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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 30 de julio de 2012 Pág. 30192

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2012, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se resuelven las solicitudes de ayudas y subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas para mujeres y recursos integrales para gestantes y lactantes, convocadas por Resolución de 5 de enero de 2012 y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Por Resolución de 5 de enero de 2012 de la Secretaría General de la Igualdad (DOG núm. 17, de 25 de enero), se convocaron las ayudas y subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas para mujeres y recursos integrales para gestantes y lactantes para el año 2012.

Según el artículo 10.4 de las bases reguladoras, establecidas en la Resolución de 10 de mayo de 2011 (DOG núm. 96, do 19 de mayo) y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la notificación individual de las resoluciones de las ayudas podrá ser sustituida por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Secretaría General de la Igualdad.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas en la Secretaría General de la Igualdad, evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración prevista en el artículo 8 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,

RESUELVO:

Primero. Conceder las ayudas y subvenciones económicas para la financiación de las actuaciones que se indican en el anexo I, con indicación del programa cofinanciado, el tope de ayuda o tope de gasto subvencionable, la cuantía de la concesión y el tipo de ayuda y/o tipo de gasto subvencionado, a favor de las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, como consecuencia de la aplicación de los criterios establecidos en el artículo 9 de las bases reguladoras, por un importe total de 889.583,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.40.313B.481.2 (código de proyecto 2011 00104) de los presupuestos vigentes de este departamento. Estas ayudas están cofinanciadas al 80 % con fondos FSE en el Programa operativo de Galicia 2007-2013, eje 2 tema prioritario 71.

Segundo. Excluir y declarar desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo II, con indicación de la causa específica, por no cumplir el requisito de enmienda y/o aportación de los documentos preceptivos en el plazo establecido, según lo dispuesto en el artículo 7 de las bases reguladoras, o bien por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 1 de las bases reguladoras al tratarse de propuestas carentes de todos los requisitos necesarios de definición y desarrollo exigidos para las acciones de los programas y recursos para mujeres susceptibles de inclusión en el ámbito de la convocatoria.

Tercero. De conformidad con el artículo 17.2 de las bases reguladoras se realizará un primer pago del 80 % de la cuantía de la subvención concedida, en concepto de pago anticipado, una vez publicada la resolución de concesión. El 20 % restante, o la parte que corresponda, se librará después de la completa justificación por las entidades beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y demás condiciones exigidas en la Resolución de 10 de mayo de 2011.

Cuarto. Informar a las entidades beneficiarias que la obtención de ayuda comunitaria implica la aparición en la lista pública de personas beneficiarias que la autoridad de gestión del programa operativo publicará conforme a lo previsto en el artículo 7.2.d) del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006 (DOUE L/45, de 15 de febrero de 2007) y que en la citada lista figurarán los datos de identidad o denominación social, de las operaciones y de la cuantía de fondos públicos asignada a cada operación.

Quinto. La percepción de estas ayudas es compatible con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado. No obstante, los gastos financiados al amparo de la convocatoria no podrán acogerse a otras ayudas procedentes del Fondo Social Europeo o de otros fondos o instrumentos financieros comunitarios.

Sexto. La fecha límite de presentación de la justificación de los gastos efectuados será el 30 de noviembre de 2012 y se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de las bases reguladoras. Las entidades beneficiarias presentarán, conforme a lo dispuesto en ese artículo, la documentación acreditativa que se señala, en un único ejemplar original:

a) Solicitud de cobro formulada en el anexo IX (publicado en la Resolución de 10 de mayo de 2011, DOG de 19 de mayo).

b) Certificado de gasto realizado en el anexo X (las entidades beneficiarias que tengan que incluir un elevado número de justificantes pueden optar por presentar este certificado en el formulario oficial publicado en la Resolución de 10 de mayo de 2011, DOG de 19 de mayo, o bien en uno elaborado por ellas adaptado al volumen de documentos. En este caso tienen que respetar exactamente el modelo sin excluir ninguno de los datos en el exigidos, en caso contrario será rechazado). En esta certificación tienen que incluirse todos los gastos del proyecto según lo indicado por la entidad en su solicitud, independientemente de que sean gastos subvencionables.

c) Declaración de ayudas actualizada a la fecha de justificación en el anexo V publicado en la Resolución de 5 de enero de 2012, DOG de 25 de enero.

d) Memoria justificativa en formato electrónico. La memoria se elaborará siguiendo las indicaciones fijadas en las bases reguladoras y se le adjuntará copia de las encuestas de satisfacción cumplimentadas por las mujeres beneficiarias de las acciones integradas en el programa. Cada entidad beneficiaria elaborará y remitirá, por correo electrónico, el modelo de encuesta para su supervisión a la Subdirección General de Promoción de la Igualdad. Asimismo, como documento anexo a la memoria, las entidades incluirán la relación de mujeres beneficiarias que contendrá los datos de identidad y residencia a los únicos efectos de la realización de las acciones de control establecidas en la normativa aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de las bases reguladoras.

e) Fotografías del lugar de realización de la acción.

f) Las entidades que sean beneficiarias de ayudas por ocupación presentarán, junto con la documentación anterior, certificación de estancias en la que constará cada número de entrada con el número de días de estancia correspondientes y la fecha de entrada y de salida, la certificación comprenderá las estancias atendidas entre el 1 de diciembre de 2011 y el 30 de noviembre de 2012 como máximo.

g) Las entidades que sean beneficiarias de ayudas tipo incentivo presentarán, junto con los documentos señalados en las letras a), b), c), d), e), certificación del importe de los costes de personal en el anexo VIII publicado en la Resolución de 5 de enero de 2012, DOG de 25 de enero e informe de vida laboral de las personas trabajadoras que se incluyan en ese certificado que refleje el alta desde el inicio de la contratación.

h) Las entidades que sean beneficiarias de subvención por gasto corriente y de personal presentarán, junto con los documentos señalados en las letras a), b), c), d), e), las facturas originales (o documentos de valor probatorio equivalente) acreditativas de los gastos corrientes y de personal subvencionables junto con los justificantes bancarios que acrediten su pago, se presentarán ordenadas conforme a la relación clasificada de los gastos certificados y a cada una se adjuntará el correspondiente justificante de pago.

Los gastos que se subvencionarán deberán respetar lo dispuesto en la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2007-2013 y en la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo, que la modifica y lo establecido al respecto en las bases reguladoras. En todo caso debe tenerse en cuenta que:

– Los gastos de personal se justifican con nóminas pagadas, documentos de cotización a la Seguridad Social pagados y documentos acreditativos de la retención a cuenta del IRPF, en la justificación debe constar (preferentemente en la memoria) la asignación de la persona a las tareas, sus funciones y competencias y el tiempo desempeñado.

– En la justificación de gastos de desplazamientos es necesario presentar la orden de servicio firmada por la persona responsable de la entidad donde se indiquen el motivo del desplazamiento, la fecha y lugar, los datos de identidad de la persona que realiza el servicio, el coste del mismo con el método de cálculo y el documento acreditativo del pago.

– Los gastos indirectos y generales se presentarán junto con el documento en el que la entidad estableció, de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas, el método, equitativo y justificado, de prorrata para su imputación en base al gasto real incurrido y en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la acción y sean efectivamente necesarios para su ejecución, teniendo en cuenta que las entidades son responsables de la veracidad y exactitud de los costes generales imputados, de los criterios de reparto empleados y de mantener los registros y la documentación justificativa soporte de los costes y de los cálculos a disposición de los órganos de control.

– Cuando el programa haya sido financiado, además de con la subvención, con fondos propios u otras ayudas o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos al programa subvencionado.

– La fecha límite de justificación es la fecha límite de realización de gastos y también la fecha límite de realización de los pagos de dichos gastos, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 16 de las bases reguladoras.

Séptimo. Las entidades beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en todas las actuaciones que deriven de la ejecución del proyecto, en cumplimiento del artículo 15.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En concreto, deberán hacer constar, en su publicidad o en la información que generen en relación con el proyecto subvencionado, la financiación de sus actuaciones con fondos de la Xunta de Galicia a través de la Secretaría General de la Igualdad y del Fondo Social Europeo. Para esto, en el lugar donde se realicen las actuaciones deberá figurar, de forma visible, un cartel informativo en el que aparezcan los anagramas de la Secretaría General de la Igualdad de la Xunta de Galicia y del Fondo Social Europeo en aplicación de lo dispuesto en la normativa aplicable. En la página web oficial de la Secretaría General de la Igualdad se informa de las características de dicho cartel y de los logos y leyendas de obligada inclusión.

