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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Jueves, 14 de junio de 2012 Pág. 23372

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICITO (573/2011).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 573/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alejandro Martín Acosta García contra la empresa Carpinox Coruña, S.L.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo se adjunta:

«Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Alejandro Martín Acosta García contra la empresa Carpinox Coruña, S.L.L., declaro improcedente el despido del que ha sido objeto el 20.4.2011 y declaro extinguida la relación laboral con fecha de esta sentencia, condenándola a indemnizarle por la extinción con la cantidad –salvo error u omisión– de diez mil novecientos cincuenta y seis euros y sesenta céntimos (10.956,60 €) y con abono, en todo caso, de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, teniendo en cuenta que ascienden a veintiún mil ciento ochenta y dos euros y setenta y seis céntimos (21.182,76 €).

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación.

De ser recurrente la empresa demandada deberá acreditar mediante la exhibición ante este juzgado del resguardo acreditativo del depósito de la cantidad objeto de condena en la cuenta de este juzgado abierta en Banesto, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en la cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo acreditar también en la indicada cuenta la consignación de la suma de 300 euros preceptiva para recurrir; sin este cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Carpinox Coruña, S.L.L. y su representante legal María Carmen Figueroa Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña.

A Coruña, 25 de mayo de 2012

La secretaria judicial