Marta Yanguas del Valle, secretaria de refuerzo de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber: que en los autos registrados con el número 66/2010 se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
«Sentencia.
A Coruña, 23 de mayo de 2012
Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 66/2010, siendo demandante Silvia Rey Varela, asistida por la letrada Sra. Vázquez Méndez, y demandada la empresa Vargas Oliveira Tomás Matías, habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Silvia Rey Varela contra la empresa Vargas Oliveira Tomás Matías y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Silvia Rey Varela la cantidad de 2.332,45 euros que adeuda, cantidad que deberá incrementarse con el interés de mora del 10%.
No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».
Y para que sirva de notificación a Vargas Olveira Tomás Matías, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 29 de mayo de 2012
La secretaria judicial