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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 30 de julio de 2012 Pág. 30205

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 16 de julio de 2012 sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual de la normativa del Plan general de ordenación urbana del Ayuntamiento de Ourense.

El Ayuntamiento de Ourense eleva nuevamente, para su aprobación definitiva, el expediente de la modificación puntual de la normativa del Plan general de ordenación urbana (PGOU), de conformidad con lo previsto en el artículo 85.7 de la Ley, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG).

I. Antecedentes.

1. En fechas 15.3.2012 y 2.7.2012, el conselleiro de Medio Ambiente Territorio e Infraestructuras emitió órdenes de no aprobar la modificación puntual.

2. El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 6 de julio de 2012, aprobó provisionalmente la modificación puntual de la normativa del PGOU, tras los informes municipales técnico y jurídico de fecha 4.7.2012 y del secretario general del Pleno de fecha 5.7.2012.

II. Consideraciones y fundamentación.

Después de analizar la documentación del expediente en relación con las observaciones señaladas en la anterior Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de 2.7.2012, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

La nueva documentación corrige las deficiencias encontradas en el anterior documento, cumplimentando las observaciones formuladas en el informe emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural en fecha 27.4.2012.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

III. Resolución

Visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva a la modificación puntual de la normativa del PGOM de Ourense, de acuerdo con el apartado 7.a) del artículo 85 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

2. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas de la modificación aprobada definitivamente.

4. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de julio de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras