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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Viernes, 24 de agosto de 2012 Pág. 33829

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 16 de julio de 2012 de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ferrol en la parcela de Hispania (antigua fábrica de lápices).

El Ayuntamiento de Ferrol remite la modificación puntual referida, solicitando su aprobación definitiva, conforme a lo previsto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Ferrol cuenta con un Plan general de ordenación municipal aprobado definitivamente en fecha 28.12.2000.

2. Los servicios municipales emitieron informes técnicos de 28.3.2007, 11.4.2007, 16.5.2007 y 22.12.2011; y jurídicos de 22.2.2006, 16.5.2007, 28.7.2009, 21.1.2010, 10.5.2010, 31.1.2011, 27.4.2011, 26.12.2011, 27.12.2011 y 20.1.2012.

3. La modificación no se sometió a informe previo a la aprobación inicial previsto en el artículo 85.1 de la LOUG, según lo dispuesto en el artículo 93.4 de la LOUG.

4. La modificación propuesta fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en sesión de 30.3.2006; y sometida a información pública por un plazo de dos meses (Diario de Ferrol y La Voz de Galicia de 20.6.2006, y DOG de 26.6.2011). Fueron presentadas cuatro alegaciones, según certificación de la Secretaría municipal emitida el 3.8.2006.

5. El Ayuntamiento en Pleno de 23.5.2007 acordó una nueva aprobación inicial, basándose en el artículo 85.8 de la LOUG; que fue sometida a información pública por un plazo de dos meses (Diario de Ferrol y La Voz de Galicia de 2.6.2009, y DOG de 9.6.2009) y notificada al ayuntamiento colindante de Narón. Fueron presentadas cuatro alegaciones, según certificación de la Secretaría municipal emitida el 17.7.2009.

6. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:

a) Dirección General de Patrimonio Cultural, favorable condicionado, de 14.6.2006. Esta dirección general informa desfavorablemente el proyecto modificado en fecha 22.2.2010, y favorablemente en fechas 9.7.2010 y 2.12.2011.

b) Dirección General de Desarrollo Sostenible, de fecha 19.6.2006, sobre la no producción de efectos significativos en la sostenibilidad de su entorno de afectación.

c) Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 8.9.2009, sobre que no procede el sometimiento al trámite de impacto o efectos ambientales.

7. El proyecto fue aprobado provisionalmente por el Pleno municipal de 29.12.2011.

II. Objeto y descripción del proyecto.

La modificación, redactada por los servicios técnicos municipales, pretende la adecuación del planeamiento urbanístico a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 22.7.2004, por la que se anula el PGOM en el ámbito correspondiente a la parcela de Hispania-antigua fábrica de lápices.

III. Análisis y consideraciones.

Después de analizar la documentación remitida por el ayuntamiento, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

En cumplimento del artículo 93.4 de la LOUG, y en cuanto que la modificación del PGOM altera la forma de zona verde (dotación local) V-39, incrementando su superficie de 638 m2 a 746 m2, el presente documento consiguió el preceptivo informe favorable previo de la Comisión Superior de Urbanismo de Galicia en sesión de 20 de junio de 2012.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del Planeamiento general le corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la CMATI.

IV. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

se resuelve:

1º Otorgar la aprobación definitiva a la modificación del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ferrol (A Coruña) en la parcela de Hispania (antigua fábrica de lápices) de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia.

2º Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3º De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas de la modificación aprobada definitivamente.

4º Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de julio de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras