El Consejo Ejecutivo de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, con fecha 13 de abril de 2012, resolución en el expediente sancionador 107 C 2011/44-0 por la que se acuerda la suspensión del procedimiento sancionador que fue incoado por las obras realizadas en el lugar de Penaloureira, parroquia de Rutis, en el término municipal de Culleredo, provincia de A Coruña.
Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución a Italhispania, S.L., mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las das administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a la interesada dicha resolución.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Para que conste, y le sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2012
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística