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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Miércoles, 6 de junio de 2012 Pág. 21882

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1298/2009).

Marta Yanguas del Valle, secretaria de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en los autos registrados con el número 1298/2009, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 14 de mayo de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 1298/2009 (acumulado 122/2011), siendo demandante Joaquín Canay Vázquez, representado por el letrado Sr. Novo Pinilla, y demandadas la empresa SGR Análisis y Diagnosis, S.L. y la empresa Soluciones Globales de Restauración y Rehabilitación, S.L., así como la administración concursal de la empresa Soluciones Globales de Restauración y Rehabilitación, S.L., con la comparecencia del administrador único y administrador concursal Alberto Sáenz-Chas, habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Joaquín Canay Vázquez contra las empresas SGR Análisis y Diagnosis, S.L. y Soluciones Globales de Restauración y Rehabilitación, S.L. y, en consecuencia, condeno a éstas últimas a abonar solidariamente a Joaquín Canay Vázquez la cantidad de 10.361,36 euros que adeudan, cantidad que deberá incrementarse con el interés de mora del 10%.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los 5 días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación a SGR Análisis y Diagnosis, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 18 de mayo de 2012.

La secretaria judicial