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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 28 de junio de 2012 Pág. 25856

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 13 de junio de 2012 por la que se notifica resolución de procedimiento administrativo sancionador del expediente 14-08-12-01.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (BOE n º 112, de 14 de enero), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al denunciado, con los datos personales y último domicilio conocido que en el anexo se mencionan, mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, la resolución del procedimiento administrativo sancionador por infracción del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos.

El órgano competente para la resolución del expediente, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.b) de la Orden de 30 de marzo de 2012, de la Consellería del Medio Rural y del Mar, es el presidente del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa y es ejecutiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su recepción ante, a elección del interesado, el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente a la circunscripción donde tenga aquel su domicilio, o el juzgado de lo contencioso-administrativo que corresponda de Santiago de Compostela.

No obstante, el interesado podrá optar por interponer recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde la misma fecha antes señalada.

Transcurrido dicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario el importe de la sanción, dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria (BOE nº 302, de 18 de diciembre), mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Gallego, Banco Pastor, Banesto, BBVA, BHS y Novagalicia Banco), empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia.

De no efectuarse el ingreso en plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.

Y para que conste y sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2012

José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Denunciante

Denunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciado

Fecha-hora-puerto

Precepto infringido

Precepto

sancionador

Sanción propuesta

Sanc. 14-08-12-01

Dirección General de la Policía y Guarda Civil

Pablo Giz Bouza

C/ A Clara 15330 A Clara-Ortigueira (A Coruña)

Actividad con peligro

16.8.2011; 20.30 horas

O Vicedo (Lugo)

Art. 307.1.a) del R.D.L. 2/2011, TRLPEMM

Art. 312 del R.D.L. 2/2011, TRLPEMM

1.200 €