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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Jueves, 5 de julio de 2012 Pág. 26787

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 25 de junio de 2012 de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Leiro.

El Ayuntamiento de Leiro eleva, para su aprobación definitiva, el expediente del Plan general de ordenación municipal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

1. Antecedentes.

I.1. Planeamiento vigente.

El Ayuntamiento de Leiro cuenta en la actualidad con un proyecto de ordenación del medio rural, aprobado definitivamente el 27.2.2003.

I.2. Tramitación.

1. El Ayuntamiento de Leiro aprobó el avance del PGOM en fecha 8.11.2007; y lo sometió a información pública mediante anuncios en el periódico La Región del día 14.11.2007 y en el Diario Oficial de Galicia nº 228 de 26.11.2007.

2. El Ayuntamiento de Leiro, antes de su aprobación inicial, remitió el PGOM a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transporte, para su informe, que fue emitido en fecha 29 de diciembre de 2008.

3. El Pleno de la corporación municipal, tras los informes del secretario municipal y el del arquitecto asesor municipal de fecha 28 de octubre de 2009, aprobó inicialmente el PGOM en su sesión de 25 de febrero de 2010; y lo sometió a información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncios que se publicaron en los periódicos La Región y La Voz de Galicia del día 3 de marzo de 2010, y en el Diario Oficial de Galicia nº 48, de fecha 11 de marzo de 2010.

4. Simultáneamente, se les dio audiencia a los ayuntamientos limítrofes de Avión, Cenlle, Beade, San Amaro, Carballeda de Avia, Boborás y O Carballiño.

5. En cumplimiento de la legislación sectorial vigente, se solicitaron y se emitieron los siguientes informes:

a) Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, informe de fecha 26.3.2010.

b) Subdirección General de Calidad Ambiental de la CMATI, en relación a la gestión de residuos urbanos, informe de fecha 7.4.2010.

c) Subdirección General de Infraestructuras y Normativa Técnica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, informe de 10.5.2010 de conformidad a lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 32/2003, general de telecomunicaciones.

d) Dirección General de Infraestructuras, en materia de carreteras, informe favorable del 19.7.2010, imponiendo una serie de correcciones. En fecha 9.4.2012 la Agencia Gallega de Infraestructuras emite informe favorable.

e) Diputación Provincial, Decreto de 28.9.2010, en relación con las carreteras provinciales, informe favorable de acuerdo con el informe del Servicio de Vías y Obras de fecha 24.9.2010.

f) Confederación Hidrográfica del Miño-Sil del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en materia de aguas, informe de fecha 15.7.2010, condicionado a la entrega de una documentación relativa a las cuestiones relativas al dominio público hidráulico; e informe de 28.7.2011 en el que manifiesta no encontrar motivo contra el desarrollo del plan, siempre que se tengan en cuenta las observaciones realizadas en el propio informe.

g) Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, resolución por la que se aprueba la memoria ambiental correspondiente al procedimiento de evaluación ambiental estratégica de fecha 22.11.2011, publicada mediante un anuncio de fecha 22 de noviembre de 2011, en el DOG nº 240, de 19 de diciembre de 2011.

h) Dirección General de Patrimonio Cultural, en materia de patrimonio cultural, informe desfavorable de fecha 10.5.2010. En fecha 1 de septiembre de 2010 emite informe favorable condicionado a la realización de las correcciones que se derivan del mismo.

6. El Ayuntamiento de Leiro, tras los informes del secretario municipal y el del arquitecto asesor municipal de fecha 14 de diciembre de 2011, aprobó provisionalmente el PGOM en fecha 21 de diciembre de 2011.

7. El día 30 de enero de 2012 entra en el registro de la Xunta de Galicia el documento del PGOM remitido por el Ayuntamiento de Leiro para su aprobación definitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7 de la LOUG.

8. El Ayuntamiento de Leiro, con fecha 25 de abril de 2012, presenta escrito solicitando la suspensión del plazo para resolver sobre la aprobación definitiva del PGOM, para corregir los errores detectados en el mismo.

9. La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo resolvió el 25.4.2012 atender la solicitud del Ayuntamiento de Leiro, suspendiendo el plazo de resolución.

10. El Ayuntamiento Pleno de Leiro, tras los informes del secretario municipal, de 24 de mayo de 2012, y el del arquitecto asesor municipal de 21 de mayo de 2012, aprobó el PGOM en fecha 29 de mayo de 2012.

11. Con fecha 4 de mayo de 2012 el Ayuntamiento de Leiro aporta tres ejemplares completos del Plan general de ordenación municipal y anexo complementario del expediente administrativo correspondiente, solicitando su aprobación definitiva.

II. Análisis y consideraciones.

Según lo dispuesto en los artículos 85.7 y 227 de la Ley 9/2002, para resolver sobre la aprobación definitiva se analizó la integridad y suficiencia de los documentos que integran el plan; la conformidad del plan con la legislación urbanística vigente y la adecuación de sus determinaciones a la protección del medio rural; y el incidente del plan sobre las materias de competencia autonómica y sobre las políticas autonómicas de desarrollo sostenible y la articulación de las infraestructuras de carácter local con los elementos vertebradores del territorio de alcance supramunicipal.

El modelo de ordenación propuesto por el PGOM de Leiro se ajusta en el fundamental a los criterios expresados en la LOUG, reconociendo el sistema tradicional de asentamientos, estableciendo para ellos una ordenación propia, definiendo las necesarias protecciones para los terrenos que las precisan, y previniendo ámbitos para el futuro desarrollo de usos residenciales y productivos, dotando al ayuntamiento de una ordenación propia de cara a favorecer el desarrollo equilibrado y sostenible del territorio.

Después de analizar la documentación que integra el Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Leiro, identificado con fecha de diciembre de 2011 objeto de aprobación provisional plenaria en sesión de 29 de mayo de 2012, se entiende que la documentación presentada solventa las cuestiones señaladas en el informe previo a la aprobación inicial y que, por ajustarse a la legislación urbanística, es apto para ser aprobado definitivamente.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la CMATI.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede y la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se resuelve:

1º Otorgar la aprobación definitiva al Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Leiro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.la de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia.

2º De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

3º Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

4º Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 25 de junio de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras