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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 11 de junio de 2012 Pág. 22643

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2012, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica L.M.T., C.T. y R.B.T. Vilarguende en el ayuntamiento de Navia de Suarna (expediente 003/2009 A.T.).

A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE núm. 285, de 28 de noviembre) y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica:

Denominación: L.M.T., C.T. y R.B.T. Vilarguende.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: A Batundeira 2, Velle, Ourense.

Finalidad: mejorar la calidad del suministro eléctrico en la zona.

Características técnicas principales:

1. Línea de media tensión aérea a 20 kV, con una longitud de 1.656 m, con origen en apoyo de hormigón existente de la L.M.T. (existente) BEC-804, en conductor LA-56 y final en C.T. proyectado de Vilarguende, sobre apoyos de hormigón (1) y metálicos (12).

2. Centro de transformación de intemperie, 50 kVA, con una relación de transformación de 20.000/400-230 V, de Vilarguende, sobre apoyo de hormigón.

3. Red de baja tensión aérea en conductor R.Z., con longitud de 280 m, con origen en el centro de transformación proyectado de Vilarguende, sobre apoyos de hormigón (6).

4. Red de baja tensión subterránea, en conductor X.Z.1, con origen en el apoyo 1 y final en el apoyo 9 de la R.B.T., con una longitud de 231 m.

La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se consideran necesaria ocupación figura en el anexo que se inserta junto a esta resolución.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones por duplicado en esta jefatura territorial (edificio administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, ronda de la Muralla 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.

Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial de lunes a viernes, entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde.

Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados, según dispone el artículo 56.2 del reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio de 1957).

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se pudiera realizar, y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Lugo, 21 de mayo de 2012

José Manuel Vázquez Leirado
Jefe territorial de Lugo

ANEXO
Relación de propietarios bienes y derechos afectados

Ref. catastral

Apoyo

Afección

Nº finca

Políg.

Parc.

Paraje

Cultivo

Nombre y apellidos

Dirección

m2

ml aér.

m2

2

9

190

Liñares

Monte alto

Francisco Fernández Salceda

Liñares - 27651 Navia de Suarna, Lugo

2

2.0

70.0

1.143.0