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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 13 de agosto de 2012 Pág. 32547

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Coruña

ANUNCIO 631/110/2012 sobre corrección de error material del PGOM en San Pedro de Visma.

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de A Coruña, en sesión celebrada el 9 de julio de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Tomar conocimiento y aprobar la corrección de error material descrita en el documento formulado por los técnicos municipales denominado Corrección de error material en una parcela de equipamiento dotacional del PGOM de 1998 situada en San Pedro de Visma, consistente en corregir la titularidad privada (Pv) a pública (Pb) de la parcela con referencia catastral número 6424904NJ4062S0001WZ, la cual consta inscrita a favor del Ayuntamiento de A Coruña en el Registro de la Propiedad número 2 de A Coruña en el tomo y libro 1.858, folio 181, alta 1ª, finca 97.981.

Segundo. Tomar conocimiento y aprobar el cambio de uso, condicionado a la eficacia del acuerdo primero, descrito en el documento formulado por los técnicos municipales denominado Cambio de uso de parcela de equipamiento público educativo situada en San Pedro de Visma para uso de equipamiento de contingencia, consistente en realizar el cambio de uso de equipamiento educativo de titularidad pública ED (Pb), a equipamiento de contingencia de titularidad pública XX (Pb).

Tercero. Notificar el presente acuerdo a la Secretaría General de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92.5 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la provincia y en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. Notificar el presente acuerdo a la Federación Gallega de Fútbol en cumplimiento de lo dispuesto en el borrador del protocolo de colaboración, y a las áreas y servicios municipales implicados en su gestión.

Contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, si bien previamente, y con carácter potestativo, cabe interponer recurso de reposición ante el órgano que lo dictó. En este caso, contra la desestimación del recurso de reposición el plazo para interponer el contencioso-administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente a la adopción del acuerdo o el de seis meses a contar de la desestimación presunta, que se entenderá producida por el transcurso de un mes desde la interposición del recurso de reposición.

A Coruña, 16 de julio de 2012

César de Jesús Otero Grille
Director de Urbanismo