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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miércoles, 18 de julio de 2012 Pág. 28679

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

EDICTO (106/2011).

María Regina Dominga Cougil, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de Banco Popular Español, S.A. frente a José Mario Pereira Ribeiro se ha dictado sentencia cuyo tenor, encabezamiento y fallo dicen literalmente lo siguiente:

En la ciudad de Ourense, 17 de febrero de 2012.

Vistos por María del Pilar Domínguez Comesaña, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de esta ciudad, los autos de juicio ordinario número 106/2011, seguidos ante este juzgado a instancia de la procuradora María Gloria Sánchez Izquierdo, quien actúa en nombre y representación de Banco Popular Español, S.A., bajo la dirección letrada de Jorge Castro Díaza contra José Mario Pereira Ribeiro, en situación procesal de rebeldía. Versan los presentes autos sobre reclamación de cantidad.

Fallo que estimando la demanda presentada por la procuradora María Gloria Sánchez Izquierdo, en nombre y representación de Banco Popular Español, S.A. contra José Mario Pereira Ribeiro, condeno a dicho demandado a abonar a la actora la cantidad de 9.744,27 € más los intereses de mora pactados contractualmente devengados desde la fecha de cierre de la póliza, 28.5.2008, hasta el completo pago. Las costas se imponen al demandado.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Ourense. El recurso deberá interponerse ante este juzgado por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 458 de la LEC. Deberá acreditarse documentalmente la constitución del depósito de 50 € que para apelar exige la LOPJ.

Y encontrándose dicho demandado, José Mario Pereira Ribeiro, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 17 de febrero de 2012

La secretaria judicial