Marta Yanguas del Valle, secretaria de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en los autos registrados con el número 56/2010 se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
«Sentencia.
A Coruña, 16 de mayo de 2012
Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo)de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 56/2010, siendo demandante Francisco José Martínez Suárez, representado por el graduado social Sr. Barral González, y demandada la empresa Ceipser, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Francisco José Martínez Suárez contra la empresa Ceipser, S.L., y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Francisco José Martínez Suárez la cantidad de 5.676,48 euros que le adeuda, cantidad que deberá incrementarse con el interés de mora del 10%.
No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».
Y para que sirva de notificación a Ceipser, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 23 de mayo de 2012
La secretaria judicial