de las personas emprendedoras en el sector de cuidados de la imagen personal.

• El riesgo como factor inherente a la actividad emprendedora.

• Valoración del trabajo por cuenta propia como fuente de realización personal y social.

• Ideas emprendedoras: fuentes de ideas, maduración y evaluación de estas.

• Proyecto empresarial: importancia y utilidad, estructura y aplicación en el ámbito de estética integral y bienestar.

BC2. La empresa y su entorno.

• La empresa como sistema: concepto, funciones y clasificaciones.

• Análisis del entorno general de una pequeña o mediana empresa de estética integral y bienestar: aspectos tecnológico, económico, social, ambiental, demográfico y cultural.

• Análisis del entorno específico de una pequeña o mediana empresa de estética integral y bienestar: clientes, proveedores, administraciones públicas, entidades financieras y competencia.

• Ubicación de la empresa.

• La persona empresaria. Requisitos para el ejercicio de la actividad empresarial.

• Responsabilidad social de la empresa y compromiso con el desarrollo sostenible.

• Cultura empresarial, y comunicación e imagen corporativas.

• Actividades y procesos básicos en la empresa. Organización de los recursos disponibles. Externalización de actividades de la empresa.

• Descripción de los elementos y estrategias del plan de producción y del plan de márketing.

BC3. Creación y puesta en marcha de una empresa.

• Formas jurídicas de las empresas.

• Responsabilidad legal del empresariado.

• La fiscalidad de la empresa como variable para la elección de la forma jurídica.

• Proceso administrativo de constitución y puesta en marcha de una empresa.

• Vías de asesoramiento para la elaboración de un proyecto empresarial y para la puesta en marcha de la empresa.

• Ayudas y subvenciones para la creación de una empresa de estética integral y bienestar.

• Plan de empresa: elección de la forma jurídica, trámites administrativos, y gestión de ayudas y subvenciones.

BC4. Función administrativa.

• Análisis de las necesidades de inversión y de las fuentes de financiación de una pequeña y de una mediana empresa en el sector de cuidados de la imagen personal.

• Concepto y nociones básicas de contabilidad: activo, pasivo, patrimonio neto, ingresos, gastos y cuentas anuales.

• Análisis de la información contable: equilibrio de la estructura financiera y ratios financieras de solvencia, liquidez y rentabilidad de la empresa.

• Plan financiero: estudio de la viabilidad económica y financiera.

• Obligaciones fiscales de una pequeña y de una mediana empresa.

• Ciclo de gestión administrativa en una empresa de estética integral y bienestar: documentos administrativos y documentos de pago.

• Cuidado en la elaboración de la documentación administrativo-financiera.

1.13.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desarrollar la propia iniciativa en el ámbito empresarial, tanto hacia el autoempleo como hacia la asunción de responsabilidades y funciones en el empleo por cuenta ajena.

La formación del módulo permite alcanzar los objetivos generales q), r) y x) del ciclo formativo, y las competencias ñ) y s).

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Manejo de las fuentes de información sobre el sector de las empresas de estética integral y bienestar, incluyendo el análisis de los procesos de innovación sectorial en marcha.

– Realización de casos y dinámicas de grupo que permitan comprender y valorar las actitudes de las personas emprendedoras y ajustar su necesidad al sector de cuidados de la imagen personal.

– Utilización de programas de gestión administrativa y financiera para pequeñas y medianas empresas del sector.

– Realización de un proyecto empresarial relacionado con la actividad de estética integral y bienestar compuesto por un plan de empresa y un plan financiero y que incluya todas las facetas de puesta en marcha de un negocio.

El plan de empresa incluirá los siguientes aspectos: maduración de la idea de negocio, ubicación, organización de la producción y de los recursos, justificación de su responsabilidad social, plan de márketing, elección de la forma jurídica, trámites administrativos, y ayudas y subvenciones.

El plan financiero incluirá el plan de tesorería, la cuenta de resultados provisional y el balance previsional, así como el análisis de su viabilidad económica y financiera.

Es aconsejable que el proyecto empresarial se vaya realizando conforme se desarrollen los contenidos relacionados en los resultados de aprendizaje.

El correcto desarrollo de este módulo exige la disposición de medios informáticos con conexión a internet y que por lo menos dos sesiones de trabajo sean consecutivas.

1.14. Módulo profesional: Formación en Centros de Trabajo.

• Equivalencia en créditos ECTS: 22.

• Código: MP0757.

• Duración: 384 horas.

1.14.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Identifica la estructura y la organización de la empresa en relación con la producción y la comercialización de los productos que obtiene.

– CE1.1. Se ha identificado la estructura organizativa de la empresa y las funciones de cada área.

– CE1.2. Se ha comparado la estructura de la empresa con las organizaciones empresariales tipo del sector.

– CE1.3. Se han identificado los elementos que constituyen la red logística de la empresa: proveedores, clientes, sistemas de producción y almacenamiento etc.

– CE1.4. Se han identificado los procedimientos de trabajo en el desarrollo de la prestación de servicio.

– CE1.5. Se han valorado las competencias necesarias de los recursos humanos para el desarrollo óptimo de la actividad.

– CE1.6. Se ha valorado la idoneidad de las canales de difusión más frecuentes en esta actividad.

• RA2. Aplica hábitos éticos y laborales en el desarrollo de su actividad profesional de acuerdo con las características del puesto de trabajo y con los procedimientos establecidos en la empresa.

– CE2.1. Se ha reconocido y se ha justificado:

– Disponibilidad personal y temporal necesarias en el puesto de trabajo.

– Actitudes personales (puntualidad, empatía etc.) y profesionales (orden, limpieza, responsabilidad etc.) necesarias para el puesto de trabajo.

– Requisitos actitudinales ante la prevención de riesgos en la actividad profesional.

– Requisitos actitudinales referidos a la calidad en la actividad profesional.

– Actitudes relacionales con el propio equipo de trabajo y con la jerarquía establecida en la empresa.

– Actitudes relacionadas con la documentación de las actividades realizadas en el ámbito laboral.

– Necesidades formativas para la inserción y la reinserción laboral en el ámbito científico y técnico del buen hacer profesional.

– CE2.2. Se han identificado las normas de prevención de riesgos laborales y los aspectos fundamentales de la ley de prevención de riesgos laborales de aplicación en la actividad profesional.

– CE2.3. Se han aplicado los equipos de protección individual según los riesgos de la actividad profesional y las normas de la empresa.

– CE2.4. Se ha mantenido una actitud de respeto por el medio ambiente en las actividades desarrolladas.

– CE2.5. Se han mantenido organizados, limpios y libres de obstáculos el puesto de trabajo y el área correspondiente al desarrollo de la actividad.

– CE2.6. Se ha responsabilizado del trabajo asignado, y ha interpretado y ha cumplido las instrucciones recibidas.

– CE2.7. Se ha establecido una comunicación eficaz con la persona responsable en cada situación y con los miembros del equipo.

– CE2.8. Se ha coordinado con el resto del equipo y ha comunicado las incidencias relevantes.

– CE2.9. Se ha valorado la importancia de la actividad propia y la necesidad de adaptación a los cambios de tareas.

– CE2.10. Se ha responsabilizado de la aplicación de las normas y procedimientos en el desarrollo del trabajo propio.

• RA3. Organiza las actividades relacionadas con los servicios estéticos y colabora en la elaboración de protocolos.

– CE3.1. Se han interpretado las instrucciones recibidas del tutor en la empresa y se han comunicado las desviaciones detectadas.

– CE3.2. Se ha valorado la propia imagen personal como imagen de empresa, cuidando aspectos como la higiene personal, el maquillaje, el peinado y la indumentaria.

– CE3.3. Se han manejado diferentes tipos de información y de documentación utilizada y generada a lo largo del proceso comercial.

– CE3.4. Se ha colaborado en la logística y en el aprovisionamiento de productos y materiales utilizados en los servicios ofrecidos por la empresa.

