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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 28 de junio de 2012 Pág. 25825

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Augas de Galicia

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2012 por la que se somete al trámite de información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de actuaciones de reposición de servicios en la ribera del río Sar en Estramundi, municipio de Padrón (A Coruña) a efectos de evaluación ambiental (clave del expediente 2010/0225).

En mayo de 2010 Aguas de Galicia elaboró el proyecto de actuaciones de reposición de servicios en la ribera del río Sar en Estramundi, municipio de Padrón (OH.915.994) y presentó el 30 de noviembre de 2010 a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras la solicitud de calificación ambiental.

El proyecto tiene como objetivo actuaciones de reposición de las estructuras viarias y de saneamiento en el margen izquierdo del río Sar en la zona de Estramundi, para frenar la erosición del río dando servicio a las parcelas adyacentes, garantizando el acceso a las mismas y al puente de Estramundi. Parte de los terrenos afectados por las obras pertenecen a la zona de especial protección de los valores naturales ZEPVN-LIC ES 1140001, Sistema fluvial Ulla-Deza, y los que no pertenecen a dicha zona están anexos a ella.

Teniendo en cuenta lo anterior, el órgano ambiental determinó que el documento técnico debe someterse al procedimiento de impacto ambiental al estar incluído en el grupo 9, apartado c, epígrafe 7 del anexo I del Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de impacto ambiental de proyectos, comunicándolo el 22 de diciembre de 2010.

En la misma fecha y al objeto de determinar la amplitud y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental a elaborar, el órgano ambiental inicia el período de consultas previas contemplado en el mencionado Real decreto legislativo 1/2008.

Finalizado el plazo legalmente establecido para el período de consultas previas, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha de 4 de marzo de 2011, informe en el que se define el alcance del estudio de impacto ambiental y se da traslado a Aguas de Galicia de las contestaciones recibidas en el período de consultas previas.

Teniendo en consideración el alcance para la redacción del estudio de impacto ambiental definido por dicha Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, Aguas de Galicia en marzo de 2012 elabora el estudio de impacto ambiental.

Aguas de Galicia, como órgano sustantivo, debe someter a información pública el mencionado estudio de impacto ambiental de referencia, de acuerdo con lo dispuesto en dicho Real decreto legislativo 1/2008, en la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, y en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia.

El órgano ambiental competente para resolver el procedimiento de evaluación de impacto ambiental es la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras; asimismo, el órgano competente para resolver la aprobación del proyecto de actuaciones de reposición de servicios en la ribera del río Sar en Estramundi es Aguas de Galicia.

Las decisiones a adoptar serán de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia respecto del planteamiento de la declaración de impacto ambiental preceptiva.

Considerando lo expuesto anteriormente, la Dirección de Aguas de Galicia, en función de las facultades que le confiere la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, y el Decreto 32/2010, de 12 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Aguas de Galicia,

RESOLVE:

Primero. Someter al trámite de información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de actuaciones de reposición de servicios en la ribera del río Sar en Estramundi, municipio de Padrón (A Coruña); clave del expediente 2010/0225.

Segundo. Que el período de información pública será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, plazo en que las personas y/o entidades que lo consideren oportuno podrán presentar cuantas alegaciones u observaciones estimen oportunas, por escrito dirigido a la Dirección de Aguas de Galicia en el registro de la entidad en la calle Doctor Maceira 18, bajo, 15706, en Santiago de Compostela.

Tercero. Que el estudio de impacto ambiental estará a disposición del público interesado y en días hábiles en el Área Técnica (calle Doctor Maceira 18, bajo, 15706 Santiago de Compostela); en la zona hidrográfica Galicia-Centro de Aguas de Galicia (calle Tomiño, 16, 15781 Santiago de Compostela); en la Subdirección General de Evaluación Ambiental de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental (San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela); en el Servicio de Calidad y Evaluación Ambiental de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (plaza Luís Seoane, s/n, 15008 A Coruña) y en el Ayuntamiento de Padrón (calle Longa, 27, 15900 Padrón). Además, podrá consultarse en la dirección http://augasdegalicia.xunta.es/

Asimismo, se considera oportuno someter a información pública en la forma y plazos señalados el proyecto técnico, documento que estará a disposición de los interesados en el Área Técnica de Aguas de Galicia.

Lo que se hace público a todos los efectos legales y reglamentarios de aplicación en la materia y para su conocimiento general.

Santiago de Compostela, 12 de junio de 2012

Francisco Menéndez Iglesias
Director de Aguas de Galicia