Por medio de esta cédula, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de VPO aprobado por el Decreto 2114/1968, de 24 de julio, se notifica al interesado, con los datos y último domicilio conocido señalado en el anexo, el acuerdo de incoación del correspondiente expediente administrativo de desahucio que, con el número que se indica, se inició en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario o arrendatario, causa suficiente de desahucio administrativo conforme a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 18/2008, de 29 de diciembre, de vivienda de Galicia, en relación con el artículo 138 del Reglamento de VPO, aprobado por el Decreto 2114/1968, de 24 de julio.
Se concede un plazo de 15 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta cédula para la contestación al acuerdo ante esta Jefatura Provincial del IGVS, alegando por escrito lo que considere conveniente y, en su caso, proponiendo las pruebas que crea oportunas para su descargo. Transcurrido dicho plazo, se dará por evacuado el trámite y seguirá su curso el expediente.
Para que conste y le sirva de notificación al interesado de dirección desconocida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula.
A Coruña, 27 de junio de 2012
Luis G. Eirís Puñal
Jefe del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
Nº de expediente de desahucio: 5/12.
Expedientado: Manuel Vicente Blanco Iglesias y otros.
Último domicilio conocido: c/ Carlos Maside, 22, bloque 11, 1º izquierda (Santiago de Compostela).
(Expediente C-3-IV/75, cuenta 82).