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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Jueves, 14 de junio de 2012 Pág. 23375

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (47/2010).

En A Coruña a veinticuatro de mayo de dos mil doce.

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el presente procedimiento se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo se reproducen íntegramente y que son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 323/2012.

Seguridad Social (jubilación) 47/2010.

Sentencia.

A Coruña, 14 de mayo de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre prestación de jubilación 47/2010, siendo demandante José Barral Vieites, representado por la letrada Sra. Pousada Vales, y demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social, con la representación de la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. Suárez Berea, y la empresa Metal Musica, S.L.

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de José Barral Vieites contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y contra la empresa Metal Musica, S.L., y, en consecuencia, declaro el derecho de aquel de percibir la pensión de jubilación en la cuantía resultante de la aplicación de las bases de cotización previstas en el Convenio colectivo de siderometalurgia en el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 30 de noviembre de 2004, con efectos desde el 12 de septiembre de 2009, y condeno al Instituto Nacional de la Seguridad Social al anticipo del abono de la diferencia generada en la cuantía de la prestación, sin perjuicio de su derecho de reintegro con cargo a la empresa Metal Musica, S.L., la cual es responsable, por ausencia de alta y por defecto de cotización, por la diferencia entre la base reguladora fijada y la reconocida a través de la presente sentencia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Se expide el presente para que sirva de notificación al representante legal de Metal Musica, S.L., actualmente en paradero desconocido, para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

La secretaria judicial