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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Viernes, 10 de agosto de 2012 Pág. 32378

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 27 de julio de 2012, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se hace pública una relación de notificaciones de resoluciones de expedientes sancionadores (PESAN1 2012/000021-2 y dos más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan, las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura Territorial de Lugo, en la Jefatura de Coordinación del Área del Mar, en la avenida Ramón Canosa s/n, 27863 Viveiro.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000021-2.

Denunciado: Abel Orjales Fraga.

DNI: 76399801-B.

Dirección: c/ Suasbarras, 24, Viveiro.

Precepto infringido: 137.B.2.

Sanción: 151 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000027-2.

Denunciado: Fernando Casas Díaz.

DNI: 32657469-E.

Dirección: avenida Castelao, 32, 3º, Cedeira.

Precepto infringido: 137.B.2.

Sanción: 3.000 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000129-2.

Denunciado: Francisco Seijas Cuadrado.

DNI: 76566218-T.

Dirección: carretera general, 40, Foz.

Precepto infringido: 137.D.5.

Sanción: 300 euros.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en la antedicha Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifieste el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

Lugo, 27 de julio de 2012

José Ramón Losada Fernández
Jefe territorial de Lugo