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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Martes, 21 de agosto de 2012 Pág. 33436

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza administrativamente la modificación de la planta de generación de energía eléctrica a partir de biogás que Sogama, S.A. posee en Cerceda (A Coruña).

Antecedentes de hecho.

Primero. Con fecha 7 de marzo de 2002, la Dirección General de Industria, Energía y Minas resolvió autorizar a la empresa Sogama, S.A. la instalación de una planta de generación de energía eléctrica a partir de biogás en la escombrera de RSU en el ayuntamiento de Cerceda (A Coruña), aprobar su proyecto de ejecución e incluir a la misma en el régimen especial de producción de energía eléctrica.

Las características básicas del proyecto de ejecución fueron:

Tres motores de combustión interna de 756 kWe, a 1.500 r.p.m. funcionando con biogás.

Tres alternadores síncronos de 1.010 kVA de potencia, 400 V de tensión de generación y factor de potencia >0,8.

Centro de transformación de potencia de 3.750 kVA y r/t 0,400/15-20 kV.

Instalaciones de protección, mando, señalización y medida.

Segundo. Con fecha 1 de abril de 2012 Sogama, S.A. solicitó autorización administrativa para la modificación de la planta de generación de energía eléctrica a partir de biogás de referencia.

Tercero. Con fecha 20 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de Galicia nº 35, y con fecha 23 de febrero de 2012 en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña nº 37, la solicitud de autorización administrativa de modificación indicada en el antecedente de hecho segundo, sin que se presentara alegación alguna. Las características fundamentales son las siguientes:

Solicitante: Sogama (Sociedad Galega do Medio Ambiente).

Domicilio social: Morzós, 10-bajo, As Encrobas, CP 15187 Cerceda.

Denominación: repotenciación de planta de biogás Sogama.

Situación: Cerceda.

Características técnicas:

Repotenciación de los tres grupos motor-generador de biogás, pasando de 756 kWe a 900 kWe, mediante la sustitución de los pistones Triflow, chorros de refrigeración y acoplamientos en el encendido.

Instalación de un cuarto grupo motor-generador Guascor SFGLD560 4/90/55, alternador síncrono Leroy Somer LSA 50 L8 920 kWe, sistema de refrigeración térmica, equipamiento de protección y control.

Cuarto. Con fecha 22 de junio de 2012, el Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña emitió informe favorable a la solicitud de autorización administrativa para la modificación de la planta de biogás mencionada.

Fundamentos de derecho.

Primero. El artículo 28 de la Ley 54/1997, establece que la construcción, explotación, modificación sustancial, la transmisión y el cierre de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial estará sometida al régimen de autorización administrativa previa, que tendrá carácter reglado, correspondiéndole su otorgamiento a la Administración autonómica.

Segundo. El artículo 28 del Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, atribuye a la Dirección General de Industria, Energía y Minas la dirección, coordinación, planificación, ejecución, seguimiento y control de las competencias y funciones de la consellería en materia de energía.

Tercero. En la tramitación se tuvieron en cuenta las normas de procedimiento contenidas en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Real decreto 661/2007, de 25 de mayo, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y demás normas vigentes de aplicación.

De acuerdo con lo que antecede, toda vez que en la presente petición concurren los supuestos de hecho y jurídicos contenidos en los preceptos legales y reglamentarios citados,

RESUELVO:

Autorizarle administrativamente a Sogama, S.A. la modificación de la planta de generación de energía eléctrica a partir de biogás que posee en Cerceda (A Coruña), según el anteproyecto «Repotenciación de los motogeneradores de la planta de generación eléctrica de Biocerceda e instalación de un cuarto motogenerador», redactado por el ingeniero industrial Alfonso Vázquez Varela, colegiado nº 1130 del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia.

Todo esto de acuerdo con las siguientes condiciones:

Primera. Sogama, S.A. presentará ante el Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el proyecto de ejecución de la modificación autorizada.

Segunda. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del anteproyecto será necesaria la previa autorización de esta dirección general.

Tercera. La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto la presente autorización por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, o por incumplimiento de las condiciones impuestas.

Cuarta. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

Contra esta resolución que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2012

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas