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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 13 de agosto de 2012 Pág. 32462

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 31 de julio de 2012 por la que se fija el importe de crédito disponible en la convocatoria de 2012 para la concesión de ayudas para proyectos al amparo de los planes estratégicos zonales aprobados por la Consellería del Medio Rural y del Mar a los grupos de acción costera, convocadas por la Orden de 16 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento de su concesión (con financiamiento del Fondo Europeo de Pesca).

La Orden de 16 de marzo de 2011 (DOG nº 57, de 22 de marzo) establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos al amparo de los planes estratégicos zonales aprobados por la Consellería del Medio Rural y del Mar a los grupos de acción costera (con financiamiento del Fondo Europeo de Pesca).

El artículo 10 de la citada orden establece que la presentación de las solicitudes se mantiene abierta hasta el 31 de marzo de 2013, y en él se establecen los períodos anuales de resolución.

El artículo 9 de la citada orden establece que las ayudas se concederán con cargo a las aplicaciones presupuestarias que en cada uno de los años de vigencia del actual programa operativo FEP 2007-2013 señale la correspondiente Ley de presupuestos generales de la comunidad autónoma.

En cada anualidad sucesiva hasta 2013 se fijará mediante una orden complementaria el crédito plurianual existente con esta finalidad. Los créditos de cada año podrán ser incrementados, en su caso, con las incorporaciones de los remanentes de ejercicios anteriores que legalmente correspondan.

Aprobados los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2012 por la Ley 11/2011, de 26 de diciembre, es necesario hacer pública la cuantía del crédito presupuestario destinada a hacer frente a dichas ayudas.

Para tal objeto, esta consellería

DISPONE:

Artículo 1. Crédito presupuestario de 2012

El crédito presupuestario para las solicitudes de ayuda tramitadas durante el ejercicio del año 2012 y la plurianualidad asociada a las ayudas que puedan concederse en este alcanza el importe de siete millones dos mil ochocientos catorce euros con setenta y siete céntimos (7.002.814,77), repartidos en las siguientes anualidades y partidas presupuestarias:

Partida presupuestaria

Año 2012

Año 2013

Año 2014

Totales

16.31.723B.770.0

976.808,95 €

1.853.258,00 €

1.800.000,00 €

4.630.066,95 €

16.31.723B.780.0

432.895,82 €

1.129.852,00 €

810.000,00 €

2.372.747,82 €

Totales

1.409.704,77 €

2.983.110,00 €

2.610.000,00 €

7.002.814,77 €

Las ayudas se financiaran con cargo al Fondo Europeo de Pesca (69 %), a fondos de la Administración general del Estado y a fondos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 2. Ampliación del crédito

La cuantía establecida en el artículo anterior para la anualidad 2012 podrá ser incrementada en la cantidad resultante de las incorporaciones de créditos remanentes de otros ejercicios.

Artículo 3. Concesión de las ayudas

La concesión de ayudas quedará limitada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2012

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar