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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Miércoles, 20 de junio de 2012 Pág. 24518

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4528/2008-CRS).

Cédula de notificación.

En las actuaciones de recurso de suplicación número 4528/2008-CRS a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 224/2008 del Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol, promovidos por Ramiro Luis Ouro Vázquez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Granitos del Noroeste, S.A., sobre accidente, con fecha se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada de la Administración de la Seguridad Social en nombre y representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia de fecha 23.5.2008, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol en el procedimiento número 281/2008, sobre enfermedad profesional, debemos confirmar y confirmamos íntegramente la sentencia recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley reguladora de la jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Se advierte a la parte, Granitos del Noroeste, S.A., en ignorado paradero, que en lo sucesivo se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG a fin de que sirva de notificación en forma a Granitos del Noroeste, S.A., con último domicilio conocido en carretera de Cedeira DM 1,5 Narón, A Coruña, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 30 de mayo de 2012.

El/la secretario/a judicial