– CE3.5. Se han gestionado los ficheros de clientes, productos y proveedores.

– CE3.6. Se han interpretado los protocolos de comunicación y atención a la clientela en todas las fases del proceso, desde la acogida, la recepción telefónica o la presencial hasta la despedida.

– CE3.7. Se ha organizado la agenda de manera manual o informatizada.

– CE3.8. Se ha colaborado en la elaboración de protocolos de análisis y tratamiento, teniendo en cuenta los medios disponibles en la empresa.

– CE3.9. Se ha gestionado el mantenimiento de las instalaciones y de los equipos utilizados en estética, especialmente los relacionados con las técnicas de hidroterapia, electroestética, depilación y bronceado artificial.

– CE3.10. Se ha trabajado en equipo en los planes de la empresa, mostrando iniciativa e interés.

• RA4. Personaliza la ejecución de protocolos de tratamientos faciales y corporales, para lo que selecciona los medios y las técnicas según un estudio estético previo.

– CE4.1. Se han preparado las instalaciones comprobando que los equipos y los accesorios cumplan los requisitos de seguridad exigidos por la normativa.

– CE4.2. Se ha establecido el tratamiento después de un estudio estético.

– CE4.3. Se han seleccionado medios y productos en función de la técnica que se vaya a emplear.

– CE4.4. Se han aplicado las técnicas previas al tratamiento (desmaquillado, exfoliado etc.).

– CE4.5. Se ha realizado el tratamiento facial o corporal en el tiempo y en la forma adecuados.

– CE4.6. Se han aplicado las técnicas manuales de masaje o drenaje estético, según las características de la persona y de la zona que haya que tratar.

– CE4.7. Se han realizado tratamientos correctores decorativos según técnicas de visagismo.

– CE4.8. Se han interpretado los procedimientos estéticos antes y después de tratamientos de cirugía y medicina estética.

– CE4.9. Se ha informado sobre los cuidados y las precauciones para potenciar el resultado.

– CE4.10. Se ha cumplimentado la documentación técnica relativa a las características de la clientela, al estudio estético y a los procedimientos empleados.

• RA5. Aplica técnicas de depilación mecánica y avanzada, bajo supervisión, para lo que selecciona la técnica según las necesidades de la clientela.

– CE5.1. Se han preparado las instalaciones y se ha acomodado a la persona.

– CE5.2. Se han reconocido las características pilosas y de la piel para determinar la técnica de depilación apropiada.

– CE5.3. Se han seleccionado los equipos, el utillaje y los cosméticos.

– CE5.4. Se han realizado las operaciones previas necesarias para la depilación mecánica y avanzada.

– CE5.5. Se han regulado los parámetros de los equipos de depilación eléctrica y de fototermólisis selectiva.

– CE5.6. Se han realizado las depilaciones mecánicas y avanzadas, bajo supervisión.

– CE5.7. Se ha justificado la importancia de la periodicidad del tratamiento para mejorar resultados.

– CE5.8. Se ha asegurado sobre los cuidados posteriores para evitar la aparición de efectos no deseados.

– CE5.9. Se ha cumplimentado la ficha técnica y el documento de consentimiento informado.

– CE5.10. Se han adoptado las medidas de higiene, seguridad, prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.

• RA6. Desarrolla y aplica procesos de estética hidrotermal, organizando los equipos de trabajo, los materiales y los medios técnicos.

– CE6.1. Se han identificado las contraindicaciones a estos procesos a través de cuestionarios, de un estudio estético previo y de los informes de diferentes profesionales.

– CE6.2. Se ha reconocido el proceso y la secuencia de actuaciones en el tratamiento hidrotermal.

– CE6.3. Se han establecido las pautas para una correcta circulación de la clientela a través de los circuitos termales.

– CE6.4. Se han preparado el área de trabajo, los medios técnicos y los cosméticos termales.

– CE6.5. Se han especificado los mecanismos de aviso al personal ante una contingencia.

– CE6.6. Se han seleccionado los parámetros (temperatura, presión, tiempo etc.) en función de la técnica que se vaya a aplicar y de las condiciones de la clientela.

– CE6.7. Se han aplicado técnicas de estética hidrotermal y de cosmética termal.

– CE6.8. Se ha supervisado el proceso y se ha controlado el estado de la clientela durante él.

– CE6.9. Se han aplicado las medidas de higiene y desinfección según la legislación.

• RA7. Asesora y vende productos y servicios relacionados con su puesto de trabajo, desarrollando técnicas de márketing.

– CE7.1. Se han identificado los tipos de productos y servicios que ofrece la empresa.

– CE7.2. Se ha mantenido con los usuarios un comportamiento profesional propio de una empresa de servicio.

– CE7.3. Se han analizado y se han seguido las técnicas de venta más habituales en la empresa.

– CE7.4. Se han identificado las técnicas de merchandising utilizadas en el local para fomentar las compras.

– CE7.5. Se ha establecido con el usuario un lenguaje técnico para informar y asesorar sobre los hábitos, productos y servicios estéticos ofrecidos.

– CE7.6. Se han puesto en marcha los procedimientos de resolución de reclamaciones y quejas.

Este módulo profesional contribuye a completar las competencias de este título y los objetivos generales del ciclo, tanto los que se hayan alcanzado en el centro educativo como los de difícil consecución en él.

2. Anexo II.

A) Espacios mínimos.

Espacio formativo

Superficie en m2

(30 alumnos/as)

Superficie en m2

(20 alumnos/as)

Grado de utilización

Aula polivalente.

60

40

30 %

Talleres de estética.

120

90

50 %

Laboratorio de cosmetología y perfumería.

90

60

10 %

Aula taller de estética hidrotermal.

90

60

10 %

• La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria podrá autorizar unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos y alumnas, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

• El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas en el centro educativo, por un grupo de alumnado, respecto a la duración total de éstas.

• En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnado que curse el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

• En cualquier caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

B) Equipamientos mínimos.

Equipamiento

– Equipos audiovisuales. Cámara de vídeo y fotográfica.

– Equipos informáticos en red y con conexión a internet. Software.

– Mobiliario adecuado para cada espacio.

– Material y equipos básicos de laboratorio químico.

– Maniquí clástico y modelos anatómicos.

– Tocadores con estantería y espejos con luz alrededor.

– Sillones específicos de maquillaje modificables en altura y con reposacabezas.

– Camillas de masaje regulables en altura.

– Equipos para el análisis cutáneo: lupas, luz de Wood, medidor de hidratación, de la elasticidad y de la pigmentación, sebómetro y microcámara.

– Equipos para análisis corporal: tallímetro, plicómetro, medidor de índice de masa corporal y medidor de grasa corporal.

– Equipos específicos completos para la depilación mecánica y la depilación definitiva. Equipos para fotodepilación.

– Equipos para tratamientos estéticos: aparatos de vapor ozono, pulverizador y ventosas, equipo de corrientes continuas, variables, de media frecuencia y de alta frecuencia, calentador de parafina, cepillos rotatorios; equipos de ultrasonidos y cavitación, vacuumterapia y presoterapia; aparatos de termoterapia; aparatos de radiación infrarroja y equipos de electroporación.

– Equipos para la limpieza y la desinfección de utillaje, materiales y equipos: bactericida por radiaciones UVC y de calor seco; autoclave; desinfectantes químicos.

– Equipo específico completo para micropigmentación.

– Aerógrafo para autobronceado.

– Equipo específico para masaje.

– Aparatos específicos para cromoterapia.

– Equipo específico para drenaje estético.

– Equipo para el taller de estética hidrotermal. 

3. Anexo III.

A) Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de grado superior de Estética Integral y Bienestar.

Módulo profesional

Especialidad del profesorado

Cuerpo

• MP0744. Aparatos de Estética.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0745. Estética Hidrotermal.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0746. Depilación Avanzada.

Estética.

Profesorado técnico de formación profesional.

• MP0747. Masaje Estético.

Estética.

Profesorado técnico de formación profesional.

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

Estética.

Profesorado técnico de formación profesional.

• MP0749. Micropigmentación.

Estética.

Profesorado técnico de formación profesional.

• MP0750. Procesos Fisiológicos y de Higiene en Imagen Personal.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0751. Dermoestética.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0752. Cosmética Aplicada a Estética y Bienestar.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0753. Tratamientos Estéticos Integrales.

Estética.

Profesorado técnico de formación profesional.

• MP0754. Proyecto de Estética Integral y Bienestar.

Estética.

Profesorado técnico de formación profesional.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0755. Formación y Orientación Laboral.

Formación y Orientación Laboral.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

• MP0756. Empresa e Iniciativa Emprendedora.

Formación y Orientación Laboral.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria

Profesorado de enseñanza secundaria

B) Titulaciones equivalentes a efectos de docencia.

Cuerpos

Especialidades

Titulaciones

• Profesorado de enseñanza secundaria.

Formación y Orientación Laboral.

– Diplomado/a en Ciencias Empresariales.

– Diplomado/a en Relaciones Laborales.

– Diplomado/a en Trabajo Social.

– Diplomado/a en Educación Social.

– Diplomado/a en Gestión y Administración Pública.

• Profesorado técnico de formación profesional.

Estética.

– Técnico/a superior en Estética, u otros títulos equivalentes.

C) Titulaciones requeridas para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título para los centros de titularidad privada y de otras administraciones distintas de la educativa, y orientaciones para la Administración educativa.

Módulos profesionales

Titulaciones

• MP0744. Aparatos de Estética.

• MP0745. Estética Hidrotermal.

• MP0750. Procesos Fisiológicos y de Higiene en Imagen Personal.

• MP0751. Dermoestética.

• MP0752. Cosmética Aplicada a Estética y Bienestar.

• MP0755. Formación y Orientación Laboral.

• MP0756. Empresa e Iniciativa Emprendedora.

• Licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a o el título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

• MP0746. Depilación Avanzada.

• MP0747. Masaje Estético.

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

• MP0749. Micropigmentación.

• MP0753. Tratamientos Estéticos Integrales.

• MP0754. Proyecto de Estética Integral y Bienestar.

• Licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a o el título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.

• Diplomado/a, ingeniero/a técnico/a o arquitecto/a técnico/a, o el título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.

• Técnico/a superior en Estética u otros títulos equivalentes.

4. Anexo IV.

Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de técnico superior en Estética Integral y Bienestar al amparo de la Ley orgánica 2/2006.

Módulos profesionales incluidos en los ciclos formativos establecidos en la LOGSE

Módulos profesionales del ciclo formativo (LOE):

Estética Integral y Bienestar

• Electroestética.

• MP0744. Aparatos de Estética.

• Estética Hidrotermal.

• MP0745. Estética Hidrotermal.

• Depilación.

• MP0746. Depilación Avanzada.

• Masaje.

• MP0747. Masaje Estético.

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

• Microimplante de Pigmentos.

• MP0749. Micropigmentación.

• Anatomía, Fisiología y Patología Humanas Aplicadas a la Estética Integral.

• MP0750. Procesos Fisiológicos y de Higiene en Imagen Personal.

• Diagnóstico y Protocolo de Procesos de Estética Integral.

• MP0751. Dermoestética.

• Cosmetología Aplicada a la Estética Integral.

• MP0752. Cosmética aplicada a Estética y Bienestar.

• Administración, Gestión y Comercialización en la Pequeña Empresa.

• MP0756. Empresa e Iniciativa Emprendedora.

• Formación en Centro de Trabajo del Título de Técnico Superior en Estética.

• MP0757. Formación en Centros de Trabajo.

5. Anexo V.

A) Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con arreglo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas

Módulos profesionales convalidables

• UC0797_3: aplicar técnicas electroestéticas, integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

• UC0580_3: realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.

• MP0744. Aparatos de Estética.

• UC1260_3: protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.

• UC0061_3: aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.

• UC0062_3: aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.

• MP0745. Estética Hidrotermal.

• UC0581_3: realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.

• MP0746. Depilación Avanzada.

• UC0063_3: realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

• UC0792_3: asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

• MP0747. Masaje Estético.

• UC0791_3: realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

• UC0790_3: realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

• UC0067_3: realizar y supervisar procesos de micropigmentación.

• UC0064_2: preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.

• MP0749. Micropigmentación.

• UC0789_3: realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

• UC0796_3: realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

• MP0751. Dermoestética.

• UC0798_3: realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

• MP0753. Tratamientos Estéticos Integrales.

Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional: MP0752. Cosmética Aplicada a Estética y Bienestar.

B) Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación.

Módulos profesionales superados

Unidades de competencia acreditables

• MP0744. Aparatos de Estética.

• UC0797_3: aplicar técnicas electroestéticas, integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

• UC0580_3: realizar la aplicación de técnicas de bronceado artificial en condiciones de seguridad y salud.

• MP0745. Estética Hidrotermal.

• UC1260_3: protocolizar y organizar los servicios hidrotermales y complementarios.

• UC0061_3: aplicar y supervisar las técnicas hidrotermales personalizando los protocolos normalizados.

• UC0062_3: aplicar cosmética termal en los servicios hidrotermales.

• MP0746. Depilación Avanzada.

• UC0581_3: realizar la depilación definitiva y/o supervisar procesos de depilación temporal.

• MP0747. Masaje Estético.

• UC0063_3: realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

• UC0792_3: asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

• UC0791_3: realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

• UC0790_3: realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

• MP0749. Micropigmentación.

• UC0067_3: realizar y supervisar procesos de micropigmentación.

• UC0064_2: preparar los medios técnicos y personales para aplicar maquillaje integral.

• MP0751. Dermoestética.

• UC0789_3: realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

• UC0796_3: realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

• MP0753. Tratamientos Estéticos Integrales.

• UC0798_3: realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales.

6. Anexo VI.

Organización de los módulos profesionales del ciclo formativo de grado superior de Estética Integral y Bienestar para el Régimen Ordinario.

Curso

Módulo

Duración

Especialidad del profesorado

• MP0744. Aparatos de Estética.

133

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• MP0747. Masaje Estético.

240

Estética.

• MP0750. Procesos Fisiológicos y de Higiene en Imagen Personal.

133

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• MP0751. Dermoestética.

160

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• MP0752. Cosmética Aplicada a Estética y Bienestar.

187

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• MP0755. Formación y Orientación Laboral.

107

Formación y Orientación Laboral.

Total 1º

(FCE)

960

• MP0745. Estética Hidrotermal.

123

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• MP0746. Depilación Avanzada.

123

Estética.

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

87

Estética.

• MP0749. Micropigmentación.

105

Estética.

• MP0753. Tratamientos estéticos integrales.

139

Estética.

• MP0756. Empresa e Iniciativa Emprendedora.

53

Formación y Orientación Laboral.

Total 2º

(FCE)

630

• MP0754. Proyecto de Estética Integral y Bienestar.

26

Estética.

Asesoría y Procesos de Imagen Personal.

• MP0757. Formación en Centros de Trabajo.

384

7. Anexo VII.

Organización de los módulos profesionales en unidades formativas de menor duración.

Módulo profesional

Unidades formativas

Duración

• MP0746. Depilación Avanzada.

• MP0746_12. Depilación mecánica y eléctrica.

68

• MP0746_22. Fotodepilación.

55

• MP0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión.

• MP0748_12. Técnicas por presión.

30

• MP0748_22. Drenaje estético.

57

• MP0751. Dermoestética.

• MP0751_12. Piel y alteraciones cutáneas.

30

• MP0751_22. Diagnóstico y protocolo de tratamientos.

130

• MP0755. Formación y Orientación Laboral.

• MP0755_12. Prevención de riesgos laborales.

45

• MP0755_22. Equipos de trabajo, derecho del trabajo y de la seguridad social, y búsqueda de empleo.

62