Por Orden de la Consellería de Hacienda de 14 de abril de 2011 (Diario Oficial de Galicia número 77, de 19 de abril) modificada por Orden de 30 de marzo de 2012 (Diario Oficial de Galicia número 64, de 2 de abril) se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del grupo V de personal laboral de la Administración de la Xunta de Galicia.
De conformidad con la disposición transitoria undécima del V convenio colectivo único, la base I.4 de la convocatoria prevé una segunda fase de resultas en la que los trabajadores podrán solicitar puestos de categoría profesional distinta a la de pertenencia para las que posean los requisitos.
La adjudicación de los puestos vacantes de categoría distinta a la de pertenencia del concursante se realizará, conforme a la base VII.4, tras la resolución de las dos primeras fases del concurso y de la adjudicación de destino definitivo a los trabajadores que superaron los procesos selectivos convocados al amparo de la oferta de empleo público del año 2005.
Por Orden de la Consellería de Hacienda de 14 de mayo de 2012 (DOG número 94, de 18 de mayo) se resuelven las dos primeras fase del concurso y por Orden de la Consellería de Hacienda de 15 de junio de 2012 (DOG número 120, de 25 de junio) se adjudica destino definitivo a los trabajadores que superaron los procesos selectivos convocados al amparo de la oferta de empleo público del año 2005.
Conforme con la previsión contenida en dicha base VII.4 procede ahora adjudicar los puestos vacantes de categoría distinta a la de pertenencia.
Las dificultades que para la adecuada prestación de los servicios generaría la movilidad de los trabajadores desde los puestos de origen a los puestos adjudicados durante los meses en los que el personal laboral debe disfrutar preferentemente de sus vacaciones anuales, aconsejan diferir los plazos de cese y toma de posesión.
Por el expuesto, esta consellería
DISPONE:
Primero. Resolver la segunda fase de resultas del concurso para la provisión de puestos vacantes del grupo V de personal laboral de la Administración de la Xunta de Galicia convocado por la Orden de 14 de abril de 2011, adjudicando a los/a las trabajadores/las que se relacionan los puestos de trabajo de categoría distinta a la de pertenencia que se especifica en el anexo de esta orden.
Segundo. El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese y será de tres días hábiles si el puesto de trabajo se encuentra en la misma localidad de residencia habitual del concursante o de un mes si radica en localidad distinta y supone un cambio de residencia debidamente justificado.
El cese deberá efectuarse por la consellería a la que figure adscrito el trabajador dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la Orden de la Consellería de Hacienda por la que se abra el plazo a tal efecto.
Si la adjudicación comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes que deberá computarse desde el día siguiente a la publicación de la Orden de la Consellería de Hacienda por la que se abran los plazos posesorios.
Tercero. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, excepto que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio se obtenga otro destino mediante convocatoria pública, bien por el procedimiento de libre designación o por el de concurso, en cuyo caso podrá optar por uno de los dos.
Los/las adjudicatarios/as estan obligados/as a comunicar por escrito la opción realizada a la Dirección General de la Función Pública dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la Orden de la Consellería de Hacienda por el que se abren los plazos posesorios.
Los traslados que se deriven de la resolución de este concurso tendrán la consideración de voluntarios, en consecuencia no generarán derecho a indemnización.
Cuarto. Contra esta orden podrá interponerse reclamación administrativa ante la Consellería de Hacienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 12 de julio de 2012
Elena Muñoz Fonteriz
Conselleira de Hacienda