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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Jueves, 21 de junio de 2012 Pág. 24727

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1245/2009).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que por diligencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de César Cano Morán contra Montrove Diversión, S.L., Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1245/2009, se ha acordado notificar a Montrove Diversión, S.L., en ignorado paradero, siendo su encabezamiento y fallo el siguente:

«Juzgado de lo Social número 2.

A Coruña.

Sentencia: 396/2012.

Autos número: 1245/2009.

En la ciudad de A Coruña, 29 de mayo de 2012

Lara Mª Munín Sánchez, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre cantidades, a instancia de César Cano Morán, que comparece representado por el letrado Sr. Martínez Ramonde, contra la empresa Montrove Diversión, S.L.U. y el Fondo de Garantia Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente:

Fallo que estimando la demanda interpuesta por César Cano Morán contra la empresa Montrove Diversión, S.L.U., la condeno a que le abone la cantidad de mil trescientos cincuenta y ocho euros y ochenta céntimos (1.358,80 euros).

Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Tendrán lugar en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 2, sito en la c/ Monforte, s/n, edificio Juzgados, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que deban revestir forma de notificación.

Y para que sirva de notificación a Montrove Diversón, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 1 de junio de 2012

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial