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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Viernes, 27 de julio de 2012 Pág. 30172

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ponteceso

ANUNCIO de información pública sobre la aprobación inicial del Plan general de ordenación municipal.

El Pleno del Ayuntamiento acordó, en la sesión de 25 de junio de 2012:

Primero. Aprobar inicialmente el Plan general de ordenación municipal que redactó la empresa Monteoliva Arquitectura y que clasifica el suelo y define los elementos fundamentales de la estructura general del territorio de este ayuntamiento.

Segundo. Que el plan aprobado inicialmente, con todos los documentos integrantes del expediente tramitado, se someta:

1. A las consultas previstas en el documento de referencia.

2. Al trámite de información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en dos de los periódicos de mayor difusión en la provincia.

3. Al trámite de audiencia a los ayuntamientos limítrofes, durante el mismo plazo.

Tercero. Solicitar de las administraciones públicas competentes, al mismo tiempo que el trámite de información pública, los informes sectoriales que resulten necesarios y que deberán ser emitidos en el plazo máximo de un mes, excepto que la legislación sectorial señale otro plazo.

Cuarto. Enviar al órgano ambiental la documentación completa del plan, una vez transcurrido el período de consultas e información pública y con carácter previo a la aprobación provisional o a la definitiva cuando la provisional no sea preceptiva.

Quinto. Suspender las licencias con las siguientes excepciones:

1. En suelo rústico podrán otorgarse licencias siempre que simultáneamente se cumplan las condiciones del plan vigente (aplicando la disposición transitoria primera: Régimen aplicable a los municipios con planeamiento no adaptado) y las del plan aprobado inicialmente.

2. En núcleo rural se podrían otorgar licencias siempre que simultáneamente se cumplan las condiciones del plan vigente (aplicando la disposición transitoria primera: Régimen aplicable a los municipios con planeamiento no adaptado) y las del plan aprobado inicialmente.

3. En suelo urbano se suspenden las licencias con la excepción de aquellos ámbitos que, teniendo normas zonales similares (misma tipología…), cumplan simultáneamente las condiciones del plan vigente y del plan aprobado inicialmente.

Quedan excluidos de la suspensión de licencias los ámbitos de planeamiento subsistente que se recogen en el plan aprobado inicialmente y que son los dos planes especiales de reforma interior de Corme, el suelo urbano empresarial de A Mezquita. Este último siempre y cuando se hubiese aprobado definitivamente.

Ponteceso, 27 de junio de 2012

José Luis Fondo Aguiar
Alcalde