La Resolución de 7 de marzo de 2012, que regula las ayudas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego publicada en el DOG nº 54, de 16 de marzo, establece las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de estas subvenciones.
El artículo 4 de la convocatoria de esta resolución identifica la cuantía inicial de los créditos destinados a financiar las mismas, sin perjuicio de posteriores modificaciones presupuestarias. Así, existiendo dotaciones disponibles para esta finalidad, es necesario ampliar el importe de los créditos inicialmente asignados con la finalidad de mantener esta acción de fomento en niveles adecuados.
Por lo expuesto y teniendo en cuenta las áreas de competencia adscritas funcionalmente a la Presidencia de la Xunta de Galicia, artículo único, punto 3 y disposición transitoria segunda del Decreto 82/2009, de 21 de abril, por el que se establecen los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia,
DISPONGO:
Artículo único
Primero. Ampliar el importe de la cuantía máxima de los créditos destinados a dar cobertura presupuestaria a la Resolución de 7 de marzo de 2012 por la que se establecen ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego en quinientos mil euros (500.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.151A.470.0, de forma que el importe total será de quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y un euros (541.341 €).
Segundo. La presente modificación no afecta al plazo establecido en la referida resolución para la presentación de solicitudes.
Santiago de Compostela, 13 de junio de 2012
Alfonso Cabaleiro Durán
Secretario general de Medios