Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 13 de agosto de 2012 Pág. 32486

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (867/2010).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 867/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lucía Mosquera López contra la empresa Ancora Punto, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 9 de julio de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 867/2010, siendo demandante Lucía Mosquera López, representada por el letrado Sr. Blanco Lobeiras, y demandada la empresa Ancora Punto, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Dispongo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Lucía Mosquera López contra la empresa Ancora Punto, S.L., y, en consecuencia, condeno a la empresa demandada a abonar a Lucía Mosquera López la cantidad de 4.252,87 euros, cantidad que deberá incrementarse con el interés de mora del 10 % respecto de los conceptos de carácter estrictamente salarial.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de cédula de notificación a la empresa Ancora Punto, S.L., y para publicar en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

A Coruña, 19 de julio de 2012

La secretaria judicial