En fecha 27 de junio de 2012, la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad dictó enmienda de errores en la propuesta de resolución del expediente sancionador 2012071PL-CO incoado a Secundino Trincado Nogueira.
Intentada la notificación de esta enmienda de errores según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el apartado 5 del citado artículo, se notifica a Secundino Trincado Nogueira el contenido de dicha enmienda de errores que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de ella.
Se le recuerda su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de la jefatura, sita en la calle Gregorio Hernández, 2-4, A Coruña, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al/a la interesado/a, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
A Coruña, 3 de julio de 2012
Emma Rego Valcarce
Jefa territorial de A Coruña
ANEXO
Advertido error en la propuesta de resolución del expediente sancionador 2012071PL-CO de fecha 6 de junio de 2012, y comunicada con acuse de recibo de fecha 11 de junio de 2012, se procede a la enmienda del siguiente error: páxina 22, 5º párrafo, en el que figura lo seguinte:
«Que según el artículo 1.b) del Decreto 108/2004, de 27 de mayo, a tenor de las cuantías que pudieran establecerse, el órgano administrativo competente en la resolución será la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública, desde 3.005,07 € hasta 15.025,30 €».
Debe constar lo que sigue:
«Que según el artículo 1.b) del Decreto 108/2004, de 27 de mayo, a tenor de las cuantías que pudiesen establecerse, el órgano administrativo competente en la resolución será la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad».
Por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemento administrativo común, se le comunica la enmienda de dicho error que figuraba en la propuesta de resolución del expediente sancionador.