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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 7 de agosto de 2012 Pág. 31468

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (284/2011).

En este órgano judicial se tramita procedimiento ordinario 284/2011, seguido a instancia de Carmen González Grille, Manuel Alcalde Gontán, contra Daniel Díaz Ripoll, Fenix Directo, sobre reclamación de cantidad en los que ha recaído la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia: 97/2012

En Santiago de Compostela, 1 de junio de 2010

Vistos por Margarita Isabel Poveda Bernal, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela los presentes autos de juicio ordinario 284/2011 seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandantes Manuel Alcalde Gontán y Carmen González Grille, con procurador Sr. González-Concheiro Álvarez, y letrado Ángel González-Concheiro Álvarez, y de otra, como demandados, Daniel Díaz Ripoll, en rebeldía, y la aseguradora Fenix Directo Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., con procuradora Sra. Regueiro Muñoz y letrado Sr. Fernández Fernández, sobre reclamación de cantidad, se dicta la presente sentencia en base a lo siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente como estimo la demanda interpuesta por Manuel Alcalde Gontán y Carmen González Grille, con procurador Sr. González-Concheiro Álvarez, frente a Daniel Díaz Ripoll, en rebeldía, y la aseguradora Fenix Directo Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., con procuradora Sra. Regueiro Muñoz, debo condenar y condeno a los demandados a pagar conjunta y solidariamente al actor la cantidad de tres mil ciento sesenta y dos con ochenta y ocho euros (3.162,88 €) y a la actora la cantidad de tres mil novecientos doce con setenta y siete euros (3.912,77 €) más los intereses del artículo 20 LCS respecto de la aseguradora codemandada, y los intereses del artículo 576 LEC respecto de ambos demandados, sin expresa imposición de costas.

Únase la presente al libro registro de sentencias y autos definitivos civiles de este juzgado, y expídase testimonio que se unirá a los autos a que se contrae.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

El recurso se presentará por medio de escrito en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación.

Y, para que sirva de notificación en forma al demandado, Daniel Díaz Ripoll, en ignorado paradero.

Santiago de Compostela, 1 de junio de 2012

María Novo López
Secretaria judicial