Cuando el proyecto tenga publicidad en un sitio de internet, deberán figurar en su página de inicio y en lugar visible las citadas referencias; cuando se materialice en una aplicación informática deberán hacerse las citadas referencias en la zona de inicio o menú principal de la aplicación informática, así como en el epígrafe de información de la aplicación (ayuda, acerca de o similares).

Cuando el proyecto dé lugar a documentación (manuales, cuadernos, encuestas, folletos, notas informativas, CD-Rom) deberán constar en dicha documentación las citadas referencias, colocándose en la contraportada en el caso de las publicaciones.

Octavo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de las bases reguladoras, el incumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de cualquiera de las obligaciones establecidas en la normativa aplicable a estas subvenciones, incluida la publicidad de las acciones subvencionadas dará lugar, previo el oportuno expediente, a la obligación de reintegrar la cuantía indebidamente percibida y a los intereses de demora correspondientes y, en su caso, a la pérdida del derecho a cobro de las cantidades pendientes de percibir, conforme a lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en su normativa de desarrollo.

Noveno. Las entidades beneficiarias de las subvenciones adquieren los compromisos y obligaciones que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se establecen en el artículo 13 de las bases reguladoras, sin perjuicio de las demás obligaciones que resulten de la normativa aplicable.

Décimo. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la secretaria general de la Igualdad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2012

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO I

Procedimiento SI427A
Número expte.

Solicitante

(orden alfabético)

NIF

Programa

Tope de ayuda

Ptos.

Importe concesión

Tipo de ayuda/gasto subvencionable

1

2012/000061-0

Asociación Antonio Noche

G15210388

Atención a mulleres en situación de vulnerabilidade

21.700,00

70,00

21.700,00 €

Gasto corriente y de personal

2

2012/000049-0

Asociación axuda ao toxicómano Érguete

G36642726

Programa de intervención socioeducativa para mulleres reclusas

22.400,00

56,00

20.832,00 €

Ayuda por incentivo

3

2012/000050-0

Asociación ayuda a la vida AYUVI

G36802536

Programa tu puedes

11.100,00

66,00

10.878,00 €

Gasto corriente y de personal

4

2012/000062-0

Asociación ayuda y atención al preso

G15414667

Programa de atención a mulleres reclusas

8.900,00

70,00

8.900,00 €

Gasto corriente y de personal

5

2012/000014-0

Asociación de loita contra os malos tratos ALMAT

G15717721

Servizo de atención a vítimas

10.000,00

68,00

9.900,00 €

Gasto de personal

6

2012/000013-0

Asociación de mulleres Algueirada de Manzaneda

G32354227

Servizo de apoio a mulleres maiores soas

12.800,00

56,00

11.904,00 €

Gasto de personal

7

2012/000011-0

Asociación de mulleres Anel

G32207516

Servizo semas

29.100,00

61,00

27.645,00 €

Gasto de personal e desplaz.

8

2012/000078-0

Asociación de mulleres profesionais e autónomas de Galicia AMPAGA

G70251590

Programa ampo

7.000,00

29,00

5.530,00 €

Gasto de personal

9

2012/000081-0

Asociación Dignidad Ferrol

G15500853

Programa a apoio a xestantes

10.200,00

55,00

9.384,00 €

Ayuda por incentivo

10

2012/000055-0

Asociación Down Coruña

G15731466

Atención integral a mulleres con síndrome Down

14.400,00

43,00

12.384,00 €

Gasto de personal

11

2012/000067-0

Asociación Down Ourense

G32311870

Programa de atención a mulleres con síndrome Down

7.600,00

45,00

6.612,00 €

Gasto de personal

12

2012/000066-0

Asociación e-Integralia

G32412678

Programa muller integra

4.000,00

37,00

3.320,00 €

Gasto de personal

13

2012/000002-0

Asociación empresarial de mulleres empresarias de Ourense

G32104663

Programa ame apoia III

5.300,00

56,00

4.929,00 €

Gasto de personal

14

2012/000019-0

Asociación Íntegro para a diversidade funcional

G15173263

Servizo de información e ases para mulleres con diversidade funcional

12.900,00

37,00

10.707,00 €

Gasto de profesionales área mujer

15

2012/000035-0

Asociación Labregas

G15945686

Programa de sensibilización, prevención social e dinamización comunitaria

30.000,00

55,00

27.600,00 €

Gasto de personal

16

2012/000008-0

Asociación lucense de axuda a enfermos mentais ALUME

G27198977

Centro pluriasistencial para vítimas de violencia

35.200,00

70,00

35.200,00 €

Gasto corriente y de personal

17

2012/000073-0

Asociación para a síndrome de Down «Down Pontevedra Xuntos»

G36164887

Proxecto de atención integral a mulleres con síndrome Down

10.200,00

28,00

7.956,00 €

Gasto de personal

18

2012/000045-0

Asociación para a síndrome de Down «Down Vigo»

G36697324

Recursos de apoio e mellora de oportunidades na formación e inserción

18.800,00

47,00

16.544,00 €

Gasto de personal

19

2012/000089-0

Asociación para a síndrome de Down de Lugo

G27202043

Servizo de atención integral a mulleres con discapacidade intelectual

13.500,00

50,00

12.150,00 €

Gasto de personal

20

2012/000028-0

Asociación pro saúde mental A Creba

G15476310

Programa para mulleres con discapacidade no rural

20.600,00

57,00

19.158,00 €

Gasto de personal

21

2012/000040-0

Asociación proxectos globais de inserción sociolaboral Alar Galicia

G15775901

Programa súmate 2012

14.000,00

35,00

11.480,00 €

Gasto de personal

22

2012/000001-0

Asociación Rede mulleres veciñais contra os malos tratos

G36928646

Programa re-actívate

14.800,00

56,00

13.764,00 €

Gasto de personal

23

2012/000054-0

Asociación RedMadre Coruña

G70180229

Servizo de intervención social para mulleres xestantes e lactantes

24.400,00

70,00

24.400,00 €

Ayuda por incentivo

24

2012/000071-0

Asociación RedMadre Ourense

G32394082

Proxecto nais de apoio a embarazadas e nais lactantes

8.700,00

70,00

8.700,00 €

Gasto de personal

25

2012/000085-0

Asociación RedMadre Pontevedra

G27707686

Programa de atención psicosocial a xestantes e lactantes nais 2012

22.800,00

70,00

22.800,00 €

Gasto de personal

26

2012/000030-0

Asociación Rexurdir de actividades sociais

G36046241

Programa de atención a xestantes

4.300,00

27,00

3.354,00 €

Gasto de personal

27

2012/000020-0

Asociación síndrome Down Teima

G15458060

Servizo de atención a xestantes

10.200,00

61,00

9.690,00 €

Gasto de personal

28

2012/000086-0

Asociación sociocultural para a formación e emprego ASFEM

G27255108

Programa de apoio e acompañamento a mulleres inmigrantes

6.500,00

52,00

5.915,00 €

Gasto de personal

29

2012/000075-0

Betania de Jesús Nazareno

R1500247J

Centro de acollida para mulleres (e os/as seus fillos/as) en situación de risco

36.200,00

70,00

36.200,00 €

Ayuda por ocupación

30

2012/000052-0

Cáritas Diocesana de Santiago de Compostela

R1500053B

Programa grávida

15.500,00

68,00

15.345,00 €

Gasto de personal

31

2012/000080-0

Cáritas Diocesana Tui Vigo

R3600368I

Programa bolboreta

21.500,00

45,00

18.705,00 €

Gasto de personal

32

2012/000010-0

Confederación Galega de Persoas con Discapacidade COGAMI

G32115941

Servizo de atención especializada a mulleres con discapacidade

32.000,00

55,00

29.440,00 €

Gasto de personal

33

2012/000025-0

Congregación Hijas del Divino Celo

R0800037D

Centro de acollida para mulleres (e os/as seus fillos/as) en situación de vulnerabilidade

19.800,00

66,00

19.404,00 €

Gasto corriente y de personal

34

2012/000007-0

Congregación Religiosas Siervas de la Pasión

R0800086A

Centro de atención a xestantes

40.000,00

65,00

38.800,00 €

Ayuda por ocupación

35

2012/000065-0

Entidad prestadora de servicios CIMO

G32010449

Clube de emprego de mulleres reclusas e exreclusas

3.200,00

65,00

3.104,00 €

Gasto de personal

36

2012/000012-0

Federación de asociacións de mulleres Anaral

G32362279

Servizo de apoio a mulleres maiores soas

22.900,00

62,00

21.984,00 €

Gasto de personal

37

2012/000022-0

Federación de asociacións de xordos do país galego FAXPG

G15068091

Recursos de apoio a mulleres con discapacidade auditiva e visual

29.000,00

64,00

28.130,00 €

Gasto de personal

38

2012/000079-0

Federación de autónomos de Galicia FEAGA

V15440639

Programa paimega

21.100,00

29,00

16.669,00 €

Gasto de personal

39

2012/000092-0

Federación de mulleres rurais de Ourense FEMURO

G32237869

Programa concilia e emprega

17.500,00

64,00

16.975,00 €

Gasto de personal

40

2012/000033-0

Federación EFA Galicia

G15299357

Programa mulleres con proxecto

33.000,00

56,00

30.690,00 €

Gasto de personal

41

2012/000034-0

Federación galega de institucións para a síndrome Down «Down Galicia»

G15665144

Información, asesoramento e orientación laboral a mulleres con discapacidade intelectual

15.600,00

43,00

13.416,00 €

Gasto de personal

42

2012/000009-0

Federación galega de redeiras artesás O Peirao

G15969868

Programa entreredeiras

10.100,00

32,00

8.080,00 €

Gasto de personal

43

2012/000032-0

Fundación Amigos de Galicia

G15859911

Programa de apoio a vítimas de violencia

36.400,00

69,00

36.036,00 €

Gasto de personal

44

2012/000024-0

Fundación Down Compostela

G70040258

Programa de habilidades adaptativas

9.100,00

45,00

7.917,00 €

Gasto de personal

45

2012/000017-0

Fundación Érguete Integración

G36861078

Proxecto eva

12.900,00

69,00

12.771,00 €

Gasto corriente y de personal

46

2012/000037-0

Fundación Monte do Gozo Proxecto home Galicia

G15258213

Programa de axuda a mulleres en risco de exclusión

16.600,00

47,00

14.608,00 €

Gasto de personal

47

2012/000060-0

Fundación Ronsel

G15752660

Programa xerentas

11.900,00

50,00

10.710,00 €

Gasto de personal

48

2012/000087-0

Fundación Secretariado Gitano

G83117374

Promoción da muller xitana

5.300,00

52,00

4.823,00 €

Gasto de personal

49

2012/000083-0

Fundación Universidade da Coruña

G15597289

Programa assessment week

30.500,00

61,00

28.975,00 €

Gasto de personal y ayuda por incentivo

50

2012/000088-0

HH.TT.FF. Rebaño de María Obra social “Si a la Vida”

R1100013J

Proxecto si a la vida

15.600,00

70,00

15.600,00 €

Gasto de personal

51

2012/000041-0

ONG Aliad-Ultreia

G27021120

Proxecto donas

8.600,00

66,00

8.428,00 €

Gasto de personal

52

2012/000059-0

ONG Mestura

G15940414

Programa ne-nei-ras

14.900,00

70,00

14.900,00 €

Gasto corriente y de personal

53

2012/000058-0

ONGd Ecos do Sur

G15354483

Programa apoio a nais

21.500,00

70,00

21.500,00 €

Gasto de personal

54

2012/000036-0

Sindicato labrego galego SLG-secretaría das mulleres

G27023951

Programa punto delas

29.500,00

53,00

26.845,00 €

Gasto de personal

55

2012/000023-0

Unión General de Trabajadores de Galicia UXT

G15383011

Servizo de atención a mulleres xestantes

7.200,00

43,00

6.192,00 €

Gasto de personal

ANEXO II

Procedimiento SI427A

Número expte

Entidad solicitante

(orden alfabético)

NIF

Causas

1

2012/000015-0

Asociación ANDREA

G36504207

Art. 1 convocatoria y 3 de las bases reguladoras: entidad no registrada en el área de igualdad del registro de entidades prestadoras de servicios sociales

2

2012/000004-0

Asociación amigos da cultura e do ocio Aires Nosos

G32369696

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

3

2012/000003-0

Asociación de axuda ao toxicómano Rexurdir Provincial

G36208387

Art. 1 convocatoria y 3 de las bases reguladoras: centro no autorizado según el registro de entidades prestadoras de servicios sociales

4

2012/000077-0

Asociación de empresarias profesionais e emprendedoras da comarca de Ferrol AECOFE

G70036488

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

5

2012/000043-0

Asociación de familias de persoas con discapacidade psíquica Amicos

G15747678

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

6

2012/000026-0

Asociación de mulleres Pedra Vella

G36837433

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

7

2012/000068-0

Asociación de mulleres rurais Alumear’

G32350555

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

8

2012/000084-0

Asociación de persoas xordas de Ourense

G32015463

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

9

2012/000046-0

Asociación española contra o cancro AECC

G28197564

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

10

2012/000072-0

Asociación Española Contra o Cancro Xunta Provincial

G28197564

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

11

2012/000070-0

Asociación fibromialxia e fatiga crónica AFFOU

G32303802

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

12

2012/000053-0

Asociación Mirabal

G70312954

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

13

2012/000048-0

Asociación mulleres empresarias da provincia de Lugo AELU

G27105220

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables en el período de referencia

14

2012/000063-0

Asociación mulleres separadas e divorciadas de Ourense

G32152563

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

15

2012/000031-0

Asociación pais de persoas con discapacidade intelectual ASPAS

G15031537

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables en el período de referencia

16

2012/000042-0

Asociación para xoves con capacidades psíquicas reducidas Integrados

G15973357

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

17

2012/000064-0

Asociación Prevención da exclusión social APES

G32383549

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

18

2012/000005-0

Asociación promoción integración gitana

G27017987

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

19

2012/000029-0

Asociación Tempus

G15681000

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

20

2012/000044-0

Asociación viguesa de alcohología

G36627453

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

21

2012/000021-0

Asociación viudas María Andrea

G32014334

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

22

2012/000069-0

Asociación Xarela Formación Animación

G32261307

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

23

2012/000016-0

Cáritas Diocesana de Ourense

R3200098F

Art. 2 de las bases reguladoras y demás normas aplicables: concurrencia con incompatibilidad de ayudas del propio departamento

24

2012/000039-0

Cáritas Interparroquial da Coruña

R1500053B

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

25

2012/000027-0

Centro cultural A. R. Valladares

G36617082

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

26

2012/000006-0

Centro de desenvolvemento rural Portas Abertas

G32122384

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

27

2012/000047-0

Congregación de R.R. Adoratrices

R3200065E

Art. 2 de las bases reguladoras y demás normas aplicables: concurrencia con incompatibilidad de ayudas del propio departamento

28

2012/000056-0

Cruz Vermella Española

Q2866001G

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

29

2012/000051-0

Federación asociacións de mulleres rurais de Galicia FADEMUR

G70101647

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

30

2012/000074-0

Fundación Amigos de la Barrera

G32321978

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

31

2012/000057-0

Fundación Canaria Radio Ecca

G35103431

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

32

2012/000076-0

Fundación Ferrol Metrópoli

G15743719

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

33

2012/000018-0

Fundación para el desarrollo de la empleabilidad y la formación FUNDEFO

G15859689

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

34

2012/000090-0

Fundación Preescolar na casa

G27268689

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

35

2012/000038-0

ONG Médicos do Mundo Galicia

G79408852

Art. 1 de las bases reguladoras: acción no susceptible de inclusión en el ámbito de la convocatoria por no reunir todos los requisitos de definición y desarrollo de las acciones subvencionables

36

2012/000082-0

Patronato Concepción Arenal

G15030372

Art. 7.3 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de enmienda y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido.